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sábado, 31 de mayo de 2014

HABÍA UNA VEZ…...UNOS PLIEGOS, COMO GESTIONAR LO PUBLICO DESDE LO PRIVADO Y CPI PARA TODOS.

Correspondería a Presidencia, Secretaría General, Dirección Técnica y Jefaturas de Zona de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, como convocantes de las reuniones sobre los Pliegos de Servicios para el mantenimiento y conservación, auscultación, inspección y vigilancia de las presas de titularidad estatal en las provincias de Córdoba, Sevilla, Jaén y Granada, explicar lo que realmente pretenden con un acta realizada al efecto, no lo hacen.

Son 36 meses prorrogables, y aproximadamente 14 millones de euros, para paliar las "necesidades de personal" en las presas objeto de los contratos y "crear un equipo coordinado". Por deducción de un profano en el análisis de texto, esas frases del Presidente del Organismo, que no sabemos si literales, desdicen la frase del Director Técnico del mismo Organismo "el aspecto auxiliar del adjudicatario en cuantas tareas puede desarrollar allá donde por falta de medios no llegan los recursos propios, humanos y materiales".

Lo expuesto en esas reuniones nos deja la duda razonable de no saber a que pliegos han concursado los adjudicatarios, como ejemplo el abono de los trabajos que consta en los mismos:

Es de destacar que en algunas presas objeto de los pliegos que se licitan por "necesidades de personal" los equipos de explotación actuales se van a desmembrar para, por necesidades de servicio, llevar parte de sus empleados públicos a trabajar a "otros centros", dejando con ello las presas vacías, existiendo en "esos centros" unos pliegos de servicios, en vigor, por medio de los que se contrata mano de obra:
En dichas presas por tanto, el aspecto auxiliar del adjudicatario, evidentemente, no es tal.

Sabiendo que el discurso constante del Director Técnico, en multitud de artículos publicados por él, es el de externalizar el mantenimiento, la conservación, la auscultación, la inspección y la vigilancia de las presas de titularidad estatal, con lo que, volviendo a deducir, queda aparentemente establecido que los actuales equipos de explotación de presas se integraran en el equipo del adjudicatario y donde no exista equipo de explotación las potestades públicas las adquiere el equipo del adjudicatario.

Como dijimos ¡peligro indefinido!

Si nadie se está preocupando por estas situaciones del todo absurdas, caben dos posibilidades, que los afectados estén anestesiados por sus “amos” o que estén adaptados como lo estuvo la fauna de la isla de las Galápagos, por una nomina, que no es la que corresponde, a final de mes, o las dos cosas juntas.

El resultado final ya lo hemos podido apreciar en toda su extensión, el ¡Vamos a contar mentiras! acaba en tararí. No hay pues incertidumbre, se declara "a escondidas" una gestión de un bien público desde lo privado.

Estos gestores han tenido tiempo de hacer algo digno y honesto, pero sus premisas desde tiempos inmemoriales eran las de externalizar la gestión de un bien público.

Tras estas reuniones engañosas, los que somos meros observadores nos preguntamos ¿hasta qué punto el hombre es tan débil? ¿incluso hasta hacerse el hipócrita consigo mismo?.

La realidad es que, a pesar de este tipo de reuniones de cara al empleado público afectado para que la ciudadanía compruebe la existencia de dialogo, todo se lleva con el más estricto secreto, pero hay veces que la cadena de custodia se rompe, no se sabe si con intención, y se descubre, por ejemplo, el hecho siguiente, hecho que si no es una tomadura de pelo más es que gracias a que en su día se transfirió ilegalmente el Guadalquivir y que los transferidos reclaman sus derechos económicos y profesionales, por obra y gracia de los sindicatos UGT, CCOO y CSIF y sus negociaciones con la Administración, todos los empleados públicos, transferidos o no, percibirán aquel complemento llamado CPI.

martes, 27 de mayo de 2014

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR:.-PLIEGO DE BASES 04/13 DE SERVICIOS PARA EL MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN, AUSCULTACIÓN, INSPECCIÓN Y VIGILANCIA DE LAS PRESAS DE TITULARIDAD ESTATAL EN LA PROVINCIA DE CÓRDOBA.

REUNIÓN DE 26 DE MAYO DE 2014.-  CO(DT)-4528, Pliego de Bases 04/13 de Servicios para el mantenimiento y conservación, auscultación, inspección y vigilancia de las presas de titularidad estatal en la provincia de Córdoba.

CÓRDOBA.- CO(DT)-4528.- ADJUDICATARIA:
UTE SACYR CONSTRUCCIÓN - ISOTROL 

NOTA INFORMATIVA COMITÉ PROVINCIAL DE CÓRDOBA:

Presidencia, Dirección Técnica y Secretaría General, han dicho….ya se verá si del dicho al hecho no hay un trecho, ¿se seguirá en peligro indefinido?

Proximamente.... ¿lo sabremos?.

martes, 20 de mayo de 2014

INTRODUCCIÓN A UN RIESGO PSICOSOCIAL "DE LIBRO".- CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR: EL FIN NO ES EL MISMO PARA LAS MASAS QUE PARA LOS INDIVIDUOS.

Introducimos este post, sabiendo que a más de uno le va a provocar una urticaria perceptiva porque toca intereses muy susceptibles por la temática referida (prebendas y favores) y los personajes referidos (simplemente números). Su redacción radica en el hecho de que, a pesar de las intenciones de igualdad promulgadas a los cuatro vientos, la exclusión, con apariencia formal de objetividad, resulta lesiva del derecho a la igualdad de trato, pudiendo ser esta desigualdad una fuente potencial de daños para la salud psíquica de los empleados públicos afectados. Un riesgo psicosocial “de libro” del que se ha dado cuenta a los medios de comunicación mediante un “manifiesto”. Teniendo en cuenta que su propagación y difusión queda en el aire, mientras tanto...analizamos...

Datos relevantes aparecidos en prensa:
    • 849 empleados públicos, fueron transferidos por Real Decreto a la Junta de Andalucía el 1 de enero de 2009, siendo adscritos por Decreto a la Agencia Andaluza del Agua.
    • 123 millones de euros (52 millones de tasas y cánones, 500 millones de fondos europeos, 22 millones gastos de personal...) fueron entregados por la Administración General del Estado a la Junta de Andalucía desde el 1 de enero de 2009 hasta el 22 de octubre de 2011.
    • 617 empleados públicos fueron revertidos por Real Decreto a la Administración General del Estado, en ejecución de sentencia el 22 de octubre de 2011, siendo adscritos a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.
    • 232 empleados públicos no regresaron por Real Decreto a la Administración General del Estado en ejecución de sentencia el 22 de octubre de 2011, los 123 millones entregados, y más, tampoco (¿?)

Por provincias, los 617 empleados públicos objeto de la reversión quedan distribuídos del siguiente modo en cada una de las Zonas de la Confederación del Guadalquivir:   
Córdoba= 139, Granada= 134, Huelva= 12, Jaén= 120, Sevilla= 212

Durante las elecciones a representantes de los trabajadores en los comités de empresa llevadas a cabo entre 2011 y 2012: 27 representantes fueron elegidos:  
USO = 9, CSIF = 6, USTEA = 4, UGT = 4, CCOO = 4

La Inspección de Trabajo detecta en innumerables ocasiones conductas discriminatorias seguidas con los representantes de los trabajadores que se ven sometidos a una persecución y menosprecio en su trabajo como consecuencia de sus acciones sindicales. Lo que se palpa en este Organismo es un claro ejemplo.

Aproximadamente se han repartido, sin igualdad, mérito, capacidad y publicidad:
(Datos aproximados porque no tenemos acceso a ellos) 80 comisiones de servicio para el personal funcionario, 100 modificaciones de los complementos de los puestos de trabajo del personal laboral, 30 adscripciones temporales.

En total, entre subidas de nivel, de categoría, incluidos cambios de puesto de trabajo, todos ellos a "libre albedrío", han sido beneficiados aproximadamente, por decir un número, 200 empleados públicos, quedando los 400 restantes segregados.

Es evidente que el fin no es el mismo para las masas que para los individuos. Forma de sutil coacción psicológica. No cualquiera suma sin restar, habrá que dejar paso para la solución de un problema todavía abierto y cuyo desenlace no se augura sencillo ni inminente.

Notas informativas sobre complementos y demás:

Aristóteles sostenía "Será justo lo que es conforme a la ley y a la igualdad, e injusto lo contrario a aquélla y lo desigual".

El principal defecto es que a los favorecidos se les exige el pago de un precio demasiado alto: la pérdida de la libertad y de la dignidad. Ese es el inicio de toda degradación humana y un costo equivalente a la más oprobiosa e irreversible de las miserias.

lunes, 19 de mayo de 2014

INFORMACIÓN DE INTERÉS: SEGURO DE ACCIDENTES PARA EL PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR.

Por Resolución de 28 de julio de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se aprueba y publica el Acuerdo de 27 de julio de 2011 de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado sobre criterios comunes aplicables a los Planes de Acción Social en la Administración General del Estado, se establece como norma general no incluir en  el concepto “Acción Social” ayudas que tengan como objetivo los  Seguros de Accidentes, vida, etc, derivados del ejercicio profesional.

El día 15 de mayo de 2014, la Plataforma de Contratación del Sector Público informa:

De acuerdo con el informe del Jefe del Servicio de RRHH de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, el Presidente ha resuelto la adjudicación del:


CU(SG)-4605
Negociado sin publicidad.
Adjudicatario: AXA Seguros Generales S.A
Presupuesto de adjudicación: 24.460 €
Plazo: SIETE (7) MESES

En el contenido del Seguro y sus prestaciones deben venir reflejados:
      • Quienes son los asegurados
      • El objeto del seguro
      • Los riesgos excluidos
      • Las garantías aseguradas
      • Quienes son los beneficiarios 

Recomendación importante: Si no se tenía conocimiento de la misma, comunicar a los familiares más directos o herederos legales la existencia de esta póliza y solicitar una copia del seguro, suponemos vía representantes de los trabajadores (comités de empresa y juntas de personal).
 

jueves, 8 de mayo de 2014

AL TRIBUNAL DE CUENTAS: DESPILFARRO DE FONDOS PÚBLICOS EN LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR POR ABUSIVA E INJUSTIFICADA CONTRATACIÓN EXTERNA. DEMANDA CURSADA POR EL COMITÉ DE CÓRDOBA.

En pleno celebrado por el Comité de Empresa de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir en Córdoba el día 5 de mayo del corriente, se ha acordado la presentación de una demanda de investigación al Tribunal de Cuentas sobre la contratación abusiva de personal mediante la vía de las licitaciones de servicios externos.

Tomando las palabras del Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF), en una nota cursada a Europa Press el día 5 de mayo de 2014, en el que comunica que se ha remitido un escrito ante la Consejería de Hacienda y Administración Pública por el que critica la "perenne externalización" de los servicios informáticos y lamenta que el cuerpo de informáticos de la Junta "quede relegado a través de costosos contratos con empresas externas, pese a que supone la gestión de un gran número de datos personales", os informamos que, en la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir tampoco nos quedamos callados y aunque la prensa no se haga eco de nuestras demandas, de momento tenemos este blog para contar todas las actuaciones que se van llevando a cabo y de las que, obviamente, seamos notificados.

Mostramos nuestra "indignación" ante esta forma de actuar de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir que "margina en sus funciones a los empleados públicos y conlleva a la surrealista situación de tener a cientos de trabajadores sin labores asignadas".

La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir desaprovecha un colectivo funcionarial y laboral formado y seleccionado en base a la igualdad, los méritos y la capacidad, frente al personal externo cuyas condiciones laborales y salariales están impuestas por las empresas de las que dependen. La contratación de este tipo de personal parece no verse afectada por las medidas de austeridad. 

Esta austeridad parece sólo aplicable a los empleados públicos de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, entre otros Ministerios y Organismos, que han conseguido su plaza teniendo en cuenta los principios constitucionales y, en nuestro caso concreto, a los que se les deniegan sus derechos adquiridos.

Consideramos, porque estamos totalmente conformes con la actuación realizada por el Comité de Córdoba, que, al no convocarse tampoco pruebas selectivas por el procedimiento de promoción interna y que se decida a libre albedrío quien debe promocionar laboral y económicamente mediante comisiones de servicio, adscripciones temporales y complementos, se está vulnerando el derecho a la carrera administrativa  y promoción de este colectivo, reconocido en el Estatuto Básico del Empleado Público, en el Convenio Único y en las Leyes de Función Pública.

Estamos totalmente de acuerdo con la acción emprendida porque estimamos que la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir vulnera la normativa en materia de control de gasto público establecida por el Gobierno Central, pues se están despilfarrando fondos públicos de forma absolutamente injustificada al acudir a la contratación externa de todo tipo de servicios mientras que los empleados públicos se encuentran vacíos de tareas, por mucho que intenten compensar esa falta de trabajo con comisiones, adscripciones y complementos.

Os dejamos el escrito cursado al Tribunal de Cuentas, que evidentemente no ponemos integro:

La normativa y legislación elaborada sobre el asunto de la contratación externa es clara en cuanto a los objetivos a conseguir, aunque luego su aplicación práctica es muy dudosa. Los gestores de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir con poder para contratar, parecen hacer caso omiso de la misma, lo que pone en evidencia que no se está velando por su cumplimiento, como por ejemplo lo establecido en el Real Decreto Ley 20/2012, que en su Título II recoge:
 
"...Por ello, se adoptan diversas medidas que avanzan en la optimización de recursos, la mejora en la gestión y en la transparencia de la Administración y el incremento de la productividad de los empleados públicos.”

Puede constatarse y comprobarse la contratación millonaria para un trabajo antes realizado por empleados públicos en la Confederación del Guadalquivir, y que podemos ver reflejado tanto en la Plataforma de Contratación del Estado (actual Plataforma de Contratación del Sector Público) como en el BOE.
 

lunes, 5 de mayo de 2014

LOS ABOGADOS DEL DIABLO Y EL EXPEDIENTE “X”, LA PARADOJA DE LAS RESOLUCIONES.

El diccionario de la Real Academia Española dice que el abogado del diablo es el “contradictor de buenas causas”. Su misión es comprobar la calidad del argumento original e identificar las debilidades de su defensa con testimonios que aseguren que la persona en cuestión no merece el reconocimiento, utilizando los argumentos acordes al caso. 

“Este defensor del otro bando” busca continuamente contradicciones o pegas a las buenas causas, o insiste en encontrar los defectos de personas e ideas.

Esto es lo que nos venimos encontrando: 
 
1. Algunos de los fundamentos de derecho que están viniendo a desestimar las reclamaciones sobre el complemento personal de integración (CPI) ante los Juzgados de lo Social del personal transferido por RD 1666/2008 son:

  • La nulidad radical de dicho Real Decreto lo que implica la recuperación de la situación anterior a la vigencia de la norma que se anula, en definitiva se restaura la situación anterior a la entrada en vigor del RD 1666/2008,
  • La propia denominación del complemento, que implica transitoriedad hasta la aprobación de la RPT y según las sentencias desestimatorias la RPT se aprueba con efectos a 1 de enero de 2013,
  • Al integrarse los empleados públicos transferidos en la AGE, se integran, asimismo,  en el convenio del personal laboral, si ese complemento se concede se vulnera el principio de igualdad. 

2. El día 16 de febrero de 2014 desde estas páginas se informó que personal no transferido a la Junta de Andalucía estaba procediendo a demandar a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir para que le sea abonado el complemento de integración (CPI) desde el 22 de octubre de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2012. Las peticiones por reclamación del CPI del personal no transferido se siguen sucediendo. Hace pocas horas hemos tenido conocimiento de la resolución dictada por el Presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir sobre este “asunto”. Dice el Presidente que no existen fundamentos jurídicos para considerar que la solicitud del reclamante sea ajustada a derecho, pues la Administración ha actuado de acuerdo con lo establecido en las normas jurídicas que regulan la materia objeto de reclamación.

Los condicionantes para desestimar el recurso del personal no transferido se basan en lo siguiente:



El Presidente de la CHG en su resolución abre lo que es la exclusión y la distinción, en consonancia a uno de los argumentos esgrimidos por los Jueces de lo Social, precisamente la vulneración del principio de igualdad si se estimase el CPI reclamado.

Insertamos lo que el Presidente en su dictamen explica sobre la igualdad:
Los Gabinetes Jurídicos, es de recibo, (paciencia y confianza), tendrán en consideración este pronunciamiento de los “defensores del otro bando” pues como bien se dice: “Solo acreditándose una semejanza sustancial por quienes están sometidos a un mismo régimen jurídico podría entenderse que el trato diferencial carente de una justificación objetiva y razonable sería discriminatorio”, pues ha existido discriminación y trato desigual entre transferidos y no transferidos con anterioridad a que se hiciese efectiva la transferencia, durante la transferencia y tras la nulidad de la transferencia.
  1. Discriminación efectiva y trato desigual al no haber podido el empleado público en proceso de transferencia expresar su voluntariedad al traspaso y a la reversión.
  2. Discriminación efectiva y trato desigual al no haber podido el empleado público en proceso de transferencia concursar en las distintas convocatorias de concursos que la AGE, concretamente a las que el Ministerio al que está adscrita la Confederación del Guadalquivir, convocó.
  3. Discriminación efectiva y trato desigual al no haber podido el empleado público transferido promocionar internamente en ninguna de las dos administraciones.
  4. Discriminación efectiva y trato desigual al no haber podido el empleado público transferido acceder a las convocatorias de ayudas de acción social. 
Igualmente tendrán en consideración que no hubo cláusula de mantenimiento del CPI porque la RPT no fue negociada y eso según la Sentencia de 2 de Diciembre de 2010 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que anuda la falta de negociación a la nulidad de pleno derecho de la RPT por afectar al derecho fundamental de la negociación colectiva.

Dicen los “abogados del diablo” que todo reglamento ilegal, incluso cuando el vicio cometido, sea de forma o procedimiento, incurre en un vicio que determina su nulidad de pleno derecho y que la invalidez de las disposiciones generales tiene siempre carácter radical.

Esta es la cadena de implosiones, grosso modo, dentro de las decisiones tan bipolares sobre la transferencia y reversión de los empleados públicos del Guadalquivir.

Por tanto, y en consecuencia, (habrá que ponerse manos a la obra) todos aquellos empleados públicos que una vez transferidos participaron en convocatorias de la Administración andaluza debieran incorporase a sus puestos de trabajo en el Estado antes de la transferencia. De igual modo, todos los concursos y comisiones de servicio convocados por el Estado y preparados por la CHG para los no transferidos debieran anularse por vulnerar los principios de mérito, igualdad y capacidad, libre competencia y promoción, al discriminar y dar trato desigual a los empleados públicos transferidos. Igualmente los actos de la Administración; sanciones, concesiones, registros, autorizaciones… Todo ello por la invalidez radical del Real Decreto 1666/2008.
 
Resulta sorprendente saber que, el 1 de enero de 2009, setecientos empleados públicos, cual misterio extraterrestre sobrenatural, desaparecen de la faz de la tierra, no sabiéndose donde permanecieron secuestrados hasta el 22 de octubre del año 2011. Formamos parte del "Expediente X", misterio extraterrestre sobrenatural y teorías de la conspiración a un tiempo y los responsables intentan burlar a los discriminados con complementos, comisiones de servicio, horas extras, adscripciones provisionales… Llegados a este punto aparentemente muerto por ser el enfoque utilizado demasiado impreciso, no se busque concretar para clarificar conceptos, sino que se desvía la atención del planteamiento principal, tal y como hace un mago en el momento de ejecutar su truco. La ironía de la compensación temporal en detrimento, menoscabo, merma, disminución, daño, perjuicio y agravio de un derecho adquirido.

A esto apelamos, está claro que este caso deja al desnudo las colosales falencias de quienes resuelven. Fallas que ya no pueden enmarcarse como simples grietas sino que comienzan a tomar el talante de sendos cráteres en la arquitectura de la justicia. Lo más curioso de esta paradoja es que todo lo han hecho bajo el amparo del derecho y sin que ninguna ilegalidad se haya hecho palpable a sus ojos. Esto deja perplejo a más de uno, pues muchos se preguntarán cómo un ordenamiento puede permitir tales niveles de zozobra entre las líneas de sus resoluciones.

Los que formamos parte del Expediente X, seguimos pendientes a ver si de una vez por todas se hace público, se piden responsabilidades y se juzga de verdad a los ejecutores que generaron este desastre.