Hasta la fecha no se ha tenido conocimiento sobre si se han tomado medidas, ni hemos recibido contestación alguna, sobre los escritos presentados en la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, tanto al Presidente Manuel Romero Ortiz, como a la Secretaria General Consolacion Vera, solicitando la explicación por escrito sobre el concepto, cálculo, modo y repercusión del complemento de integración aplicable a los empleados públicos revertidos al Estado en ejecución de Sentencias del Constitucional y Supremo.
Sea cual sea la cuna del complemento de integración, este constituye derechos adquiridos, no liberalidades disponibles, en los términos de su adquisición originaria y derivada, debiendo causar beneficio y no todo lo contrario.
Aún así, seguimos con la incertidumbre y más ahora, cuando vemos que en el mes de junio se han aplicado unas extrañas reducciones en las nominas sobre las que no hemos obtenido información, ni explicación.
Aún así, seguimos con la incertidumbre y más ahora, cuando vemos que en el mes de junio se han aplicado unas extrañas reducciones en las nominas sobre las que no hemos obtenido información, ni explicación.
La nomina del mes de junio de los empleados públicos revertidos al Estado e integrados en la CHG, aun no se ha recibido en papel, pero si se ha visto reflejado el ingreso en los bancos respectivos y ha supuesto un RECORTE que no se comprende:
El Personal funcionario parece que no percibe en la paga extra la cuantia correspondiente al complemento especifico establecido en la propuesta de RPT. Teniendo en cuenta los PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO 2012 Sábado 30 de junio de 2012 Sec. I. Pág. 46462 :"El complemento especifico anual se percibirá en 14 pagas iguales, de las que 12 serán de percibo mensual y 2 adicionales, del mismo importe que una mensual, en los meses de junio y diciembre, respectivamente y que se incluirán dentro de las pagas extraordinarias."
Puesto que no se ha recibido contestación a nuestras preguntas, siendo EL COMPLEMENTO ESPECIFICO el establecido en la PROPUESTA DE RPT SIN APROBAR la cantidad ANUAL que figura en la misma, DIVIDIMOS ENTRE 12 DICHA CANTIDAD OBTENIENDOSE COMO RESULTADO LA CANTIDAD MENSUAL A PERCIBIR, ESA CANTIDAD ES LA QUE SE DEBE ABONAR INTEGRA COMO PAGA ADICIONAL EN EL MES DE JUNIO.
El personal laboral parece ser que no percibe en la paga extra de junio la cuantia correspondiente a los complementos establecidos en la propuesta de RPT. Sueldo, trienios y complementos del puesto forman parte de las pagas extraordinarias de junio y diciembre. El concepto, calculo, modo y repercusión del CPI/CPU no ha sido aclarado con lo que el perjuicio que se está causando sigue en aumento.
Se dice y se comenta que el Jefe de Recursos Humanos de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, José Antonio Cubero Cascajosa, envió hace unos días un escrito a la Subdirección General de RRHH del MAGRAMA en el que básicamente exponía que no estaba dispuesto a realizar la nomina del mes de junio (y siguientes) incluyendo en ella el Complemento de Integración (CPI=CPU=AR) si no recibía orden de esa Subdirección General de hacerlo, porque según él estaría cometiendo una ilegalidad.
En base a lo anterior:
1. No entendemos como es posible que desde octubre hasta hoy el Jefe de RRHH de CHG, Jose Antonio Cubero no se haya planteado la misma cuestión.
2. No entendemos que no se nos haya contestado a las incertidumbres y cuestiones planteadas ante la Confederacion Hidrográfica del Guadalquivir y ante la Subdirección General de RRHH del MAGRAMA.
3. Recibidas las nominas en formato papel, y comprobados los perjuicios causados sería conveniente presentar reclamaciones individuales ante la Administración.
4. Proponemos acudir a la Confederacion Hidrográfica del Guadalquivir en Sevilla para plantear y solucionar este y otros problemas en persona.