Uno de los derechos básicos
de los trabajadores es la participación en la empresa, la cual, sin perjuicio
de otras formas de participación, se ejerce por medio de los órganos de
representación unitaria, concretados según los casos y en cada caso, en los delegados de personal, en las
juntas de personal y en los comités de empresa.
Las elecciones sirven para elegir
en votación directa a los que serán los delegados, que serán los representantes
de los trabajadores en tu empresa. Antes de la reforma laboral del 2012 no
tenía demasiada importancia, pero tras esta reforma es importantísimo quiénes
sean estos delegados porque pueden firmar lo siguiente:
- Convenio de empresa, que tras la reforma del 2012 es preferente sobre cualquier convenio sectorial. El convenio es donde se establecen los salarios y la jornada máxima, entre otras muchas cosas.
- Descuelgue del convenio sectorial. Es decir dejar de aplicar el convenio y sus tablas salariales.
- Despido colectivo por ERE (Procedimiento mediante el cual una empresa en una mala situación económica busca obtener autorización para despedir trabajadores).
- Suspensión de contratos y reducciones de jornada, temporales, tanto individuales como colectivas por ERTE (Expediente temporal de regulación de empleo de modificación de contratos de trabajo).
- Modificación colectiva de las condiciones de trabajo que estén por encima del convenio, como el salario, jornada y su distribución, horario…
- Cambio colectivo de funciones.
- Traslado colectivo.
Aunque el resto de trabajadores no
quieran, el delegado podrá firmar esos acuerdos una vez que sea nombrado tras
las elecciones. Ya les pidieron permiso para hacerlo al presentarse a las
elecciones y ganarlas.
Los sindicatos ganan dinero con
las elecciones sindicales no por convocarlas pero sí por ganarlas. Los
presupuestos generales del estado asignan una cantidad a repartir entre todos
los sindicatos en función de su representatividad, es decir en función del número de delegados que hayan sacado sumando todas las elecciones sindicales. Por eso,
un sindicato gana más dinero cuando le quita un delegado a otro sindicato que
cuando gana unas elecciones en una empresa que antes no tuviera ningún
delegado.
Con fecha 1 de octubre de 2019
informamos del laudo arbitral emitido que impugna el PROCESO ELECTORAL
seguido para la elección de representantes en la empresa SUBDELEGACIÓN DE
GOBIERNO EN CÓRDOBA SERVICIOS PERIFÉRICOS AGE (Administración General del Estado).
Reproducimos un resumen del Laudo Arbitral:
Reproducimos un resumen del Laudo Arbitral:
Un laudo arbitral puede impugnarse ante el orden jurisdiccional social a través de la modalidad procesal correspondiente.
Todos los que tengan interés legítimo, incluida la empresa cuando en ella concurra dicho interés, podrán impugnar la elección, las decisiones que adopte la mesa, así como cualquier otra actuación de la misma a lo largo del proceso electoral, fundándose para ello en la existencia de vicios graves que pudieran afectar a las garantías del proceso electoral y que alteren su resultado, en la falta de capacidad o legitimidad de los candidatos elegidos, en la discordancia entre el acta y el desarrollo del proceso electoral y en la falta de correlación entre el número de trabajadores que figuran en el acta de elecciones y el número de representantes elegidos.
En este post os informamos sobre la impugnación al LAUDO ARBITRAL llevada a cabo por CCOO:
Todos los que tengan interés legítimo, incluida la empresa cuando en ella concurra dicho interés, podrán impugnar la elección, las decisiones que adopte la mesa, así como cualquier otra actuación de la misma a lo largo del proceso electoral, fundándose para ello en la existencia de vicios graves que pudieran afectar a las garantías del proceso electoral y que alteren su resultado, en la falta de capacidad o legitimidad de los candidatos elegidos, en la discordancia entre el acta y el desarrollo del proceso electoral y en la falta de correlación entre el número de trabajadores que figuran en el acta de elecciones y el número de representantes elegidos.
En este post os informamos sobre la impugnación al LAUDO ARBITRAL llevada a cabo por CCOO:
El sindicalismo, como
expresión organizada de la clase, tiene en su ADN la negociación, la
consecución de mejoras en las condiciones laborales, sociales y económicas....
En esta situación, la lucha constante, coherente y codo a codo para mejorar las condiciones laborales de los trabajadores de los SERVICIOS PERIFÉRICOS de la AGE en Córdoba queda paralizada, ya que visto está que los representantes elegidos en el proceso electoral anterior se niegan a seguir trabajando en funciones.
Es más, ante el caso, deberían, igualmente, repetirse las elecciones sindicales en los SERVICIOS PERIFÉRICOS de la AGE en Sevilla y Huelva.
En fin, un dato proveniente de alguna que otra Sentencia de los Juzgados de lo Social sobre casos similares:
"Por cuestiones de economía procesal es común no invalidar las elecciones celebradas, cuando en las mismas se producen defectos que no constituyendo ilegalidades manifiestas o acciones de mala fe, no alteran los resultados".
¿Qué pasaría si ante cada proceso electoral, cualquier organización sindical pidiera que se repitieran las votaciones? Pues que nunca se constituirían las Juntas de Personal ni los comités de empresa y, por tanto, tampoco se constituirían los Comités de Seguridad y Salud...
En el caso que se lleve a cabo la repetición de las elecciones sindicales en Córdoba no se conseguirá evitar el conflicto. La lucha de poder sindical está servida -no es ninguna novedad- nunca han trabajado codo a codo -a la par, al lado de uno otro, juntos, uno al lado del otro- por los intereses comunes de los trabajadores a los que representan.
La negociación y la consecución de mejoras en las condiciones laborales, sociales y económicas de los trabajadores de los Servicios Periféricos de la AGE en Córdoba siguen paralizadas y sin ningún avance.
Podríamos identificar estos hechos con los acontecimientos laborales, sociales y económicos actuales...
...Porque en la vida no hay más orden que el desorden de la vida misma.
En esta situación, la lucha constante, coherente y codo a codo para mejorar las condiciones laborales de los trabajadores de los SERVICIOS PERIFÉRICOS de la AGE en Córdoba queda paralizada, ya que visto está que los representantes elegidos en el proceso electoral anterior se niegan a seguir trabajando en funciones.
Es más, ante el caso, deberían, igualmente, repetirse las elecciones sindicales en los SERVICIOS PERIFÉRICOS de la AGE en Sevilla y Huelva.
En fin, un dato proveniente de alguna que otra Sentencia de los Juzgados de lo Social sobre casos similares:
"Por cuestiones de economía procesal es común no invalidar las elecciones celebradas, cuando en las mismas se producen defectos que no constituyendo ilegalidades manifiestas o acciones de mala fe, no alteran los resultados".
¿Qué pasaría si ante cada proceso electoral, cualquier organización sindical pidiera que se repitieran las votaciones? Pues que nunca se constituirían las Juntas de Personal ni los comités de empresa y, por tanto, tampoco se constituirían los Comités de Seguridad y Salud...
En el caso que se lleve a cabo la repetición de las elecciones sindicales en Córdoba no se conseguirá evitar el conflicto. La lucha de poder sindical está servida -no es ninguna novedad- nunca han trabajado codo a codo -a la par, al lado de uno otro, juntos, uno al lado del otro- por los intereses comunes de los trabajadores a los que representan.
La negociación y la consecución de mejoras en las condiciones laborales, sociales y económicas de los trabajadores de los Servicios Periféricos de la AGE en Córdoba siguen paralizadas y sin ningún avance.
Podríamos identificar estos hechos con los acontecimientos laborales, sociales y económicos actuales...
...Porque en la vida no hay más orden que el desorden de la vida misma.
Muchas gracias plataforma por informar, extraordinaria la entrada, una más. La lucha de poder de los sindicatos llamados de clase es tremendo, no saben perder.
ResponderEliminarQue no te enteras, Contreras.
EliminarCreo recordar que en las elecciones en Córdoba:
ResponderEliminarUSO: 2 DELEGADOS (ESPECIALISTAS 2 DELEGADOS)
UGT: 2 DELEGADOS (ESPECIALISTAS 1 DELEGADO)
CCOO: 4 DELEGADOS (ESPECIALISTAS 1 DELEGADO)
CSIF 4 DELEGADOS (ESPECIALISTAS 1 DELEGADO)
No entiendo..alguien que me lo explique, eso no es perder...
Creo recordar que elecciones anteriores también impugnaron por lo mismo y no fue admitida, no entiendo por qué ahora si. Por otro lado me creo que habrá mucha abstención.
ResponderEliminarEl recurso presentado por CCOO pudiera prosperar, efectivamente como dicen no existen vicios graves que pudieran alterar el resultado anterior, en fin ya veremos elñ resultado, por otra parte doy las gracias al blog por tenernos informados y por las maravillas de entradas que hacen de cada tema, cada cual mejor. Enhorabuena.
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