, auto; } -->

sábado, 23 de junio de 2018

AQUELLA ESPERADA FISCALIZACIÓN DEL EJERCICIO 2014: CHGUADALQUIVIR.- PRINCIPIOS DE LEGALIDAD Y BUENA GESTIÓN. NUEVA ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES: MINISTERIO PARA LA TRANSICION ECOLÓGICA. DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA.

INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN CELEBRADA EN 2014 POR EL MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE Y SUS ORGANISMOS DEPENDIENTES, Y SU EJECUCIÓN HASTA 2017. (Ejercicio 2014)

En primer lugar repasamos cuales son las funciones propias del Tribunal de Cuentas:

a. La fiscalización externa, permanente y consuntiva de la actividad económico-financiera del sector público: El Tribunal de Cuentas ejercerá su función fiscalizadora en relación con la ejecución de los programas de ingresos y gastos públicos y se referirá al sometimiento de la actividad económico-financiera del sector público a los principios de legalidad y de buena gestión.

b. El enjuiciamiento de la responsabilidad contable en que incurran quienes tengan a su cargo el manejo de caudales o efectos públicos: La función de enjuiciamiento contable, como jurisdicción propia del Tribunal de Cuentas, se ejercerá respecto de las cuentas que deban rendir quienes recauden, intervengan, administren, custodien, manejen o utilicen bienes, caudales o efectos públicos, en orden a la exigencia de la responsabilidad contable en que aquellos pudieran haber incurrido.

En la fiscalización de los contratos celebrados por el MAPAMA 2014-2017, realizada a iniciativa del Tribunal de Cuentas, se ha comprobado si se ha cumplido con los principios de legalidad y buena gestión en todo el procedimiento de contratación, analizando, de forma particular, las fases de preparación, adjudicación y formalización de los contratos, así como las principales incidencias detectadas relativas a su ejecución y cumplimiento.

De los resultados de esta fiscalización (parte "a" del repaso), el Informe recoge una serie de conclusiones, entre ellas:

1. En la fase de preparación de los contratos la fiscalización ha advertido insuficiencias en los informes preceptivos justificativos de la necesidad de la contratación, así como en la estimación de los presupuestos de licitación de los contratos. Estos no han sido elaborados con el rigor exigido por la legislación vigente.

Por su parte, en algunos contratos de servicios, que tenían por objeto el apoyo o asistencia a los órganos de gestión en el ejercicio ordinario de sus competencias, se incluyó en los pliegos la realización de actividades que podrían formar parte intrínseca de procedimientos administrativos y que comportan ejercer una serie de potestades administrativas, que están reservadas a los órganos administrativos y a los funcionarios públicos.

En cuanto a la realización de grandes proyectos de obras de infraestructuras (presas, embalses, canales, etc.), que llevaron aparejadas importantes inversiones durante prolongados periodos de tiempo, la fiscalización ha observado: la existencia de una serie de defectos o carencias en los proyectos iniciales; falta de previsión, descoordinación entre Administraciones, así como la ausencia de informes o actuaciones preceptivas, que han ocasionado importantes alteraciones en el ritmo de ejecución, en su coste final y en su rentabilidad social, en términos de satisfacción del interés público, al que deben responder.

Por otra parte, la fiscalización ha constatado que, en el caso de los procedimientos abiertos, en general, sólo hubo un único criterio para la adjudicación (el precio). Y cuando se incorporaron otros criterios de valoración adicionales, estos tuvieron un peso específico poco significativo (hasta un máximo del 20% de la valoración total y de forma conjunta con otros posibles criterios a valorar). Esta última circunstancia se produjo incluso en aquellos casos de contratos que requerían el empleo de tecnología especialmente avanzada, una ejecución particularmente compleja o que pudieran tener un impacto significativo en el medio ambiente; supuestos para los que la legislación vigente prevé que, para su adjudicación, puedan tenerse en cuenta otros criterios de valoración de carácter técnico, distintos del precio. No se tuvieron en consideración los criterios técnicos para valorar las ofertas.

Por otra parte, el informe señala que algunas Confederaciones Hidrográficas (del Ebro, Tajo, Guadalquivir y Miño-Sil) utilizaron de forma inadecuada la tramitación urgente y la de emergencia de los expedientes; puesto que, en un número significativo de casos, la concurrencia de requisitos que legalmente se exigen para ello, no quedó suficientemente acreditada.

2. Por lo que respecta al cumplimiento de los requisitos legales en las fases de adjudicación y formalización de los contratos, se han advertido algunas incidencias durante la valoración y adjudicación, tanto de los procedimientos abiertos como en los negociados, que pudieron afectar a los principios de objetividad, transparencia e igualdad de los licitadores que informan la contratación pública, dándose también supuestos de irregularidades formales y de procedimiento en la tramitación de diversos contratos.

3. En la fase de ejecución de los contratos la fiscalización destaca que una parte importante de los contratos de obras se han visto afectados por retrasos, incidencias y modificaciones que han alterado tanto los costes como los plazos de terminación inicialmente previstos, con los consiguientes retrasos en la entrega de los bienes al uso público. Por otra parte, han sido comunes los retrasos en la expedición de las certificaciones finales, así como en las actas de recepción y de conformidad, repercutiendo en el cumplimiento de los plazos contractuales y legales en la fase final de los contratos, hasta su liquidación y pago.

Esperaremos a que se dé publicidad a la parte "b" del repaso: el enjuiciamiento de la responsabilidad contable en que incurran quienes tengan a su cargo el manejo de caudales o efectos públicos.

VER INFORME Fuente: https://www.crisisycontratacionpublica.org/archives/9938

RESPECTO A LA NUEVA ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES:

El Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales y el Real Decreto 359/2018, de 8 de junio, por el que se crean Subsecretarías en los departamentos ministeriales, hacen necesario desarrollar dichas estructuras para determinar los órganos directivos de los diferentes ministerios.

Dentro de la nueva organización, cabe destacar una novedosa distribución competencial para los actuales Departamentos ministeriales, respondiendo a la más adecuada expresión de los objetivos prioritarios del Gobierno y de su programa político en aras a lograr mayor eficacia en su acción y mayor eficiencia en el funcionamiento de la Administración General del Estado.


DIRECTORES GENERALES DEL AHORA MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA:

Ceses

Real Decreto 661/2018, de 22 de junio, por el que se dispone el cese de doña María Teresa Baquedano Martín como Directora General de Política Energética y Minas. PDF (BOE-A-2018-8650 - 1 pág. - 144 KB)
 
Real Decreto 662/2018, de 22 de junio, por el que se dispone el cese de doña Liana Sandra Ardiles López como Directora General del Agua. PDF (BOE-A-2018-8651 - 1 pág. - 146 KB)
 
Real Decreto 663/2018, de 22 de junio, por el que se dispone el cese de doña Valvanera Ulargui Aparicio como Directora General de la Oficina Española de Cambio Climático. PDF (BOE-A-2018-8652 - 1 pág. - 146 KB)
 
Real Decreto 664/2018, de 22 de junio, por el que se dispone el cese de don Francisco Javier Cachón de Mesa como Director General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural. PDF (BOE-A-2018-8653 - 1 pág. - 147 KB)
 
Real Decreto 665/2018, de 22 de junio, por el que se dispone el cese de doña Raquel Orts Nebot como Directora General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar. PDF (BOE-A-2018-8654 - 1 pág. - 145 KB)
 
Nombramientos

Real Decreto 666/2018, de 22 de junio, por el que se nombra Directora General de Política Energética y Minas a dona María Jesús Martín Martínez. PDF (BOE-A-2018-8655 - 1 pág. - 146 KB)
 
Real Decreto 667/2018, de 22 de junio, por el que se nombra Director General del Agua a don Manuel Menéndez Prieto. PDF (BOE-A-2018-8656 - 1 pág. - 144 KB)
 
Real Decreto 668/2018, de 22 de junio, por el que se nombra Directora General de la Oficina Española del Cambio Climático a doña Valvanera María Ulargui Aparicio. PDF (BOE-A-2018-8657 - 1 pág. - 145 KB)

Real Decreto 669/2018, de 22 de junio, por el que se nombra Director General de Biodiversidad y Calidad Ambiental a don Francisco Javier Cachón de Mesa. PDF (BOE-A-2018-8658 - 1 pág. - 146 KB)
 
Real Decreto 670/2018, de 22 de junio, por el que se nombra Directora General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar a doña Ana María Oñoro Valenciano. PDF (BOE-A-2018-8659 - 1 pág. - 147 KB)

DE LOS CAMBIOS DE CARGOS EN LAS CONFEDERACIONES HIDROGRÁFICAS...

Todo un enigma....para los que no rondamos despachos. 

La confianza institucional es básica y constituye el elemento fundamental en un gran número de actividades humanas y sociales. En toda relación de cooperación entre dos o más individuos es necesario el crédito recíproco, saber qué cabe aguardar del otro, su buen hacer. Confiar es esperar que el otro respete la palabra dada, esperar que se cumpla la obligación que nos hemos prometido o la expectativa que sensatamente nos hemos hecho de las personas y de las cosas. Cuando esto no se verifica, cuando no hay un sistema eficaz de sanciones para quien incumple sus funciones, entonces la confianza se deteriora, la irresponsabilidad se premia y el crédito público se deteriora.

Esperaremos noticias sobre el buen (o mal) hacer de los políticos-gestores o de los técnicos-gestores. A fin de cuentas nuestra vida laboral es una sucesión de acuerdos entre partes.

Seguiremos informando. 

sábado, 9 de junio de 2018

MAPA Y MITECO. CONFEDERACIONES HIDROGRÁFICAS. CONCURSO DE TRASLADO INTERDEPARTAMENTAL 2018. POR SER DE INTERÉS.

En los últimos años el Ministerio al que se adscriben las Confederaciones Hidrográficas parece que no encuentra su nombre ni su lugar.

Agricultura y Medio Ambiente vuelven a tener entidad propia. Vuelven a escindirse las áreas agrícolas de las medioambientales.


El Boletín Oficial del Estado (BOE) del jueves 7 de junio publica el Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales: 

Artículo 11.
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA):

Corresponde al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de recursos agrícolas, ganaderos y pesqueros, de industria agroalimentaria, de desarrollo rural y de alimentación.

Artículo 14.
Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO):

1. Corresponde al Ministerio para la Transición Ecológica la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de energía y medio ambiente para la transición a un modelo productivo y social más ecológico.

2. Igualmente corresponde al Ministerio para la Transición Ecológica la política de agua como bien público esencial.

3. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:
                   a) La Secretaría de Estado de Energía.
                   b) La Secretaría de Estado de Medio Ambiente.

Disposición transitoria única. Subsistencia de estructuras vigentes.
Subsistirán, hasta la aplicación de los reales decretos de estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, los órganos directivos, unidades y puestos de trabajo de los departamentos ministeriales objeto de supresión o de reestructuración.

Disposición final tercera. Adscripción de organismos públicos.
Los organismos públicos quedan adscritos a los departamentos ministeriales de acuerdo con la distribución de competencias establecidas en este real decreto, y en los términos que se determinen en los reales decretos por los que se apruebe la correspondiente estructura orgánica.

El BOE de 9 de junio de 2018 publica el Real Decreto 359/2018, de 8 de junio, por el que se crean Subsecretarías en los departamentos ministeriales:

Artículo único. Creación de Subsecretarías. Se crean los siguientes órganos directivos:

1. Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación.
2. Subsecretaría para la Transición Ecológica.
 
Disposición transitoria primera. Subsistencia de órganos.
Los órganos directivos y unidades dependientes de las Subsecretarías que se suprimen por este real decreto se entenderán subsistentes y mantendrán su denominación, estructura y funciones en tanto no se realicen las oportunas modificaciones organizativas.

Los funcionarios y demás personal que resulte afectado por las modificaciones orgánicas establecidas en este real decreto seguirán percibiendo la totalidad de sus retribuciones con cargo a los créditos a los que aquellas venían imputándose, hasta que se adopten las disposiciones y medidas de desarrollo y se proceda a las correspondientes adaptaciones presupuestarias.

Disposición transitoria segunda. Titulares de órganos suprimidos.
Los titulares de los órganos superiores y directivos suprimidos por el Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales o por el presente real decreto, mantendrán la condición de alto cargo, desempeñando sus funciones de dirección de los servicios adscritos a los mismos, en tanto no se acuerde su cese.

Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio de los servicios comunes.
Los servicios comunes de los ministerios en los que se hayan producido transferencias de actividad a otros departamentos ministeriales seguirán prestando los servicios a los ministerios a los que correspondan dichas áreas de actividad, hasta tanto se desarrolle la estructura orgánica de los ministerios y se establezca la distribución de efectivos.

Las CONFEDERACIONES HIDROGRÁFICAS no son órganos independientes, aunque sí son entidades con personalidad jurídica propia. Tienen plena autonomía funcional entendemos siguen adscritas a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente.

Sus actividades principales son la planificación hidrológica, la administración y control del Dominio Público Hidráulico, la gestión de recursos y aprovechamientos que puedan ser de interés general, la explotación de los sistemas hidráulicos, la gestión de la demanda, la información de situaciones como las sequías e inundaciones así como la gestión de las mismas, la policía de aguas, la proyección y ejecución de nuevas inversiones en infraestructuras hidráulicas, monitorización  de la información sobre la cuenca, etc.

POLÍTICA DE AGUA COMO BIEN PÚBLICO ESENCIAL. 

La contaminación campa a sus anchas en varios de los ríos más importantes del país sin que nadie mueva un dedo para aplicar la legislación vigente o para frenar la polución de sus aguas, permitiendo que ciertas empresas se beneficien de volcar vertidos tóxicos, a costa de la salud de sus vecinos. Mucho tienen que cambiar las tornas para que se logren revertir situaciones que hoy se consideran límites, en gran parte de las corrientes de agua, lagos y embalses de España. 

Las reglas de juego tienen que ser claras y aplicables y que garanticen una gestión integral de este bien público esencial que resulte socialmente equitativa, ecológicamente sostenible, políticamente democrática y culturalmente aceptable.

MAPA: A este departamento corresponde la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de  recursos agrícolas, ganaderos y pesqueros, de industria agroalimentaria, de desarrollo rural y de alimentación.

MITECO: Se lleva el desgaje de Medio Ambiente: ámbitos de medioambiente, cambio climático y agua. La futura PAC "Política Agrícola Común" pone el acento precisamente en el cambio climático, la gestión sostenible de los recursos naturales, la conservación del paisaje en toda la Unión Europea y el mantenimiento de una economía rural viva, para la percepción de los pagos directos por parte de agricultores y ganaderos.

Con la división del MAPAMA la apuesta está hecha y solo falta empezar a confeccionar los nuevos equipos y echar a rodar.


  • Fecha de Publicación: 08/06/2018
  • Ambito: Interdepartamental, III Convenio Único de la Administración General del Estado
  • Numero de Puestos: 881
  • Grupos: 1 al 5
  • Plazo de Presentación de Solicitudes: Desde el día 11 al 29 de junio de 2018, ambos inclusive.
Documentos
DE 881 PUESTOS: APROXIMADO 60 PARA LAS CONFEDERACIONES HIDROGRÁFICAS. Confederación Hidrográfica del Guadalquivir: 9 PUESTOS (G3:7; G4:2)