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martes, 14 de junio de 2011

DE LA IMPUNIDAD DEL DECRETAZO ANDALUZ Y LA PREVARICACIÓN COMO CADÁVER JURÍDICO

Interesante artículo del que transcribimos parte del mismo a continuación:
6 de junio de 2011: El Tribunal Supremo ha archivado la querella que el Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta (Safja) presentó contra el presidente de la Junta, José Antonio Griñán, y los 13 consejeros autonómicos, a los que imputaba un delito de prevaricación por la aprobación del decreto de reordenación del sector público.
10 de junio de 2011:
Publicado por Sevach: Licenciado en Derecho por la Universidad de Oviedo, Técnico de Administración General, en excedencia, Técnico Superior en Administración Universitaria, en excedencia, Profesor Asociado de Derecho Internacional Público de la Universidad de Oviedo.

"Leo que la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha exculpado del delito de prevaricación al Presidente de la Comunidad Autónoma Andaluza por su papel en la aprobación del Decreto-Ley 5/2010 de Reordenación del Sector Público, llamado a servir de salvoconducto directo hacia el empleo público sin filtro de mérito y capacidad, en favor de infinidad de empleados de Fundaciones, Sociedades y otros chiringuitos satélites de la Comunidad Autónoma. Ahí se acaba el recorrido de la querella formulada por el Sindicato Andaluz de Funcionarios. Lo llamativo del caso es que la justificación de la Sala Penal es tan lógica como alarmante. Si el Decreto-Ley lo aprobó el Gobierno y ha sido convalidado por el Parlamento andaluz, o se aprecia una prevaricación estilo Fuenteovejuna ( “¿Quién prevaricó?, ¡El Parlamento, señor!) o se aplica el beneficio de la duda pues no todos pueden estar “en el ajo”. En términos jurídicos la Sala Penal razona que la prevaricación sólo puede cometerse con “actuaciones administrativas” pero al convalidarse por el Parlamento se convierte en “actuación legislativa”  con lo que ya no hay posible delito. Y así, como Pilatos se lavó las manos, con igual sensación incómoda, la Sala de lo Penal inadmite a trámite la querella y archiva todo lo actuado sin encontrar delito alguno.
Por si fuera poco, el Parlamento “maquilló” el coladero mediante la Ley 1/2011, de 17 de Febrero, modificando la tóxica Disposición Derogatoria Cuarta del vapuleado Decreto-Ley 5-2010 con una críptica regulación “para salir del paso” que mezcla los principios generales de acceso al empleo público con la referencia a esa nueva categoría normativa que son los “Protocolos” que debidamente negociados y aprobados gubernativamente pueden cobijar cualquier mercancía y facilitar el desembarco de empleados a la Administración autonómica sin haber pasado por un mínimo West-Point."
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