El Consejo de Ministros ha
aprobado este viernes un Real Decreto-ley que versa, entre otras cuestiones, sobre el incremento retributivo del sector público a llevar a cabo durante el año 2019.
Según se publica en la página web de La Moncloa, el Real Decreto ley se aprueba en consonancia con los compromisos asumidos por el Gobierno con los sindicatos en materia de función pública.
Según se publica en la página web de La Moncloa, el Real Decreto ley se aprueba en consonancia con los compromisos asumidos por el Gobierno con los sindicatos en materia de función pública.
La decisión del Ejecutivo de
aprobar el incremento salarial en un Real Decreto Ley es "evitar que haya
un periodo de incertidumbre hasta aprobar la Ley General de Presupuestos
Generales del Estado" y para que se desplieguen los efectos de esta subida
en la realidad económica desde el 1 de enero del próximo año.
Es un procedimiento con límites en el que, además de concurrir esa extraordinaria y urgente necesidad, no puede afectar a instituciones básicas; a derechos, deberes y libertades…
El artículo 86 de la Constitución
Española indica que en caso de extraordinaria y urgente necesidad el Gobierno
podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de
Decretos-Leyes.
Por esta naturaleza
extraordinaria, el decreto ley tiene carácter provisional, y sólo puede valer para el tiempo
necesario a fin de reunir al Parlamento para que sea éste quién “regularice” la
situación de dicha legislación.
Los Reales Decretos ley deberán ser inmediatamente sometidos a debate y
votación de totalidad en el Congreso en un plazo de treinta días desde su
promulgación.
Así, -BOE- en un plazo de treinta días
el Congreso deberá convalidarlo o derogarlo.
Si lo convalida, el Decreto-Ley
seguirá llamándose así pero pasará a ser Ley ordinaria, y dejará de tener
carácter temporal. Por el contrario, si el Congreso lo deroga dejará de existir
pero habrá sido plenamente válido durante el tiempo anterior, pues la
derogación no tiene efectos retroactivos.
Normalmente el Decreto-ley tiene
un carácter provisional y, por otra parte, no puede entrar en contradicción con
las normas jurídicas del estado ni ir en contra de los derechos y deberes de
los ciudadanos establecidos en la Constitución.
Es un procedimiento con límites en el que, además de concurrir esa extraordinaria y urgente necesidad, no puede afectar a instituciones básicas; a derechos, deberes y libertades…
Pues bien, la subida salarial aprobada por Real Decreto ley en consejo de Ministros este viernes será de aplicación a los empleados públicos
de las administraciones estatal, autonómica y local, y también a los trabajadores del sector
público empresarial...siempre y cuando se convalide en el Congreso de los Diputados...depositario de la Soberanía Nacional.
Con esta subida salarial se dice reconocer el esfuerzo que los empleados públicos
hicieron para sacar a España de la crisis, en consideración a su dedicación, profesionalidad y vocación de servicio público.
El incremento de las retribuciones
para 2019 establece una subida fija del 2,25% para todos los empleados
públicos, a la que hay que sumar un porcentaje variable que puede alcanzar el
0,25%, ligado a la evolución del PIB a partir de un 2,5%.
Los empleados públicos contarán, además, con otro 0,25% de fondos adicionales cuyo reparto, en este caso, dependerá de la negociación de cada administración con sus organizaciones sindicales.
Los empleados públicos contarán, además, con otro 0,25% de fondos adicionales cuyo reparto, en este caso, dependerá de la negociación de cada administración con sus organizaciones sindicales.
En el caso de la retribución
variable del 0,25% para un crecimiento del PIB igual o superior al 2,5%, el
porcentaje de retribución variable disminuirá proporcionalmente a la reducción
que se produzca sobre dicho 2,5% (los porcentajes variables según el
crecimiento del PIB quedan reflejados en la tabla resumen de incrementos).
La Web de La Moncloa expone que, con la medida económica aprobada, se amplian de derechos de los
empleados públicos y, que esta medida se une a todas
las aprobadas por el Gobierno en los últimos meses en materia de función
pública....
...Es de interés informar que el día 20 de diciembre la Administración hizo entrega a las Organizaciones Sindicales que negocian el IV Convenio Único para el Personal Laboral de la Administración General del Estado de una propuesta económica, una propuesta de encuadramiento y un texto del nuevo Convenio.
...Es de interés informar que el día 20 de diciembre la Administración hizo entrega a las Organizaciones Sindicales que negocian el IV Convenio Único para el Personal Laboral de la Administración General del Estado de una propuesta económica, una propuesta de encuadramiento y un texto del nuevo Convenio.
Asi que...NO es todo tan bonito como lo pintan...
Entendemos que el Real Decreto Ley no resuelve un problema
extraordinario y urgente sino que actúa como ley escoba para regular todo lo
que el Gobierno tenía en mente y era problemático. Eso es poco democrático, máxime cuando la negociación sobre lo que debería ser el IV CUAGE sigue y, nos cuentan los sindicatos, que seguirá negociándose hasta finales de enero, porque deben analizar con detalle el
texto propuesto...que no es el esperado...
Recuperar la jubilación especial a los 64 que contemplaba el III
Convenio Único, con contrato de relevo y sin merma retributiva, derecho que fue suprimido desde el
1 de enero de 2013, y que constituye un agravio entre el
personal laboral de la AGE y el de otras Administraciones Públicas, queda para otra ocasión, al igual que la Carrera Profesional horizontal, con lo que los derechos siguen mermados.
Y como esto va de reuniones, informamos que este 21 de
diciembre de 2018, también se ha reunido el Grupo de Trabajo de Movilidad de la Mesa
General de Negociación de la AGE, con la participación de los representantes de
la Administración y de las Centrales Sindicales CSIF, CCOO, UGT, USO para
aprobar las bases comunes que a partir de ahora regirán los concursos de
provisión de puestos de trabajo para los funcionarios de la AGE.
Y esto es todo por hoy...en proximos días ampliaremos esta entrada ampliada entrada 27 de diciembre de 2018...si el BOE....y la esperada Loteria de Navidad...disponen...
Un buen ambiente laboral, el desarrollo personal y profesional...motivación y apoyo...el dinero no lo es todo...días, estos de Navidad, para reflexionar...
Conviene recordar que existen incentivos
laborales más allá del salario..."salario emocional" que llaman los expertos...todo aquello que hace al
trabajador sentirse más cómodo, productivo y valorado en su trabajo y que resulta
de vital importancia para que el empleado alcance el tipo de vida que desea.
Un buen ambiente laboral, el desarrollo personal y profesional...motivación y apoyo...el dinero no lo es todo...días, estos de Navidad, para reflexionar...