La sabiduría empieza en el momento
en que comprendemos que no importa cuánto creemos saber y conocer,
siempre existirá una cantidad infinita de información que no poseeremos.
Sin embargo estamos rodeados de
personas que dicen saber más de lo que saben en realidad. Lo más inquietante
resulta ser que todos estos “doctores sabelotodo” tienen carta blanca para
imponer sus deseos y esquemas sobre el resto de individuos que son incapaces de
gritar a los cuatro vientos “por Dios, cuando callará este personaje”.
Hay talento en la Administración,
empleados públicos que no cuentan las horas, que nunca agotan los días de
asuntos propios que tienen y que se desesperan ante las interferencias de estos
“doctores sabelotodo” nacidas del sectarismo y de la mediocridad. Empleados
públicos que valen y que no tendrían ningún problema en un régimen funcionarial
no corporativista.
Dicen por ahí que la carrera
administrativa tiene como objetivo proporcionar a la Administración las personas capacitadas para asegurar una gestión eficaz en beneficio público.
Está claro que los “doctores
sabelotodo” se preocuparán mucho que lo anterior no ocurra y que todo lo que
suene a merito, igualdad y capacidad y a esfuerzo y desempeño, que les haga
salir de su superzona de seguridad, que les lleva a ocupar hasta tres puestos de
trabajo (abandonando aquel puesto para el que por ley "deben" desarrollar sus funciones), trastornaría sus intereses por la función pública a la que utilizan
nada más que parapetarse en ella. Por la boca muere el pez.
Estos “doctores sabelotodo” se
consideran infalibles, nunca se equivocan, la experiencia está en ellos y en el
mundo no hay nadie que los supere. Sus superiores depositan gran confianza en
sus actuaciones, lo que alimenta su ego. Humillan, someten y maltratan; al
mismo tiempo aparentan ser gentiles ante quien “deben” serlo.
Privilegios, represiones y
antagonismos, la Administración Pública es un híbrido de personas, personalidades
y personajes.
Los hay que llegan por accidente
al cargo, podría decirse que por cuestiones de oportunidad. La psicología
moderna los cataloga como “iluminados”.
Los “iluminados” llegan a ocupar
un alto -o medio- cargo de manera prematura, gracias a sus buenas relaciones con
funcionarios influyentes ubicados en altas posiciones que les facilitan el
camino hacia la cima.
Dicen los psicólogos que la
característica de estos “iluminados” es la falta de experiencia. Como ha sido
promovido sin mayores dificultades su ego se eleva hasta llenarse de vanidad y soberbia. Aspiran a ser los mejores
manipulando e intrigando. Pocas veces caen aunque resulten afectados y dañados: el interés general, los administrados u otros empleados públicos.
Dicen que estos “iluminados” son mediocres, sin
embargo ahí están. Su eficiencia depende del interés que tengan en asimilar las
responsabilidades del puesto y prepararse consecuentemente, de tal manera que
si no evoluciona positivamente en su desarrollo profesional, pueden dar al
traste con las obligaciones y deberes del cargo.
Todos los servidores públicos se
rigen por unos códigos éticos o de la Función pública hace años. Los códigos
como las leyes, tienen que ser para todos.
La ley persigue el interés
general, establece lo que conviene -lo que se considera bueno- para la
sociedad, sociedad en la que el funcionario técnico o discrecional (político)
tiene una función que cumplir, es parte de ella. Función que tiene que cumplir
con honestidad intelectual, pero también con convencimiento personal de lo que
hace.
No basta con que el funcionario
conozca mecánicamente que existe una Ley de Función Pública que tendrá que
cumplir: nunca basta en Derecho saber que existe una Ley, para que esta se
cumpla.
El problema es que el código de
conducta caiga en la inutilidad, en la normalidad de ser incumplido. El
servidor público puede sentirse presionado, pero ello no le disminuye su
“deber” de cumplirlo.
La existencia de unos deberes
básicos de conducta supone el reverso del derecho de los ciudadanos a una buena Administración.
La salvaguardia de los intereses
generales, el de acatamiento del ordenamiento jurídico, el de actuar con
arreglo a los principios inspiradores del Código de conducta y el deber de
diligencia -esto es, el cuidado en la actuación profesional- son los
ingredientes básicos para el buen funcionamiento del servicio público.
El funcionario público no viene a la Administración a servirse, viene -accede- a servir .
El Código de conducta trata de que su
labor -la del empleado público- se realice con diligencia y sin descuido que derive en el anormal
funcionamiento de los servicios públicos, no se puede desentender de los
trabajos por él realizados, ni de su seguimiento hasta que exceda de sus
competencias estatutarias.
“(…) el Derecho Disciplinario tiene un significado
eminentemente ético, en cuanto su objetivo primordial, más que el
restablecimiento del orden social quebrantado, es la salvaguardia del prestigio
y dignidad corporativa y garantizar la correcta y normal actuación de los
funcionarios en la doble vertiente del eficiente funcionamiento del servicio
que les está encomendado, y de que su actividad como tales se desarrolle,
siempre en el marco que le fija la ley, y por ello en el derecho sancionador
predomina la valoración ética de la conducta subjetiva del funcionario, sobre
los resultados de peligro o lesión de un bien jurídico determinado que con su
actuación haya podido causar (…)”.
En fin, con una trascendencia
práctica indudable, para "doctores sabelotodo" y para "iluminados", el EBEP (Estatuto Básico del Empleado Público) establece la subordinación de la actuación
administrativa disciplinaria a la actuación judicial en un doble sentido: por
una parte, si durante la instrucción del procedimiento administrativo se
advierten indicios fundados de la comisión de un ilícito penal habrá de ser
suspendida la tramitación del expediente, dando conocimiento del mismo al
Ministerio Fiscal para que, en sede judicial, en su caso, sean depuradas las
eventuales responsabilidades penales que se deriven de los hechos, sin
perjuicio de la continuación, si ha lugar a ello, de la instrucción del
expediente disciplinario una vez concluida la causa penal.
“Es preciso tomar conciencia de que
el desequilibrio e imperfección del régimen disciplinario público generan en la
ciudadanía un difuso sentimiento de que, en la Administración, el
incumplimiento de las obligaciones no tiene o puede no tener consecuencias, al
contrario que en la empresa privada, y también de que esa cierta sensación de
impunidad es un factor de desmoralización para los empleados públicos que
cumplen fielmente sus tareas.”
Cualquier parecido con la realidad en la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir es mera coincidencia.
Da gusto leer cada magistral entrada de esta plataforma, cada entrada mejora a la anterior y todas son fundadas con la realidad de este organismo o lo que han dejado de él. Efectivamente hay quienes por ley deberían dedicarse exclusivamente a la Prevención y sin embargo se ocupan de decorar los despachos con muebles, de tratar directamente con pintores, electricistas....irse a Marruecos con una empresa que se ha llevado varios contratos de la CHG y con un guarda declarado culpable hace poco por cohecho... Después tenemos a quien por falta de celo en su trabajo le archivan una causa penal, pero y el expediente que tiene que volverse a reactivar una vez cerrada la vía penal qué dirá? La jueza es clara , no hay suficiente prueba para que siga investigado pero dice que ha tenido falta de celo profesional, motivo de sanción por la administración, que deparará el tiempo por esto y por lo que asoma por la esquina? Enhorabuena plataforma y gracias por deleitarnos con estas genialidades.
ResponderEliminarel expediente disciplinario? eso queda en nada, o no ves que a este lo están mimando, qué le deberán... otra cosa, no me extraña que la jefatura de prevención haya tenido que sacar un pliego externalizando la prevención, ¿dónde andan algunos en horario laboral? Córdoba, Santo Reino. Muy buena exposición de los hechos y de la realidad, felicidades BLOG.
ResponderEliminarAquí en Jaén, sabelotodos e iluminados se unen para configurar a unos mismos personajes y mientras seamos siendo unos borregos pues no hay solución.
ResponderEliminarDiscrepo, sí que hay solución, denúncialo.
EliminarFaltan lo que ponen las gallinas.
Eliminar¿Y del innombrable no decimos nada? Porque ahí si se ve indicio de delito. Se os ve el plumero, queridos compañeros.
ResponderEliminarHay tantos innombrables que no sé a cual de ellos te estas refiriendo. Imagino que cuando dices que "se os ve el plumero" será sobre los comentarios realizados porque en la exposición del blog no veo que se "vea el plumero". Sería interesante que nos aclarases a los lectores esa cuestión, porque con respecto a los expuesto por los administradores del blog observo una coincidencia con otros organismos y administraciones públicas en las que sabelotodos e iluminados los hay por todas partes y resulta además que son "intocables", y aprovechando al compañero que dice que la solución es la denuncia ¿cómo se denuncia a un intocable?¿no es asunto de los representantes de los empleados públicos denunciar estas situaciones en las mesas correspondientes de Función Pública?
EliminarAquí no se le ve el plumero a nadie, somos CLAROS.
EliminarFalta muy grave del régimen disciplinario Funcionario Público.
ResponderEliminarEl abandono del servicio, así como no hacerse cargo voluntariamente de las tareas o funciones que tienen encomendadas.
Eso se tapa, bien por los "compañeros" bien por los "superiores", justificando la ausencia, firmando las dietas...
EliminarEs la primera vez que oigo decir a un juez: “cuya actuación pudo venir motivada por la falta de celo, la premura al tratarse de fechas correspondientes al período navideño y, la confianza depositada en el compañero que le solicitó que extendiese su visto bueno en el informe en cuestión”.
ResponderEliminarPero a este ilustre personaje, con un futuro muy prometedor en la CHG, simplemente se le disculpa por que es Navidad y no hacer su trabajo.
Se ve que los delitos hay que cometerlos en fechas navideñas y ser un inutil confiado, Pais de pandereta.
Quien sabe, puede que el juez no vea causa penal y quiera dejar constancia para que se actue disciplinariamente sobre el investigado precisamente por esos motivos: falta de celo...etc, etc....claro que esto es un suponer.
EliminarFuturo prometedor? Ya veremos... Aquí en Jaén? De vuelta a la junta?
ResponderEliminarHay tantas cosas que nuestros ojos no ven y se hacen, algunos nos enteramos bien por las noticias, si algo es muy gordo, o bien por este blog. Hay quien se toma trabajar en la administración como un pasatiempo por eso del empleo fijo y no quieren darse cuenta del daño que están haciendo al resto.
ResponderEliminarQuién es ese técnico condenado a cárcel por cohecho. Alguien sabe?
ResponderEliminar3 años de cárcel al que estuvo 3 años sin hacer nada en Córdoba, con el conocimiento de todos los que trabajan allí.
ResponderEliminarVERGOGNA
Muy bien por los administradores del blog.
ResponderEliminarEste comentario ha sido eliminado por un administrador del blog.
ResponderEliminarda gusto leer este tipo de exposicion. un abrazo cariñoso
ResponderEliminarTanto agasajo a este blog...raro,raro...¿será por la pérdida de interés general?
ResponderEliminarEso es lo q tu quisieras MIARMA
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