El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado el artículo 51 del Estatuto de Andalucía que dice que esta comunidad ostenta competencias exclusivas sobre las aguas de la cuenca del Guadalquivir que transcurren por su territorio y no afecten a otra comunidad autónoma...
Pero el TC no ha anulado la competencia exclusiva sobre los recursos y aprovechamientos hidráulicos, canales y regadíos, cuando las aguas transcurran por Andalucía y aguas subterráneas cuando su aprovechamiento no afecte a otro territorio (art 50.1a), (opinión Chaves: "a raíz del fallo hay un artículo, el 50, que ha sido declarado constitucional." dice: "yo creo que a partir de este artículo se pueden sentar las bases para que la Junta de Andalucía siga teniendo un protagonismo especial en las decisiones que se puedan adoptar en relación al Guadalquivir"). El TC tampoco ha anulado el ejercicio de sus competencias que las desplegará con eficacia en todo su territorio (art. 43).
La administración de los recursos hídricos ha de basarse en las cuencas naturales y no en las fronteras políticas y administrativas, criterio éste asumido en la DIRECTIVA 2000/60/CE, LEY DE AGUAS (2001), cuyos arts. 14 y 16 prescriben el carácter indivisible de la cuenca hidrográfica como unidad de gestión, y que la cuenca del Guadalquivir debe gestionarse de forma homogénea. El Guadalquivir es una cuenca extracomunitaria.
La reordenación del sector público deja la gestión del agua "en manos de los políticos". Debe primar el principio de unidad de cuenca en la gestión del agua en Andalucía (cauces naturales y no artificiales impuestos políticamente), y la adaptación de la estructura de la administración hidráulica andaluza a este principio.
Que la Agencia Andaluza del Agua desaparezca y sus competencias pasen a ser de la nueva Agencia Publica Empresarial de Medio ambiente y Agua A(PE)MAYA, que asume competencias en:
1.º La adquisición, construcción, conservación, mantenimiento y mejora de obras, equipamientos e instalaciones hidráulicas con motivo de las encomiendas de gestión que reciba.
2.º La gestión y mantenimiento de las redes de información, vigilancia y control, así como la realización de actuaciones relacionadas con el dominio público hidráulico y la calidad del medio hídrico en los términos que se establezcan en sus estatutos.
Nos causa desazón, no sabemos que puede pasar a partir de ahora.
Más incertidumbre entre todo el colectivo de empleados públicos si cabe, puesto que a raíz del fallo del Tribunal Constitucional suponemos, deberán paralizarse o retrasarse concursos (laborales y funcionarios, ya publicados en BOJA sin haberse modificado las RPT para saber dónde queda integrado cada puesto), estatutos, protocolos y planes iníciales de actuación en la Consejería de Medio Ambiente y en el resto de Consejerías que forman parte de la reordenación, lo que lleva a que no se deba desarrollar reglamentariamente la LEY DE REORDENACIÓN tal y como el Gobierno Andaluz tenía previsto.
Con respecto a lo que afecta a la AGENCIA ANDALUZA DEL AGUA, en la reordenación del sector público, esta semana se abordaron además del resto de estatutos, los estatutos de la nueva A(PE)MAYA, de manera que desde el momento en que se está anulando el artículo que dice que la comunidad autónoma de Andalucía ostenta competencias exclusivas sobre las aguas de la cuenca del Guadalquivir que transcurren por su territorio y no afectan a otra comunidad autónoma, quita la potestad sobre el Guadalquivir, también está en entredicho la futura agencia, incluida en el proceso de reordenación de la Junta; por eso, es desde el Estado, Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino y Ministerio de Política Territorial, desde donde se deben "proporcionar soluciones".
Desde que el colectivo de empleados públicos de la Agencia Andaluza del Agua salió a la calle en el mes de junio intentando demostrar que lo que se pretende con este proceso de reordenación, es privatizar un recurso tan necesario para Andalucía como es el agua, no hemos parado.
Este fallo del Tribunal Constitucional no representa que haya "ganadores o perdedores", porque el Ejecutivo Extremeño sólo presentó el recurso para "defender los derechos" de Extremadura, "independientemente de que afecte a mil ciudadanos, o sólo a uno".
Se debe hablar de "agua" en España, recordando que es "uno de los elementos" que "cohesiona un país" pues, aunque Andalucía "tiene que tener un peso importante en la gestión" del Guadalquivir, puesto que la mayor parte de su cuenca transcurre por territorio andaluz, ahora la sentencia del Constitucional abre el debate y, el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino y Ministerio de Política Territorial, tienen el deber de respetar el PRINCIPIO DE UNIDAD DE CUENCA.
No debemos olvidar que la ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía aprobada, convierte un interés general en un interés particular y vulnera y lesiona los derechos de los empleados públicos, de los futuros empleados públicos y de los ciudadanos, es un modelo cargado de dudas que tiene su base en la externalización de los servicios públicos por intereses particulares:
"La calidad de vida de los andaluces, la ordenación de las actividades económicas, la ordenación del territorio y el desarrollo de políticas sociales adecuadas, dependen en gran parte de la buena gestión del agua".
Todos los usuarios, incluidos los políticos de este país, debemos ser conscientes que tenemos una responsabilidad colectiva con el agua, porque de la buena gestión del agua dependen el resto de los servicios.
La sentencia afecta especialmente a la Agencia Andaluza del Agua que ha sufrido: LA TRANSFERENCIA DE LA CH SUR CREANDO LOS DISTRITOS HIDROGRÁFICOS MEDITERRÁNEO, TINTO‐ODIEL‐PIEDRAS Y GUADALETE‐BARBATE y LA TRANSFERENCIA CH GUADALQUIVIR. Se desmembró por completo la cuenca hidrográfica del Guadalquivir que la Directiva Marco del Agua (2000/60/CE) considera indivisible como unidad de gestión del recurso.
Tras la incorporación en el año 2009 de 231 funcionarios y 478 laborales procedentes de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, la Agencia Andaluza del Agua cuenta ahora con un total de 1.627 trabajadores, 673 funcionarios y 954 laborales. 1627 empleados públicos de la Agencia Andaluza del Agua a sumar al resto de empleados públicos afectados por la reordenación del sector público en toda Andalucía, todos nosotros, todos los empleados públicos de todas las Consejerias dependemos de las decisiones políticas que se puedan tomar a partir de ahora.
Cualquier posible modificación que se haga con respecto a la gestión en la administración hidráulica implica una afección al resto de la Administración porque unos servicios públicos complementan a otros.
POR UNA ADMINISTRACIÓN DEL AGUA EFICAZ Y TRANSPARENTE, POR UNA ADMINISTRACION PÚBLICA TRANSPARENTE Y EFICAZ.
Solo una opinión, mañana leeremos con más detenimiento la sentencia, quizá descubramos algo que a primera vista no llegamos a entender.