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miércoles, 13 de septiembre de 2017

TRAS MUCHAS SUMAS Y RESTAS, JAQUE: PRIMERA SENTENCIA POR CAMBIO DISCRECIONAL DE PUESTO DE TRABAJO Y FUNCIONES A EMPLEADO PÚBLICO DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR. INFORMACIÓN SOBRE EL JUICIO DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE.

Con fecha 13 de mayo de 2016 el Jefe del Servicio de Recursos Humanos y la Jefa del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir comunicaron al afectado que debía someterse obligatoriamente al reconocimiento médico. El empleado público contesto por escrito a dicho requerimiento manifestando su disconformidad al considerar que no es obligatorio someterse al mismo. Ambas jefaturas responden al afectado argumentando que el reconocimiento médico es obligatorio cuando existe riesgo a terceros. 

El hecho es que la Jefatura de Recursos Humanos de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir cambió discrecionalmente de puesto de trabajo al empleado público afectado asignándole nuevas funciones en un centro de trabajo distinto al habitual perjudicando su formación profesional y vulnerando el derecho a la dignidad, sin haber seguido el procedimiento previsto al respecto en el Convenio de aplicación y resto de normas legales de nuestro Ordenamiento Jurídico.

Son varias las demandas interpuestas por el afectado relacionadas con este asunto.

El día 12 de septiembre del presente tuvo lugar el juicio por cambio discrecional de puesto de trabajo y funciones a un empleado público de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

Por estar relacionado a lo tratado en la Vista del 12 de septiembre, informamos sobre la Sentencia recaída ante la primera de las demandas interpuestas por el afectado, en este caso sobre DECLARACIÓN DE DERECHOS Y RECLAMACION DE CANTIDAD contra Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) y contra el Jefe de Recursos Humanos de la misma.

El Fallo determina que se estima parcialmente la demanda: El afectado debe ser repuesto en el desempeño pleno de sus funciones; la CHG debe indemnizar al afectado por los daños y perjuicios causados por la retirada de funciones; el Jefe de Recursos Humanos queda absuelto.....pese a ser quien cambió discrecionalmente de puesto de trabajo al empleado público, situación esta última que será objeto de recurso por parte del afectado.    

SENTENCIA Nº 318/2017
En Granada, a treinta y uno de julio de dos mil diecisiete.
HECHOS PROBADOS

En el juicio celebrado ayer día 12 de septiembre por “Modificación sustancial de las condiciones de trabajo” la Abogacía del Estado manifiesta que se ha recurrido la Sentencia anterior. El abogado del demandante aporta las pruebas documentales necesarias. El Magistrado pese a las manifestaciones de la Abogacía del Estado admite como prueba la Sentencia sobre DECLARACIÓN DE DERECHOS Y RECLAMACION DE CANTIDAD, dado que se trata de información relevante sobre los hechos producidos con anterioridad, admitiendo la misma como antecedentes de esta nueva demanda. 

Parece ser que la Abogacía del Estado no está de acuerdo en que se admita como prueba una sentencia que ellos van a recurrir... 

Tras muchas sumas y restas y después del jaque, al "Ajedrecista" le quedan pocas fichas en su juego ante la Justicia.

Os mantendremos informados de todos los pasos que den las partes a partir de ahora.

32 comentarios:

  1. Me alegro un montón por el compañero, que absuelvan al jefe de RRHH es algo incomprensible porque segun veo en los hechos probados queda mas que probado la cantidad de ilegalidades que se han cometido contra el compañero y alguien ha tenido que ser y todos sabemos que fue ÉL quien llamó al compañero para deciirle que quedaba apsrtado de coger vehículos oficiales. Espero que el compañero también la recuura aunque la haya ganado. Felicidades Paco y a la Chg muy mal por ezras conductas. Espero que le den publicidad a los medios de comunicación para que,sepan lo que tenemos en esta casa como jefe de RRHH y lo que ha hecho al margen de toda legitimidad en connivencia con secretaria general , jefa servicios generales y la jefa de prevención.

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  2. Qué sorpresa más agradable. Cuánto tardarán en readmitirlo? Qué tienen que decir el propio y las dos amigas? Vergüenza es lo que deben de tener de haber hecho esa aberración con el trabajador, espero que no termine aquí la cosa y que el/los causantes del hecho no se vayan de rositas. ENHORABUENA.

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  3. Mi enhorabuena al compañero. Es una pena que no se hayan depurado responsabilidades.

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  4. Por lo que veo en esta nueva magnífica entrada el trabajador va a recurrir por haber sufo absuelto el perlita de recursos INHUMANOS, me parece acertada la decisión y que pague por lo que ha hecho, algo muy grave. La Confederación no se merece a tipos como este en esa Jefatura. Me alegra la cindena a la Confederación. Muy bien hecho Francisco , ya basta de despotas.

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  5. Ahora todos debemos pagar la indemnización...la CHG recibe dinero público...presupuestos generales del Estado...y quien tomó la decisión de apartar al compañero de sus tareas queda absuelto de todos los daños y perjuicios causados...¡manda coj...!

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  6. Esto hay que sacarlo en los periódicos.

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  7. A ver si tienen ahora cojones de seguir acosando a los trabajadores, debemos de tomar ejemplo del compañero de Granada y denunciar estos atropellos. Aplaudo la sentencia y a ver si el recurso viene también condenando al perlitas de RRHH que no quiere enterarse que en un organismo público se actúa conforme a la ley y no con tus métodos de la época del NODO.

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  8. El juicio del dia 12 también lo va a ganar, al juez le faltó sólo reirse de las barbaridades que decia la abogada del Estado.

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    1. No echemos campanas al vuelo.....hay quien es experto en dar la vuelta a la tortilla...

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  9. A este perlitas como muy acertadamente lo califican deberían apartarle de la jefatura de recursos humanos, aunque la juez lo absuelve se sabe perfectamente que ha sido el culpable directo y primero de la situación vivida por el compañero de Granada. La CHG debiera de abrir expediente a este individuo, ha actuado con su propia ley, ahora que pague. No obstante quizás, lo más probable es que el TSJA lo ponga en su sitio, está más que probada su culpabilidad. Y la segunda sentencia que está a punto de aterrizar también creo que será ganada por el compañero, según los comentarios que se oyen por los pasillos el juez lo tiene muy clarito.

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  10. Veo al final de los antecedentes de derecho que dice la juez que no condena a JACC porque carece de legitimación pasiva y no ha sido él el que ha adoptado la medida declarada injustificada. Pues bien, en la sentencia queda plenamente probado que se ha seguido un procedimiento con el trabajador totalmente ilegal cometido por alguien, ese alguien se llama Jefe de RRHH a todas luces y la juez le ha echado un capotazo. la sentencia tiene como probados unos hechos que considero tienen buena tinta para que la sala de lo Social del TSJA de Granada estime el recurso del trabajador. Creo recordar que el abogado del conductor protestó por escrito de la decisión de la juez de no incluir como prueba la grabación telefónica de la llamada que recibió el conductor por parte de ese de RRHH que se valió de su superioridad para apartarlo de sus funciones por sus coj...es, pues a ver si ahora el TSJA la incluye, a pesar de ello existe como probados otros hechos que dejan claro la autoría del mendas lerendas de que ha siso él el culpable de esta situación y como bien se dice en comentarios anteriores yo también opino que presuntamente ha cometido prevaricación al hacer algo a sabiendas de su ilegalidad y debería de ser apartado de sus funciones como jefe de RRHH de inmediato.
    La actuación del compañero ha sido de VALIENTE y espero que el resto de empleados de esta CHG tomemos nota y no nos dejemos maltratar ni una sola vez más por este individuo.

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  11. Con todo el deseo de que el Recurso al TSJA mejore la Sentencia conocida y se restablezca el Derecho del compañero en su totalidad, quedarían aún algunas cuestiones pendientes:
    1- ¿Cómo se inició el camino que nos ha traído hasta aquí?
    2- ¿Cómo asumen sus responsabilidades quienes nos han traído?
    3- ¿Cuál es el papel de la "autoridad" en las relaciones laborales y cuál ha sido el del Servicio de Prevención en todo este desaguisado?
    4- ¿Veremos los trabajadores a nuestros Delegados de Prevención por nuestros centros de trabajo o tendremos que suponer eso de que nos las ventilemos como podamos?
    No se trata de buscar culpables para el cadalso, pero en el exquisito curso de PRL que recibí de CCOO nos enseñaban que si no se investigan las causas, se repetirán los errores y los daños.

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    1. 1. El camino se inició porque las jefaturas de recursos humanos y las secretarías generales no consultan a quien corresponde antes de actuar, lo que les lleva a realizar los asuntos con malas practicas.
      2. Don y doñas erre que erre pese a esas malas practicas no asumen ninguna responsabilidad ni hay quien se las haga asumir. Los sindicolistos aquí tienen mucha culpa, sin enviar a nadie al cadalso.
      3. El papel de estos agentes es preservar la seguridad y salud del trabajador eso incluye los riesgos psicosociales que muchas de las veces son causados por esa "autoridad".
      4. Como no les pongamos las pilas seguiran con su dejadez habitual pero eso si con sus correspondientes creditos horarios.

      El problema reside en la ITySS que no mete mano como debiera a los asuntos de PRL en las AAPP.

      Estas son mis apreciaciones a tus preguntas.
      Salu2

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  12. A ver si es verdad, ya era hora

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  13. Aunque no tenga relación con la entrada os recuerdo que este lunes 18 y hasta el jueves 21 se sentarán en el banquillo de los acusados el expresidente y excomisario por presunto delitos ambiental prevaricación donde le piden 6 años de prisión y 17 de inhabilitacion a cada uno. Lo que han hecho a nuestro compañero de Granada no tiene nombre, bueno si SINVERGÜENZAS.

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  14. Tengo una duda: mientras el compañero maltratado debe buscarse su abogado y pagárselo, los responsables acuden con el abogado del Estado?. Mientras sea así, y si encima les absuelven, no les costará trabajo ni muchos dolores de cabeza pasar por encima de la ley.

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    1. Eso es lo que hay. Esto pasa porque sigue la misma Secretaria general que es la colega del acosador. Creía yo que el actual presidente iba a ponerlo en su sitio pero de momento me he equivocado.

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    2. Las autoridades, funcionarios y empleados del Estado, sus organismos y entidades públicas, a que se refiere el artículo 1 de la Ley de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, y órganos constitucionales podrán ser representados y defendidos por el Abogado del Estado ante cualquier orden jurisdiccional en los supuestos en que se dirija contra ellos alguna acción como consecuencia del legítimo desempeño de sus funciones o cargos, o cuando hubieran cumplido orden de autoridad competente.

      Real Decreto 997/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado.

      Otra cosa es que siga siendo secretaria general quien permite abusos y mas abusos...

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    3. Te voy a rectificar, como bien dices « como consecuencia del legítimo desempeño de sus funciones..... ahi está el tema, en que el acto cometido por el jefe de RRHH ha sido ILEGITIMO a todas luces , un acto realizado saltandose la ley y como consecuencia debiera haber ido con abogado particular, en este caso ésta claro que de abogado del Estado ....nanai de la china. Ya andan los periodistas haciendo llamadas para sacar esto a la luz.

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    4. Efectivamente, llevas razón.

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    5. Entiendo que lo del interés legitimo o ilegitimo lo determina un juez, más si el funcionario en cuestión sea el que sea, se llame como se llame, a actuado siguiendo ordenes del superior competente...eso es lo que se dijo en el juicio y por eso quedo absuelto....de momento....

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  15. En la última noticia colgada sobre el Juicio de lis vertidos de Albolote dice el excomisario que él no tenía competencia directa sobre los vertidos.... bueno esto es para hartarse de reír, si uno mira la ley de aguas lo pone claro. Competente si que era y es para otros asuntos que pudieran venir de camino. Lo que dice el expresidente es también pa montarse, en fin.....ya veremos

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    1. No te quepa la menor duda que salen absueltos, quizás debieran estar sentados por otros asuntos seguramente más graves y que nos pudieramos llevar una sorpresa cualquier día de estos al levantarnos y encontrarnos con una noticia de esas que ya en su día adelantaron los del confidencial, las cosas de palacio van despacio.

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  16. Sigo con lo de legítimo-ilegítimo desempeño. Todos podemos cometer algún error o interpretar las leyes de manera equivocada. El tema es que algunos lo hacen totalmente "a sabiendas", lo que podría ser un caso de prevaricación y por ello, además del juicio por lo social o contencioso, entraríamos en lo penal, sin contar ademas con el acoso laboral. Y hay muchos casos de saltarse la ley a la torera, como nadie reclama o denuncia, lo siguen haciendo, y les sale gratis-

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    1. No es cierto, ya se están denunciando casos, que podrían ser más, pues si, pero ya noves como antes, las cosas salen ya a la luz y se llevan al juzgado.

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  17. Segunda sentencia: JAQUE MATE? En breve.

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  18. ¿Alguien podría explicarnos de qué va el segundo juicio?

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  19. ¿Alguien me podría ilustrar sobre el asunto de la segunda sentencia? He oído hablar de ella pero no sé de qué va,

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    1. Al compañero de Granada después de dejarlo sentado sin poder realizar su trabajo no se conformaron con eso sino que como no pudieron convencerle de que quitaran la demanda hasta en dos ocasiones que lo llamaron para reunirse con el, pues se lo tomaron mal y con la mala leche que le caracteriza al que todos conocemos de RRHH le envió un escrito pero firmado por Secretaria general y servicios generales en el cual venía a decir más o menos que lo echaban de la cochera de la CHG de Granada y lo mandaban a un taller donde reparamos los vehículos oficiales que se encuentra bastante lejos de la oficina, todo ello saltándose lo que dice el convenio y la legislación vigente, es decir por la ley de mus cojones. Por ello también denunció por este motivo y tuvo juicio hace unas semanas y está bien esperando sentencia a todas luces condenatoria, en breve se informará. Y lo que viene de camino....

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  20. http://www.elmundo.es/andalucia/2017/09/28/59ccc3e2e2704e9f768b4672.html
    Aquí la fiscalía sí q pide cárcel, ay ay nenes malos.

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