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sábado, 21 de mayo de 2011

CONCURSO DE MERITOS FUNCIONARIOS: EL RECURSO SIGUE SU PROCESO, AUNQUE SE HA DENEGADO LA SUSPENSION DEL CONCURSO.

MEDIDAS CAUTELARES: INSTRUMENTOS DEL INSTRUMENTO.

La eficacia de la actuación administrativa, que la Constitución proclama en su artículo 103.1, impone, entre otras cosas, que los actos de las Administraciones Públicas deban ser inmediatamente ejecutivos. Así lo establece el artículo 94 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC) cuando dice que «los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho administrativo serán inmediatamente ejecutivos» –con las excepciones que dicho precepto establece: artículo 111 (suspensión en vía administrativa). Ello implica que la actuación de la Administración produce sus efectos desde la fecha en que se dictan (art. 57 LRJPAC) y permite que la Administración adopte las medidas necesarias para su efectividad, incluso de forma forzosa (art. 95 LRJPAC).

Las medidas cautelares tienen una naturaleza doblemente instrumental, es decir, de instrumentos del instrumento.

Las medidas cautelares solicitadas en el recurso tienen por objeto asegurar la efectividad de la sentencia (art. 129.1 LJCA), pudiendo acordarse únicamente cuando, previa valoración circunstanciada de todos los intereses en conflicto, la ejecución del acto o la aplicación de la disposición pudieran haber perder su finalidad legítima al recurso (art. 130.1 LJCA). Pese a ello, puede denegarse cuando de la adopción de la medida cautelar pudiera seguirse perturbación grave de los intereses generales o de tercero, que el Juez o Tribunal debe ponderar en forma circunstanciada (art. 130.2 LJCA).

La Resolución de la Consejería de Hacienda y Administración Publica dice textualmente que "de producirse una posterior estimación del Recurso, la Administración Publica dispone de medios adecuados para reconocer a las personas interesadas los derechos que de ello se derivaran, resultando en este momento prevalente el interés público, que afecta a la generalidad de los participantes en el proceso concursal, de continuar con la tramitación del mismo".

Entendemos que no se ha ponderado que la ejecución del acto administrativo objeto de impugnación tiene una incidencia lesiva, no solo sobre los intereses o derechos de los recurrentes, sino de todos los empleados públicos de la Administración andaluza afectados por la reordenación del sector público.

En el supuesto de que la impugnación tenga éxito, el resultado procesal obtenido resultará inútil para reparar de manera satisfactoria la lesión producida (Auto TS de 17 de julio de 2003).

Por tanto, la finalidad legítima del recurso puede perderse cuando, de estimarse la pretensión de los demandantes, las cosas no pudieran ser devueltas al estado en que se hallaban antes de la ejecución.

Desde la Secretaria General para la Administración Pública se transmite “que el que alega debe probar”. Entendemos entonces, que no hemos probado que están pendientes de resolución los procesos judiciales en curso contra los Decretos-Ley 5/2010 y 6 /2010, contra el desarrollo reglamentario de la Ley 1/2011 y contra la propia Ley, que no hemos probado que está pendiente de aprobación la Relación de Puestos de Trabajo y tampoco hemos probado que se desconoce la adscripción final de los puestos a donde se concursa.

El Recurso sigue pendiente de resolucion.

RESOLUCION DE LA CHyAP DENEGANDO SUSPENSION DEL ACTO.

2 comentarios:

  1. Ultimamente veo comentar mucho en estas paginas sobre el personal funcionario y poco o nada del personal laboral, parece como si esta guerra no fuese con ellos. Intuyo unas manos negras preparando el camino para los sindicatos de funcionarios y partido popular.
    El tiempo hablará.

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  2. Plataformaaguapublica24 de mayo de 2011, 9:20

    Compañero anonimo del 23 de mayo a las 17:39.
    Todo lo que aparece en estas paginas es tanto para personal laboral como para personal funcionario de la Administracion de la Junta de Andalucia.
    Porque en esta lucha todos somos uno.
    Gracias por leernos.

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