Se nos ha pedido insistentemente,
aunque se piense lo contrario, que hagamos una entrada sobre el llamado CPI
(Complemento Personal de Integración) que la legislación vigente permite y que
según que casos, y que cosas, arbitrariamente se aplica, como ha ocurrido con la reversión de los empleados públicos del Guadalquivir al Estado. ¡Anda que no ha llovido...! -observese la ironía-.
Pese a nuestra falta de datos
fehacientes y dando respuesta a los comentarios –repetimos que no datos
fehacientes- que aportáis en la entrada anterior y desconociendo si el Gabinete Jurídico contratado y que debe finalizar el contrato firmado por las partes ha
suministrado o está suministrando información al respecto a aquellos que se
prestaron como voz en este litigio (o a la inversa), realizamos este post
“reivindicativo” sobre la situación, entendiendo, evidentemente, que si
actualmente no existe interés colectivo si que se puede individualmente
demandar por
inobservancia, negligencia, impericia...o por
incumplimiento de contrato, a las partes que se crean correspondientes.
Decía Aristóteles (año 384 a.C,
filosofo, teólogo, científico y humanista) en
“La gran moral · libro primero, capítulo XXXI: De la justicia”:
En todos los actos de justicia, comprendidos tal como la
ley los comprende, el individuo que los realiza puede ser justo exclusivamente
para sí mismo y frente a frente de sí mismo, puesto que el prudente, el
valiente, el templado sólo tienen estas virtudes para sí, y no salen de sí
mismos. Pero lo justo que se refiere a otro, es muy diferente de lo justo tal
como resulta de la ley, porque no es posible que el justo, que lo es
relativamente a los demás, sea justo para sí sólo. He aquí precisamente lo
justo y la justicia que queremos conocer y que se aplican a los actos que
acabamos de indicar. Lo justo que lo es relativamente a los demás, es, para
decirlo en una sola palabra, la equidad, la igualdad; y lo injusto es la
desigualdad. Cuando uno se atribuye a sí mismo una parte de bien más grande o
una parte menos grande de mal, hay iniquidad, hay desigualdad; y entonces creen
los demás, que aquel ha cometido y que ellos, han sufrido una injusticia. Si la
injusticia consiste en la desigualdad, es una consecuencia necesaria que la
justicia y lo justo consistan en la igualdad perfecta.... De aquí se deduce,
que la justicia y lo justo son relativos a ciertos seres y a ciertas cosas.
Además, siendo lo justo lo igual, lo igual proporcional o la igualdad
proporcional será también lo justo.
Actualmente ante cualquier sentencia los jurisconsultos suelen decir: “Es injusto, pero es
legal”. Sin embargo nada se dice sobre aquello de la ley
injusta y su eficacia jurídica en el sentido de su aplicación.
Es evidente que los Tribunales
están para aplicar la Ley. Obviamente si la Ley es injusta el
responsable es el legislador. Pero resulta que la ley (y el legislador) permite
a los jueces la interpretación de ésta según su apreciación, con la
discrecionalidad que crean oportuna.
El acto o proceder contrario a la
justicia, la razón y las leyes, dictado por la voluntad o el capricho se conoce
como arbitrariedad. Si esa voluntad o ese capricho son la voluntad o el
capricho de un juez se ve... lo que se ve.
Leyes injustas y sentencias
arbitrarias, están a la orden del día. Las justificaciones y los razonamientos
jurídicos son muchos y muy variados (Sala A "sentencia favorable", Sala B -mismo litigio- "sentencia desfavorable"), pero si a esas justificaciones y
razonamientos les añadimos el condimento político y/o sindical, los resultados
son una verdadera catástrofe. Y los hay...
Sin “tapujos”:
Durante el mes de marzo del año
2014, empleados públicos de la Administración General del Estado, adscritos a
aquella parte de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir que nunca fue
transferida a la Comunidad Autónoma de Andalucía, procedieron a reclamar
ante la propia Confederación (y entendemos que posteriormente ante los
Tribunales) aquellas cantidades que no les fueron satisfechas por no haber sido
nunca transferidos.
Las reclamaciones de cantidad
realizadas por los no transferidos se basaban principalmente en una
discriminación retributiva y en una igualdad a la que no tuvieron “derecho” los
empleados públicos que si fueron transferidos (discriminados, sin igualdad) y revertidos de
nuevo al Estado por Sentencias de los Altos Tribunales (discriminados, sin igualdad).
El Guadalquivir fue revertido al
Estado el 22 de octubre de 2011 por Real Decreto, pero no es hasta el 1 de
enero de 2013 cuando el legislador toma la decisión de inscribir a los
empleados públicos devueltos al Estado en el Registro de Personal. Durante ese
periodo "en la nube" las retribuciones percibidas por los si transferidos fueron las
correspondientes (entre comillas) a las que se debían recibir en la
Administración Pública anterior, en tanto en cuanto se decidía si se aplicaba o
no el reconocimiento del CPI (complemento personal de integración), de carácter
transitorio, que, como ya hemos mencionado, la Ley (el legislador) establece para este
tipo de casos y que por motivos disfrazados no fue aplicado para los empleados públicos transferidos-revertidos, Junta de Andalucía-Administración General del Estado- Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.
Añadido el condimento político y
sindical (o viceversa o ambos a la vez) os remitimos a nuestro post del 9 de noviembre de 2014: EL
CPI. LO QUE EL OJO DE LA "JUSTICIA" NO VE.
Igualmente os remitimos a un post
que por circunstancias no fue publicado y que puede leerse aquí.
El
oficio del Jurista consiste en determinar y decidir el derecho en lo justo o lo
injusto. El derecho se puede resumir entonces, como la ciencia de lo justo y lo injusto. De ser ciertos los comentarios al respecto de la reclamación de cantidad de los empleados públicos NO transferidos y que jamás estuvieron "en la nube": Se trataría de un despropósito, por muy legal que el Tribunal en cuestión sentencie que lo sea.
Lo anterior nos puede dar a entender que la extensión de efectos de esa sentencia de reclamación de cantidad favorable para los NUNCA transferidos puede dar lugar a que cualquier empleado público de la Administración General del Estado, que perteneciese durante el periodo demandado a cualquier Departamento Ministerial u Organismo Público, reclame la misma cantidad por los mismos fundamentos de derecho que los NO transferidos del Guadalquivir. El proceso puede ser interminable.
Los despropósitos y las
arbitrariedades que vengan de los encargados de impartir justicia causan eso
que se ha dado en llamar alarma social, aunque la alarma social dure poco
porque los tribunales –en según qué casos- abandonan su indolencia y lentitud
habitual y se apresuran a ejecutar sentencias legales, pero de muy dudosa
justicia.
Gracias por escuchar lo que las opiniones pedían y gracias por poner sobre la mesa lo que muchos piensan y nadie dice.
ResponderEliminarSe os olvida que desde 2013 se han estado repartiendo a discreción y sin la debida igualdad de participación entre todos los funcionarios, muchas comisiones de servicio que como todos sabemos son garantía de obtener el puesto de trabajo, hecho injusto desde siempre pero aceptado como otras tantas irregularidades por todos. Unido al reparto de complementos entre la diversas plazas del personal laboral.
Me consta que esa subida más la productividad (más opaco que nunca), y demás prebendas al personal laboral, ha igualado o incluso superado con creces el sueldo que se percibía en la Junta, mientras otros siguen cobrando 40 euros más que en 2008.
Explico esto porque ha sido la gota que colma el vaso para desintegrar la poca unión y esperanza que había entre los pocos que quedaban con ganas de luchar, seguramente en la prevención de riesgos laborales se pueda definir de alguna forma.
Leyendo la nota que nunca se publicó y que era algo conocido pero no constatado nunca, sí se señala expresamente al irresponsable de Personal como uno de los culpables de que ahora no se esté percibiendo lo que muchos creemos que por ley nos pertenecía.
Resumiendo, nada ha cambiado en la CHG a pesar de que hubo esperanza cuando nos revertieron. Sólo importa el dinero, y el que me diga lo contrario, miente como un bellaco.
perdón, cobro menos que en 2008; no se si habrá mas como yo.
EliminarImpresionante entrada, a ver si los que tanto incidían en este asunto se quedan ya tranquilos. Esto es injusto, los d la confe chica han ganado sus demandas, se supone que la abogacía del estado habrá recurrido, ya que si es reclamación de cantidad y supera los 3000 euros cabe recurso. No creo yo que sea firme. En fin , cosas de vida. El que tanto se quejaba de q era injusto que los que estuvieron en la junta cobraran el CPI, lo pide a escondidas..... quizás tuvimos q pedir los transferidos que se nos pagasen todos los privilegios que tuvieron lis no transferidos ( dietas a destajo, ayudas sociales sin pudor...... Enorme entrada plataforma, gracias por existir.
ResponderEliminarTú estabas tranquilo? Yo no, ni lo estaré porque se cometió una injusticia con todos, pero se ve que tú eres del bando de los privilegiados.
EliminarEsto no es cuestión de que la Plataforma abra un tema y ya está, la vida de las personas, su bienestar y su seguridad económica dependía en parte de ese dinero, que a lo largo del resto de vida laboral suponían muchas decenas de miles de euros que ya no vamos a cobrar nunca. No, nos quedamos tranquilos, por desgracia.
Pero quién ha visto esa sentencia de los no transferidos, yo no me creo que eso sea verdad, es que no tiene ni pies ni cabeza.
ResponderEliminarPuede ser verdad perfectamente, releete lo que se supone has leido para comentar y lo averiguarás.
EliminarNo se porque no publicasteis la entrada de "El colmo...." puede que quizas entonces hubiera reventado todo, en fin como agua pasada no mueve molino se ve quienes han salido beneficiados y quienes perjudicados....lástima que no haya habido cojones.
ResponderEliminarAnónimo 29 de mayo de 2016, 2:17
ResponderEliminarComo decia la Plataforma en la anterior entrada leer es el unico acto soberano que nos queda. Algunos comentarios pedían que se hablase sobre el cpi y sobre la supuesta existencia de una sentencia favorable a los no transferidos que reclaman un dinero que no les pertenece pero que se lo han dado. Yo lo que leo, pues es el unico acto soberano que me queda, es que la plataforma ha informado sobre los datos que conoce y nos expone como deberiamos reclamar y a quien deberiamos demandar y que por la misma regla de tres, si esa sentencia existe, que cualquier empleado publico tiene la misma opción, cobrar lo que se ha pagado desde octubre de 2011 hasta diciembre de 2013. Por la misma regla de tres, puede que ya sea tarde para denunciar como se repartieron tanto el dinero asignado al personal de la Confederacion del Guadalquivir como las comisiones de servicio, adscripciones provisionales, horas extras y productividades. Se encargaron bien de otorgar prebendas porque saben que eso desune y lo consiguieron.
Esa tranquilidad igual que la justicia o la injusticia es proporcional. Mirar atrás sin hacer nada con lo que tenemos delante es no avanzar.
Estuvimos en la nube, nunca mejor dicho y seguimos estando en la nube y en las nubes.
ResponderEliminarMe viene a la mente una frasecita de un iluminado-prebendado diciendo eso de que no puede haber cafe para todos.
Agradezco a los administradores de este blog su interes en este asunto con los datos que tienen y nos han explicado muy bien en que consiste la justicia.
Si estamos en esta situación es porque nos la hemos buscado esperando una taza individual de cafe y el que este libre de pecado que tire la primera piedra.
Hablaré sólo en primera persona:
Eliminar1- NUNCA HE CREÍDO EN LA TAZA DE CAFÉ INDIVIDUAL
2- Es esa la razón por la que leí las ofertas de los distintos despachos y me pronuncié abiertamente por Kraus
3- El trabajo de contactar, repasar reclamaciones, enviar al despacho documentación...fue bastante grande
4- Se publicaron las sentencias desfavorables de los distintos despachos y sindicatos; finalmente la de Kraus
5- Parece que alguno/s consiguió que Beteta nos reconociera el CPI hasta diciembre de 2012 sin plantear supuestas irregularidades por su cobro desde 2011
6- Me expresé contra la Sentencia desestimatoria recibida por negar la evidencia de nuestra transferencia: las Nóminas y los datos de la propia Vida Laboral (registros oficiales del Estado) dicen: "Junta de Andalucía/Agencia Andaluza del Agua" y "Junta de Andalucía/Consejería de Medio Ambiente" sin que conste corrección alguna sobre esos datos y para ello basta ver nuestra "vida laboral" concreta
7- Consecuencias sobre mi puesto de trabajo: EXCLUIDO en las 4 propuestas de complementos gracias a la enquina de mis "superiores"
8- La credibilidad sobre éste y todo el trabajo realizado por mí como representante laboral: 13 votos en las últimas elecciones; ¡para reírse por no llorar!
9- No me queda otra que seguir esperando noticias de Kraus sobre el recurso al Constitucional que gestione contactando con los ciento y pico compañeros que le confiamos el asunto
10- Quien quiera denunciar contra el despacho está en su derecho y puede hacerlo desde el Colegio Oficial de Abogados de Madrid. Pero, sobre este asunto, yo "pasopalabra" esperando noticias del Despacho
11- NO me arrepiento del trabajo hecho aunque no me satisfaga ni el actual resultado ni la falta de reconocimiento de mis compañeros: me puedo seguir mirando al espejo sin que me entren náuseas!
Un saludo, en especial a quienes mantienen y trabajan este blog
Hola, soy el Anónimo de 29 de mayo de 2016, 10:21
EliminarPuede que no se me entendiese mi comentario sobre la taza individual de café o puede que yo ahora, compañero Badish sea yo el que no te haya entendido a tí. No hay nada más que mirar alrededor para comprobar quienes han dejado de lado un interés colectivo para centrarse en conseguir sus complementos o sus niveles, a través de adscripciones y comisiones, sin importarles nada más que ellos. Y eso antes de que saliese sentencia alguna sobre el cpi. Lo del café para todos fue la respuesta que se obtuvo al solicitar una compensación a nivel general para los transferidos durante las "negociaciones" y la consiguiente decisión de eliminar el cpi.
Un saludo.
Badish, tú que pareces el único que sabe algo sobre lo de Kraus nos podías explicar qué pasa? Yo he intentado ponerme en contacto a través del email que nos dieron y no ha habido manera y no tengo noticias desde hace más de 1 año y nadie sabe nada y lo peor es que lo aceptan.
EliminarAhora le veo sentido al párrafo de la entrada en el que se nos dice que podemos denunciar por incumplimiento de contrato, ¿es que no han presentado nada al Constitucional?
Es desesperante no saber nada y que nadie te dé una explicación convincente.
Gracias.
Lo dije en el entrada anterior y lo digo ahora. Si los no-revertidos no hubiesen puesto todo tipo de impedimentos para la consecución del CPI (supuestamente), que en justicia nos corresponde,a tenor de la presunta sentencia los no-revertidos tendrían el CPI también y para siempre. No obstante, siempre quedará el consuelo de "mal de muchos, consuelo de tontos".
ResponderEliminarMuy buena entrada y gracias por continuar al pie del cañón. Aún quedamos espartanos.
Sería interesante conseguir la sentencia. De lo poco que he podido enterarme, observando mucho, creo que han podido reclamar incluso más de lo que cobraban los revertidos, ya que por ejemplo un nivel 18 nunca tuvo en la junta un complemento superior a 10.000. Si esto fuese así sería de Juzgado de Guardia.
ResponderEliminarEl abogado del estado no se si se personó en el juicio o simplemente lo dejó pasar en función de las "amistades", así que no se si presentará recurso ahora.
Para que nos servira tener la sentencia? Esto es para quemar más a los que hemos sido tratados como un paquete?
ResponderEliminarPues nos puede servir para dar fe del maltrato que estamos teniendo unos cuantos y para que abramos los ojos ya de una vez y veamos quienes somos unos y quienes otros, que ya está bien de tanto buen rollito y en cuanto pueden te dan la puñalada por detrás.
EliminarO crees que no existen presuntos tejemanejes entre Personal y Secretaría con los puestos de trabajo que ni nos enteramos ni nos vamos a enterar nunca por el secretismo que tienen en los distintos centros cuando todo debe ser público?
La sentencia es FIRME. Por qué? Ni puta idea, pero es FIRME.
ResponderEliminarLa plataforma ha realizado una magnifica entrada y como nos dicen con los datos que disponen.
ResponderEliminarDado el panorama actual estoy convencido de que si tuviesen la sentencia que otorga el cpi a los no transferidos nos la habrían mostrado, integra o en parte.
Me hacen gracia los comentarios de alguien o de algunos que dan a entender que conocen la sentencia, su contenido y hasta su firmeza pero son incapaces de mostrarla o enviarla a la plataforma para su publicacion para que cada uno obre en consecuencia, juntos o separados, pues considero es nuestro derecho.
Es más, me atrevo a decir que si los abogados contratados siguen trabajando en nuestro asunto del cpi, deben conocer la sentencia sobre los que no fueron revertidos para tambien ellos (los abogados) puedan actuar con ese dato.
Solo decir que aunque la sentencia sea firme, como nos hace saber otro comentario, se puede interponer recurso de revision ante el Tribunal Supremo por errores de hecho, puesto que se supone que tenemos documentos que evidencian error en la resolución, a saber: ayudas sociales para 700 repartidas para 100, productividades realizadas en el último trimestre de 2008 y no abonadas, subidas de niveles a los no transferidos tras conocerse la reversión al Estado del Guadalquivir, comisiones de servicio y adscripciones provisionales a dedo.....y hasta la sentencia que explica perfectamente porque se nos retira el cpi y porque se nos dio, pero como no conocemos la famosa sentencia, no sabemos que y como recurrir...
¿Para qué seguir dando vueltas?
Se puede ir al juzgado y pedirla , es pública.
ResponderEliminarA qué juzgado, que yo voy. No encuentro nada en ninguna web oficial.
EliminarSi no conocemos si se trata realmente de una sentencia, ni sabemos desde que juzgado ha salido la misma, ni sabemos el número de recurso, lo tenemos chungo.
EliminarAl Anónimo de 30 de mayo de 2016, 19:48
ResponderEliminarA causa de su extensión, aquí está mi respuesta: http://grlabusteam.blogspot.com.es/2016/06/sobre-el-cpi-junio-de-2016.html
En plaza de España nadie ha visto la sentencia, se sabe que ha habido un primer grupo de funcionarios que lo han reclamado y dicen que han ganado, estos son los funcionarios elite de la confe chica (RRHH). Existe otro grupo de funcionarios no de elite, pero si cortesanos, que están en proceso de reclamación, ninguno de ellos han visto la sentencia. y por ultimo, los laborales se están informando para también reclamar. Los tres grupos se ocultan entre ellos información sobre la reclamación, para ver si se joden, para que veáis el ambiente de compañerismo existente entre ellos.
ResponderEliminarYa no se puede reclamar tenian un año, al menos cantidad se puede reclamar un año para atrás, y ya han pasado más. Aquí compañerismo? Y una mierda, y más los d la confe chica, que buen que se han aprovechado cuando estaban solitos.
ResponderEliminarEspecular sin tener una base documental real es el viaje a ninguna parte. Seamos serios ¡hombre!
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