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miércoles, 19 de agosto de 2015

A LA INSPECCIÓN DE TRABAJO: LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR ELUDE LA ACCIÓN PREVENTIVA. INFORMA COMITE EN FUNCIONES CÓRDOBA.

En el ejercicio legítimo de sus derechos, que son los de los empleados públicos a quienes representan, el Comité de Empresa en funciones (STS/STC) de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir en Córdoba ha presentado denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para que se anule el “Pliego de Bases para la contratación de servicios de prevención ajeno, que venga a cubrir las necesidades que tiene la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir“. 
 
Se denuncia por tratarse de una actuación que la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir lleva a cabo sin atenerse a las exigencias legales ni al ordenamiento jurídico establecido y que afecta a la seguridad y salud de todos los empleados públicos del Organismo.  

Otra maniobra más de los gestores de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, esta vez para eludir la acción preventiva externalizando lo que por Ley es su obligación.  

Veinte años de los derechos de los trabajadores en materia de consulta y participación establecidos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Año 1995.

Año 2015. Hace meses los responsables de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir -secretaria general & recursos humanos & prevención de riesgos laborales- entonaron "a puerta cerrada" el mea culpa con la presumida frase "no volverá a ocurrir”.   
 
Y otra vez se repite el guión. Mientras nos entretienen con números circenses, nadie pregunta.

Tanta arbitrariedad: Demora de retribuciones, infracción de normas de prevención de riesgos laborales, acoso laboral, vulneración de derechos sindicales, contrataciones fraudulentas. Si toda la representación sindical (TODA) actuara con eficacia y de forma constante estas ilegalidades no se producirían.  

Tenemos una buena Ley de Prevención para caminar hacia una mejora en la seguridad y salud de los trabajadores. No puede ser que quede enterrada entre papeles, como pretenden algunos con afán exclusivo de lucro. 

Llega otro iceberg, lo sabemos porque asoma su punta.


jueves, 6 de agosto de 2015

PLIEGO PARA EXTERNALIZAR EN SU TOTALIDAD EL SERVICIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR

Ya con anterioridad a la aprobación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en el mes de noviembre de 1995, pero fundamentalmente a partir de la misma, se ha venido avanzando en el camino de lograr una adecuada aplicación del deber de la Administración General del Estado de proteger eficazmente a sus empleados públicos frente a los riesgos laborales. Protección ésta que lógicamente se debe llevar a cabo a través de un sistema diferenciado al de general aplicación a la empresa privada, que tenga en cuenta específicamente las características y peculiaridades concretas de la Administración General del Estado, y siempre, lógicamente, partiendo de la idea de universalidad de la protección.

En el plano normativo esta adaptación se produjo fundamentalmente, y sin perjuicio de la adaptación normativa a sectores concretos, con la aprobación del Real Decreto 1488/1998, de 10 de julio, de adaptación de la legislación de prevención de riesgos laborales a la Administración General del Estado y sus distintas modificaciones hasta 2014. Mediante esa adaptación se han establecido las bases de este sistema, articulando entre otras materias el modelo de organización de los servicios de prevención.

Este modelo, partiendo del esquema establecido por el Reglamento de los Servicios de Prevención, apuesta por la potenciación de los recursos propios de la Administración General del Estado con preferencia sobre los medios ajenos, salvaguardando el derecho de los empleados públicos a la participación en la determinación de sus condiciones de trabajo, como textualmente se recoge en el Preámbulo de la norma, y adoptando un enfoque flexible que permitirá a los distintos Departamentos ministeriales y Organismos públicos dependientes adaptar su modelo de organización de los servicios de prevención a las peculiaridades existentes en cada ámbito.

Dentro del marco normativo necesario para la creación de los servicios de prevención debe también destacarse la actuación que llevo a cabo, en el ámbito de la Administración General del Estado y Organismos Públicos dependientes, la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones, CECIR, órgano colegiado interministerial integrado por el Ministerio de Administraciones Públicas y el Ministerio de Hacienda, que mediante Acuerdo de 18 de enero de 1999 aprobó las Instrucciones para la solicitud por parte de los Departamentos ministeriales y Organismos públicos de los puestos de trabajo necesarios para la puesta en funcionamiento de los servicios de prevención de riesgos laborales allí donde no se encontrasen ya constituidos.

Dichas Instrucciones establecen la estructura de los puestos de trabajo de los servicios de prevención de acuerdo con el número de empleados públicos existentes en cada ámbito, dotándoles tanto retributivamente como jerárquicamente de la relevancia que el ejercicio de la función requiere, y, en todo caso, partiendo de los criterios de ahorro y eficiencia, en virtud de los cuáles los gastos de personal no podrán generar incremento alguno, debiendo compensarse las propuestas de creación de puestos con bajas en dotaciones de igual o superior nivel o coste.

El modelo que de forma más general se desarrolló en los distintos Departamentos ministeriales y sus Organismos Públicos, y que conocemos con los datos de que disponemos, consiste en uno o más servicios de prevención propios, uni o pluriprovinciales, con asunción parcial de actividades preventivas por uno o varios servicios de prevención ajenos, fundamentalmente esto último cuando se trata de actividades de naturaleza específicamente técnica o cuando peculiaridades organizativas propias así lo requieren.
  
Como siempre hemos de hablar de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir que, disponiendo de un Servicio de Prevención de Riesgos Laborales Propio, con 14 puestos de trabajo para desarrollar las funciones de prevención de riesgos laborales requeridas por la normativa de aplicación, ocupados por 14 empleados públicos con la capacitación requerida para las funciones a desempeñar según lo establecido en el Reglamento de los Servicios de Prevención, 14 puestos de trabajo dotados tanto retributivamente como jerárquicamente por la relevancia que el ejercicio de la función requiere, con fecha 4 de agosto se LICITA el Pliego de Bases para la contratación de servicios de prevención ajeno, que venga a cubrir las necesidades que tiene la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir- CU(SG)-5140 .

Visto el Pliego, que se encuentra en la Plataforma de Contratación del Sector Público,  y que hoy ha sido publicado en el BOE, se advierte que no se trata de una asunción parcial de actividades preventivas por un servicio de prevención ajeno sino de la asunción por parte del que sea adjudicatario de TODAS las actividades y disciplinas preventivas que la normativa regula.

En este nuevo Pliego, cuya exposición, redacción y condiciones técnicas, sobre todo en cuanto a los criterios básicos necesarios para desarrollar la actividad sanitaria por el adjudicatario, deja mucho que desear como tantos otros pliegos, igualmente se observa que, dados los trabajos a contratar (todos), el hasta ahora considerado Servicio de Prevención Propio de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir pasará a desempeñar una labor completamente distinta para la que fue creado y dotado “presupuestariamente” partiendo de los criterios de ahorro y eficiencia requeridos por la Administración.

Se pone por tanto en duda que dicha contratación no implique la realización de funciones que supongan la participación directa en el ejercicio de potestades públicas, asimismo se pone en duda que los puestos creados por la CECIR a petición de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir para llevar a cabo la prevención de riesgos laborales tengan algún sentido o lo hayan tenido alguna vez.

No sólo se ha limitado la asignación de recursos y se han racionalizado las estructuras de negociación y participación en materia preventiva a nivel general por parte de Administración-Sindicatos sino que aquí, en la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, una vez más, se opta por una contratación externa para asumir funciones propias de los empleados públicos, concretamente para asumir las tareas a desempeñar por los 14 puestos creados para ese fin y dotados retributivamente para el ejercicio de las funciones en prevención de riesgos laborales.