Mariano Aguayo Abogados solicitó la suspensión cautelar que ha sido concedida por el Juzgado de Contencioso Administrativo, nº 10 de Sevilla.
El Auto recoge gran parte de las reivindicaciones de los miles de empleados públicos de la Junta de Andalucía, que vienen denunciando en la calle el asunto desde hace más de un año.
El ejecutivo andaluz blindaba a la Empresa de Gestión Medioambiental, S.L. (EGMASA) para ejercer competencias y funciones de servicio público que no le corresponden, llegando incluso a subcontratar las competencias y funciones otorgadas y, con total impunidad, se blindaba, asimismo, al personal de EGMASA, reconociéndoles, por Ley, derechos y funciones que son propias de los Empleados Públicos y que solo pueden ser desarrolladas por estos.
Este juez considera que existe una "funcionarizacion" encubierta por lo que acuerda la suspension de la ejecutividad de la incorporacion del personal de EGMASA en la AMAYA.
En la práctica qué es lo que pasa? Entiendo que al no existir EGMASA ni la AMAYA, ahora mismo esos trabajadores de esas empresas no tienen funciones ni razón de ser.
ResponderEliminar¿habría que denunciar a los que conocemos desde ya! por realizar funciones que sólo les corresponden a empleados públicos? Ya sé que eso se debió hacer antes, pero creo que ahora es el momento de liarla del todo.
Con noticias como estas, doy por bien empleado los 20 € que aporté al Gabinete Aguayo (o al que hubiese sido).
ResponderEliminarLa suspensión cautelar del protocolo de integración de la AMAYA, en El Mundo
http://empleadospublicosjacordoba.blogspot.com/2011/06/la-suspension-cautelar-del-protocolo-de.htm
Con la calle, los tribunales y las urnas es posible alcanzar la victoria (todo ello, en un mismo plano).
Saludos y ánimo. Ya falta menos para la terminación de esta pesadilla.
El (impecable) auto judicial viene a resumirse en que existen serias posibilidades de que la incorporación del personal de la empresa EGMASA a la administración sea ilegal, y que dicha incorporación no debe realizarse hasta que se resuelva la posible ilegalidad de la misma, pues luego sería difícil deshacer la situación.
ResponderEliminar1º Los ex-trabajadores y ex-trabajadoras de EGMASA ya no pertenecen a la Agencia de Medio Ambiente.
2º Dichas personas no pueden, desde mañana mismo, tocar un solo papel en la administración. Dichas personas tampoco pueden tener habilitados equipos informáticos, puestos de trabajo, vehículos oficiales, etc. El auto advierte que esto es para que no hagan como el resto de externos y denuncien luego que, como venían desempeñando esas funciones, tienen derecho a quedarse en la Agencia "por la cara".
3º Desde mañana mismo, siempre con varios funcionarios testigos de por medio, si se identifica a alguno de estos trabajadores en esas situaciones es directamente denunciable, y debe informarse de inmediato al jefe de servicio responsable que, de no tomar medidas inmediatas para evitarlo, será también inmediatamente denunciable ANTE ESTE MISMO JUZGADO QUE EMITIÓ EL AUTO, pues estará desobedeciendo el auto judicial Y PONIENDO EN RIESGO NUESTROS SALARIOS PRESENTES Y FUTUROS, SEÑORES. Imprimid el auto, llevarlo siempre encima, e informar a los de EGMASA y a los jefes de servicio con el auto en la mano.
4º Es VUESTRO DEBER INFORMAR Y DENUNCIAR, estamos en un momento VITAL en la lucha contra el enchufismo, y tenemos que mostrar 1º SERIEDAD 2º FIRMEZA y 3º CONOCIMIENTO JURÍDICO.
Compañeros se ha suspendido la EJECUTIVIDAD DE LA INCORPORACION DEL PERSONAL DE EGMASA EN LA AMAYA del Protocolo de Integracion (RESOLUCIÓN de 20 de abril de 2011, primera). Es decir, el juez ha ponderado y razonado, el perjuicio que causaría al interés público o a terceros la suspensión y el perjuicio que se causa al recurrente como consecuencia de la eficacia inmediata del acto recurrido, SOLO LA PRIMERA CLAUSULA. Se ha paralizado por tanto esa integracion.
ResponderEliminarNO SE HAN PARALIZADO, de momento, LA LEY 1/2011, NI LOS ESTATUTOS DE CREACION DE LA AMAYA,NI EL RESTO DEL PROTOCOLO.
y ccoo y ugt qué tienen que decir a esto? sería interesante oirlos, que no verlos.
ResponderEliminarESTOY DE ACUERDO CON EL COMPAÑERO DE LAS 18:58, ES EL MOMENTO DE EMPEZAR A DENUNCIAR LOS PUESTOS QUE OCUPAN Y LAS FUNCIONES QUE DESARROLLAN LOS DE EGMASA, Ó COMO SE LLAMEN AHORA
ResponderEliminar¿Por que hoy no han ido los chicos de EGMASA a trabajar a la oficina de la antigua AAA en Jaen?
ResponderEliminar16:34 no han ido porque no son ni de EGMASA ni de la AMAYA, están en el limbo administrativo. Deberían precintar todos los edificios donde estuviesen trabajando porque no pueden acceder a ellos, estarían incumpliendo la ley.
ResponderEliminarRECIBO CORREOS, DE LOS SEÑORES DE UGT. COLOCÁNDOSE LA MEDALLLA. ¡SERÁN INÚTILES!
ResponderEliminar09:41 ponlo por aquí por favor, sería la rehostia ver ese papel.
ResponderEliminar"Sobre todo recuerda que si UGT Y CCOO no hubieran firmado el acuerdo, tú estarías en la AMAYA DE LOS ....
ResponderEliminarAhora mucho gallito, pero recuerda que desde el 29 de OCTUBRE, los garantes de tu condición de empledo público no han sido ninguno de tus ¿sindicatos? amarillos.
O COMO ES ESO DE QUE LOS ahora supuestos líderes de "QUEREMOS VOLVER AL ESTADO" han concursado para irse a otra Consejería..........."
Asunto: El Tribunal Superior de Justicia de Andalucia Deniega la solicitud
ResponderEliminarde suspensión del Decreto que aprueba los Estatutos de la Agencia de Medio
Ambiente y Agua de Andalucia
EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA DENIEGA LA SOLICITUD DE
SUSPENSIÓN DEL DECRETO QUE APRUEBA LOS ESTATUTOS DE LA AGENCIA DE MEDIO
AMBIENTE Y AGUA DE ANDALUCIA.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha notificado a la Junta de
Andalucía la desestimación de la solicitud de suspensión del Decreto que
aprueba los Estatutos de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía.
Da así la razón a la Fiscalía, la Administración de la Junta de Andalucía y
la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía que se habían opuesto a la
medida.
En sus argumentos, el Tribunal invoca la doctrina legal del Tribunal
Constitucional y del Tribunal Supremo, sobre los requisitos que deben
concurrir para la adopción de una medida cautelar de suspensión de una norma
jurídica y estima que no se ha podido probar, ni siquiera de forma
indiciaria, los daños y perjuicios que alegan los recurrentes y que, a su
criterio, de no suspenderse el Decreto, se producirían de forma inevitable.
De esta forma, el Tribunal Superior de Justicia niega que exista una
apariencia de buen derecho para estimar la medida cautelar solicitada, pues
no existen daños y perjuicios acreditados y, además, se estaría pretendiendo
a través de la medida cautelar solicitada, que se entrara a valorar por el
Tribunal la legalidad o ilegalidad del Decreto, lo que solo procede hacerlo
en la Sentencia que se dicte sobre el fondo del asunto. Además, niega que
pueda cautelarmente suspenderse el Decreto, por razón de la nulidad de las
normas en virtud de las cuales se ha aprobado, ya que dicha nulidad no ha
sido declarada. Al respecto, el Tribunal niega la vinculación de la
declaración de nulidad de las competencias de la Comunidad Autónoma de
Andalucía sobre el Guadalquivir, con la validez del Decreto que aprueba los
Estatutos de la Agencia de Medio Ambiente y Agua, ya que, como señala la
propia Ley de Reordenación del Sector Público, plenamente en vigor, y el
Decreto por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de
Medio Ambiente, los funcionarios y trabajadores de la extinta Agencia
Andaluza del Agua se han integrado dicha Consejería y no en la Agencia de
nueva creación. Por ello, ni existe apariencia de buen derecho, ni peligro
de que puedan producirse perjuicios irreparables.
La falta de suspensión por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía del
Decreto que aprueba los Estatutos de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de
Andalucía, provoca que dicho Decreto se mantenga en vigor en todas sus
disposiciones, incluida la integración del personal de EGMASA en la Agencia,
de acuerdo con lo dispuesto para la sucesión de empresas en el Estatuto de
los Trabajadores, como así lo establece la disposición adicional segunda del
citado Decreto. Para ello, el Tribunal ha utilizado argumentos que difieren
sustancialmente de los estimados en su día por el auto del Juzgado de lo
Contencioso Administrativo número 10 de Sevilla, que suspendió de forma
cautelar el protocolo de integración del personal en la Agencia de Medio
Ambiente y Agua de Andalucía, aprobado por la Secretaría General de
Administración Pública, en cumplimiento del Decreto cuya vigencia se
mantiene, y que está siendo objeto de recurso de apelación.
Y AHORA QUE .......?¿¿
Compañero anonimo de 29 de junio 9:44. Esto que estas contandonos fue explicado por ESTA PLATAFORMA POR MEDIO DE UN COMENTARIO EL DIA 21 DE JUNIO de una forma un poco mas sencilla ante el revuelo generalizado de ¡Hemos tumbado la AMAYA!.
ResponderEliminarLo que lo que dices en tu comentario, y lo que nosotros contamos en su dia,es exactamente igual.
A tu pregunta ¿Y ahora que...?, te decimos:
Dependemos de los recursos presentados y de la decision que sobre ellos tomen los Tribunales.
Sobre la Ley 1/2011, (que es la que lleva todo el entramado de creacion de la Amaya y su subrogacion a EGMASA) se supone que el Constitucional decidira sobre el recurso presentado por el Partido Popular.
No ha sido suspendido el Decreto que crea la AMAYA pero el recurso esta interpuesto y el TSJA debe decidir si lo anula.
Asi estan las cosas y nosotros ¿de vacaciones reivindicativas?
Salir de nuevo a la calle es fundamental.
Empresa creadas por la Junta como es Egmasa es normal que llegara ha este fin porque son empresas donde la produccion es minima y los costes de mantenimiento son muy elevados que no se pueden mantener
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