Los sindicatos
son un estamento que fue creado para que una serie de trabajadores,
especialmente designados para ello, defendieran a sus compañeros ante los
posibles abusos que pudieran llevarse a cabo por parte del empresario. Una
figura en principio muy necesaria que, sin embargo, no funciona tan bien como
debería.
Uno de los principales
problemas con los que se enfrenta el sindicalismo en la actualidad es que los
encargados de formar parte de estos estamentos no luchan por los derechos de
todos los trabajadores.
Según el Diccionario de
la Real Academia Española de Lengua, se entiende por discriminación de
trabajadores: "acción y efecto de dar trato de favor a una persona o
colectividad por motivos de raza, sexo, orientación sexual, edad, religión,
estado civil, discapacidad, etc".
La discriminación en el
trabajo tiene como característica común el hecho de que se rompe el principio
de igualdad de oportunidades. Ello conlleva a que se abran brechas en el empleo
de carácter persistente, por lo que combatir la discriminación se hace cada día
más necesario en un mundo donde la desigualdad y la inseguridad se acentúan de
manera manifiesta.
Entramos en materia:
Ni uno de los sindicatos
firmantes del Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral al Servicio de
la Administración General del Estado ha presentado demanda alguna solicitando
que se declare y reconozca: "El derecho de los empleados públicos que
ostentan la categoría de Oficial de gestión y servicios comunes (Grupo 4),
provinentes del antiguo colectivo de oficiales de primera conductor del MOPU,
su inscripción al Grupo Profesional 3 con la categoría profesional de Técnico Superior
de Gestión y Servicios Comunes, junto con los derechos administrativos y
económicos que les corresponda, de acuerdo con el apartado cuarto del Acuerdo
sobre el sistema de clasificación profesional del Convenio Colectivo único para
el personal laboral al servicio de la Administración del Estado y los que se
derivan del expresado encuadramiento correspondan".
Los redactores de tal
convenio, siendo totalmente conscientes de la discriminación existente entre el
personal del antiguo colectivo de oficiales de primera conductor del MOPU,
denotan una falta de esfuerzo y dedicación, “indolencia y apatía” que han
mostrado al no mover un dedo por resolver el problema existente a sabiendas de
los desajustes y divergencias en el encuadramiento referido.
Ni uno de ellos ha evitado los agravios comparativos y las discriminaciones en este colectivo. Incluso la CIVEA informa desfavorablemente este tipo de casos y otros similares, incluso reconocido, en el caso al que nos referimos, por parte de la Administración empleadora, el encuadramiento al Grupo 3 referido.
Ni uno de ellos ha evitado los agravios comparativos y las discriminaciones en este colectivo. Incluso la CIVEA informa desfavorablemente este tipo de casos y otros similares, incluso reconocido, en el caso al que nos referimos, por parte de la Administración empleadora, el encuadramiento al Grupo 3 referido.
Pero todo hay que
decirlo, el lema de estos sindicatos es "igualdad, evitar los agravios
comparativos y las discriminaciones en la plantilla". Hay que decir asimismo que, alguno de estos sindicatos, para calmar los ánimos de los
afectados, llega a decir que estudiará la procedencia de acudir a la vía
judicial para terminar con esta situación discriminatoria...estudio que, puede ser, se haya visto reflejado en el nuevo convenio, el IV, pendiente de firma, que dará fin a los agravios comparativos, discriminaciones y desigualdad...o...dentro de nuestra ignorancia, visto el borrador del mismo, los incremente...a mayores.
En el caso que nos ocupa,
desde el año 2000, el afectado escucha las mismas respuestas y ninguna; que se
estudiará la propuesta; silencio de la CIVEA...puertas
cerradas...discriminación laboral...
Letargo habitual de
aquellos que deben defender nuestros derechos, haciendo caso omiso de las
reivindicaciones y evidenciando el nulo interés que este colectivo merece.
Precaución, amigo
conductor. La senda es peligrosa, Pulso firme en el volante. Al peligro
desafía. Su lema: siempre adelante, sin descanso noche y día...
Tras la presentación de
multitud de escritos a la subcomisión departamental, a la CIVEA y a la Comisión
de igualdad de la CIVEA sin haber recibido JAMÁS RESPUESTA ALGUNA A NINGUNO DE
ELLOS, el trato desigual sin justificación alguna ha quedado demostrado.
VEINTE años después del inició, siempre adelante y sólo ante el peligro, consiguió por su empeño y constancia que la justicia empezara a reconocer las demandas de cantidad por realizar trabajos de superior categoría y, desde el 2016, es la propia presidencia de la administración empleadora, quien administrativamente, reconoce trabajos de superior categoría y procede a abonar la diferencia salarial sin necesidad de acudir a la vía judicial.
Puesta nuevamente en conocimiento de la CIVEA la solicitud de reclasificación profesional por desempeño de funciones relativas a un puesto de categoría superior, el ninguneo y las puertas cerradas vuelven a ser evidentes.
Así que en el año 2018 el incansable compañero conductor toma la decisión de demandar a la administración empleadora por clasificación profesional, en solitario, sin los necesarios apoyos sindicales de los que forman parte de la mesa negociadora.
Acumulando sentencias, legislación, jurisprudencia, durante mas de veinte años de esfuerzo y dedicación, llevó a cabo la reclamación previa y la demanda ante el juzgado, representándose a sí mismo, sin sindicatos. Su esfuerzo ha dado los frutos esperados, “a pesar de las inclemencias del tiempo....sindical”: DERECHO A SER ENCUADRADO EN EL GRUPO 3.
Gracias al esfuerzo, trabajo, constancia de este conductor incansable….. compañeros conductores están viendo reconocidos sus derechos saláriales en vía administrativa por realizar trabajos de superior categoría y, puede ser que, estos también vean reconocidas sus demandas...”si el tiempo no lo impide...”
A todos los conductores Mi voz sirva de compañía. Al ritmo de los motores por vuestras rutas de España. Y le pido a San Cristóbal Nuestro patrón tan divino, que con sus manos os guíe salvos a vuestros destinos.
Llévese este Auto al Libro de Sentencias, 6 de febrero de 2019.
VEINTE años después del inició, siempre adelante y sólo ante el peligro, consiguió por su empeño y constancia que la justicia empezara a reconocer las demandas de cantidad por realizar trabajos de superior categoría y, desde el 2016, es la propia presidencia de la administración empleadora, quien administrativamente, reconoce trabajos de superior categoría y procede a abonar la diferencia salarial sin necesidad de acudir a la vía judicial.
Puesta nuevamente en conocimiento de la CIVEA la solicitud de reclasificación profesional por desempeño de funciones relativas a un puesto de categoría superior, el ninguneo y las puertas cerradas vuelven a ser evidentes.
Así que en el año 2018 el incansable compañero conductor toma la decisión de demandar a la administración empleadora por clasificación profesional, en solitario, sin los necesarios apoyos sindicales de los que forman parte de la mesa negociadora.
Acumulando sentencias, legislación, jurisprudencia, durante mas de veinte años de esfuerzo y dedicación, llevó a cabo la reclamación previa y la demanda ante el juzgado, representándose a sí mismo, sin sindicatos. Su esfuerzo ha dado los frutos esperados, “a pesar de las inclemencias del tiempo....sindical”: DERECHO A SER ENCUADRADO EN EL GRUPO 3.
Gracias al esfuerzo, trabajo, constancia de este conductor incansable….. compañeros conductores están viendo reconocidos sus derechos saláriales en vía administrativa por realizar trabajos de superior categoría y, puede ser que, estos también vean reconocidas sus demandas...”si el tiempo no lo impide...”
A todos los conductores Mi voz sirva de compañía. Al ritmo de los motores por vuestras rutas de España. Y le pido a San Cristóbal Nuestro patrón tan divino, que con sus manos os guíe salvos a vuestros destinos.