La Intervención califica como
“opinión desfavorable” las cuentas presentadas por la Confederación Hidrográfica
del Guadalquivir en el ejercicio 2014.
Analicemos:
El control interno de la gestión económico financiera del sector público estatal se realizará mediante el ejercicio de la función interventora y del control financiero.
La función interventora tiene por objeto controlar todos los actos de la Administración del Estado y de sus Organismos autónomos que den lugar al reconocimiento de derechos y de obligaciones de contenido económico, así como los ingresos y pagos que de ellos se deriven y la recaudación, inversión o aplicación en general de los caudales públicos, con el fin de asegurar que la administración de la Hacienda Pública se ajusta a las disposiciones aplicables en cada caso.
La Intervención General de la Administración del Estado podrá interponer los recursos y reclamaciones que autoricen las disposiciones vigentes. Asimismo, podrá instar la declaración de lesividad y la revisión de oficio de aquellos actos que considere perjudiciales para los intereses económicos de la Hacienda Pública.
La noticia publicada hace unos
momentos en El Confidencial sobre el informe de auditoria de la Intervención
Delegada sobre las cuentas de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir
durante el ejercicio 2014, nos expone que el mandato de Manuel Romero Ortiz
al frente de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir continúa lleno de
sobresaltos. La auditoría de la Intervención General del Estado ha desvelado más
irregularidades en la etapa de Romero, imputado por supuestos delitos de
prevaricación omisiva, contra la ordenación del territorio y contra el
medio ambiente en el caso de los vertidos ilegales de aguas fecales procedentes
de la depuradora de la Prisión de Albolote (Granada).
La auditoría expresa de este modo
su desacuerdo con los estados financieros y expresa de modo literal que no
presentan “adecuadamente la realidad económico-financiera del organismo
público”. “No presentan la imagen fiel del patrimonio, de la situación
financiera, del resultado de las operaciones o de los cambios en la situación
financiera de la entidad auditada, de conformidad con los principios y normas
generalmente aceptados”.
Asimismo, El Confidencial informa
sobre la “Renuncia “no legal” del Comisario de Aguas”, sus motivos, repercusiones y consecuencias.
Noticia integra:
Noticia integra:
El informe realizado da como resultado OPINIÓN DESFAVORABLE, significando que los
resultados de las cuentas no expresan la imagen fiel del patrimonio y de la
situación financiera de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir en el
ejercicio de 2014.
La opinión favorable, limpia o sin salvedades
significa que el auditor está de acuerdo, sin reservas, sobre la presentación y
contenido de los estados financieros, que no es el caso.
En este caso la OPINIÓN DESFAVORABLE u opinión
adversa o negativa significa que el auditor está en desacuerdo con los estados
financieros de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y afirma que éstos no presentan adecuadamente la realidad
económico-financiera del Organismo Público
auditado y ello supone manifestarse en el sentido de que las cuentas
anuales tomadas en su conjunto no presentan la imagen fiel del patrimonio, de
la situación financiera, del resultado de las operaciones o de los cambios en
la situación financiera de la entidad auditada, de conformidad con los
principios y normas generalmente aceptados.
Para que un auditor llegue a expresar una opinión
como la indicada, es porque ha identificado errores, incumplimiento de
principios y normas contables generalmente aceptados, incluyendo defectos de
presentación de la información, que, a su juicio, afectan a las cuentas anuales
en una cuantía o concepto muy significativo o en un número elevado de capítulos
que hacen que concluya de forma desfavorable.
En un sistema democrático
de gobierno, la rendición de cuentas al público y, en particular, a sus
representantes elegidos, es un aspecto primordial de la gestión de una entidad
del sector público. La auditoría financiera realizada con criterios de
eficacia, eficiencia y economía, trata de verificar, si a juicio del auditor,
los estados contables del organismo auditado se presentan adecuadamente según
los principios de contabilidad que le son aplicables y la auditoría de
cumplimiento de legalidad trata de verificar si el organismo auditado cumple
con la legalidad vigente en la gestión de los recursos públicos.
Es evidente que en este Organismo las cuentas no cuadran.