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martes, 29 de octubre de 2013

RECORDATORIO SOBRE LA LEY DE AGUAS Y LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE AUTORIDADES Y PERSONAL AL SERVICIO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.

Lo que vamos a transcribir no es nada nuevo, se encuentra legislado y ligado a la prestación de este servicio público "Agua". Aunque ya se ha mencionado en otros post, volvemos a mencionarlo como recordatorio:
Podeis verlo pinchando AQUÍ.
O bien descargar e imprimir la imagen siguiente:
Todo efecto tiene su causa.

21 comentarios:

  1. ¿La causa de este recordatorio tiene algo que ver con la reunion que alguien conto en un comentario de los jefes de zona con el magrama?

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  2. Resulta que los empleados publicos de infanteria sabemos a que nos exponemos sino cumplimos la normativa sobre responsabilidad patrimonial de la AP, no esta mal recordarlo, pero yo me pregunto....¿nos estais avisando porque si se incumple algo nos haran responsables a la infanteria, cuando los verdaderos responsables son los gestores que admiten sus errores?

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    1. Los gestores están bien protegidos y siempre tendrán el viento a su favor ante cualquier eventualidad, todo les protege..
      A los mandamases nunca le pasará nada.
      En los cortijos tienen plena protección los amos, los señoritos y en parte los manijeros, arrendatarios y aparceros,pero solo en parte. Los currantes, nada, a rendir que es lo suyo y a no molestar.

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  3. Te quieren largar, pero antes te quieren sacar tu despido de tu espalda.
    Curiosa jugada.
    Miserables.

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  4. Tanto externo haciendo mal su trabajo tiene su causa y su efecto.

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  5. No entiendo esta entrada. Y no va ni con segundas, ni con sorna ni con nada. Simplemente no la entiendo ni le encuentro el contexto.

    Y perdón por no ver algo que aparentemente debe ser tan claro.

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    1. Puede que tenga algo que ver con una noticia de hoy que da que pensar:
      Imputado en el 'caso Madrid Arena' el empleado que abrió una puerta de emergencia.
      Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/1962007/0/madrid-arena/puerta-emergencia/imputado/#xtor=AD-15&xts=467263

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    2. Anónimo 29 de octubre de 2013 18:43
      Con tanto externo contratado a través de tanto pliego habrá que recordar las funciones en materia de legislación de Aguas y las responsabilidades DE LAS AUTORIDADES Y PERSONAL AL SERVICIO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.

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  6. Resulta curioso que las distintas administraciones públicas, en este caso sus autoridades, pugnen constantemente por arrebatarse competencias sin que hayan resuelto cómo encontrar entre ellos, y no sólo entre sus funcionarios, algún responsable concreto en caso de producir determinado daño. Las administraciones públicas tienen muy diversas competencias, pero las responsabilidades no se llegan a establecer en la dimensión que sería conveniente. Porque si una administración pública se ve obligada a indemnizar a un particular, esa administración deberá espabilar y comprometerse a garantizar la adecuada prestación o el servicio público en cuestión. Y tendrá que reordenar sus prioridades para empezar por cubrir aquello de lo que claramente es responsable. A lo mejor el debate de las responsabilidades de las autoridades y el personal de la Administración sirve para aclarar, y no precisamente a los funcionarios, que los servicios públicos deben garantizarse, que quedan por cubrir muchas necesidades de los ciudadanos y que el presupuesto público debe reordenar sus prioridades y no despilfarrarse alegremente.
    (Esto fue publicado el Miércoles 10 de agosto de 2005 en levante-emv.com-Federación de Servicios Públicos de UGT-PV)

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    1. Yo habria continuado diciendo....y que el presupuesto público debe reordenar sus prioridades y no despilfarrarse alegremente con tanto Pliego de servicios, existiendo tanto paro, tanto opositor en la ruina y sin oferta de empleo publico.

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    2. Este Organismo no es una Oficina de Empleo, se debe bastar y valer con su presupuesto y su personal, ya está bien de mentar el paro y sus consecuencias, nosotros no somos culpables de lo que está ocurriendo, pero sí del despilfarro que hay para beneficio de muy pocos.

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    3. si he hecho mencion al paro es porque es evidente el caracter deficitario de personal en esta confederacion y que la oferta de empleo publico acabaria con tanto despilfarro Anónimo 29 de octubre de 2013 20:36.
      Tengo amigos que llevan tiempo esperando una oposicion libre y preparandose para ella pero resulta que esta congelada para ciertas administraciones no deficitarias de personal, con tanto pliego ¿crees que no es necesario el empleado publico?

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  7. Un miembro del Cuerpo de la Policía Nacional quedó gran inválido a raíz de un
    accidente de tráfico motivado por el fallo de los frenos del vehículo adscrito a la Dirección General de la Policía que conducía en acto de servicio y al que no se había sometido a las revisiones periódicas de la ITV. La Administración ni siquiera contestó a su petición de indemnización por responsabilidad patrimonial y ha tenido que ser la Audiencia Nacional quien se la conceda por importe de 624.288 € más los intereses legales desde la reclamación en vía administrativa hasta su pago, indemnización que se declara compatible con la pensión extraordinaria de jubilación. El Tribunal Supremo desestimo el recurso interpuesto por la Administración y confirmo la sentencia de la Audiencia Nacional.

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    1. Pues según el "recordatorio" el que permitió que se usara ese vehículo sin su ITV deberá pagar esa indemnización ¿no?

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    2. La administracion pide responsabilidades al funcionario o autoridad que ejerce las labores de exigir y contratar el seguro correspondiente a su parque movil como que los vehiculos pasen la revision correspondiente. ¿Secretaria General? Regimen Interior,gestión administrativa en materia de contratación,Real Decreto 984/1989, de 28 de julio

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  8. Un decir:
    La autoridad o funcionario público que, debiendo intervenir por razón de su cargo en cualquier clase de contrato, asunto, operación o actividad, se aproveche de tal circunstancia para forzar o facilitarse cualquier forma de participación, directa o por persona interpuesta, en tales negocios o actuaciones, incurrirá en la pena de prisión de seis meses a dos años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a cuatro años.

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  9. El político-gestor desconoce la normativa pública y el funcionario conoce las consecuencias de incumplirla. (Sevach)

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  10. Los empleados publicos sabemos cómo funciona la Administración, formamos parte de ella, y formulamos constantemente propuestas para que funcione mejor, ni puñetero caso, es mejor contar con un externo-amigo-amiguete-amigote

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  11. Quizas muchos creais que no tiene importancia lo que se ha contado en esta entrada y la tiene y mucho sobre todo para el empleado publico adscrito a comisaria de aguas.

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  12. Esta entrada tiene demasiado misterio para muchos, no estaría de más que se nos explicara un poco el por qué de ella.

    ¿qué se cuece en Comisaría de Aguas?

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    1. Pues seguramente lo mismo que en explotacion ¿una carta del Presidente aclarando tanto pliego en comisaria?

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