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sábado, 14 de abril de 2012

DELEGADOS DE PREVENCIÓN. EL COMITÉ DE LA C.H.G. EN CÓRDOBA INFORMA:

Los Delegados de prevención son representantes de los trabajadores que han sido designados  por el resto de representantes para ejercer las funciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales defendiendo por tanto el derecho de los trabajadores a que se les garantice un adecuado nivel de seguridad y salud en el trabajo.

Con fecha 28 de marzo los representantes de los trabajadores del Comité de Empresa de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir en Córdoba han designado a Francisco José Huertos Rodríguez, Eulalio Navarro Núñez y Vicente García Martínez como Delegados de Prevención. Dicha diligencia ha sido comunicada al Empresario y al Técnico de Prevención de la CHG en Córdoba, para que se proceda a convocar a estos en todas las actuaciones preventivas que se realicen en la provincia.

3 comentarios:

  1. Listillos se os ha olvidado registrarlos en EMPLEO, claro que una semana después de presentado el preaviso de elecciones dificilmente os podran registrar.

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  2. y estos cadaveres sindicales no saben nada mas que estar pendientes de los "errores" del comité, anda y poneros a trabajar y envidia teneis de lo que se lo estan currando por nosotros los trabajadores cosa que vosotros no habeis hecho jamás , sólo os habeis puesto de al lado de los junteros, o sea, de los que os dan las subvenciones para malgastarlas, pero se os acaba el chollo, asi que , A CURRAR.

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  3. Inscripción de los Delegados y Delegadas de Prevención u órganos específicos que los sustituyan en el Registro Provincial de Delegados y Delegadas de Prevención, órganos específicos que los sustituyan y Comité de Seguridad y Salud de Andalucía.

    Plazo de presentación: Indefinido
    Organismo

    Consejería de Empleo.
    Colectivo

    -Los Delegados y las Delegadas de Prevención, en los términos establecidos en el artículo 35.2 de la Ley 31/1995,de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

    -Los órganos específicos que, en su caso, sustituyan a los Delegados y las Delegadas de Prevención, creados a través de la negociación colectiva o mediante los acuerdos a que se refiere el artículo 83.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.

    Órgano competente

    Delegaciones Provinciales de la Consejería competente en materia de prevención de riesgos laborales del lugar en que radique el centro de trabajo o, en su caso, el domicilio de la empresa.
    Fecha Vigencia desde 03/06/2010
    Plazo Presentación Indefinido
    Plazo Resolución El plazo máximo para dictar y notificar la inscripción o resolver su denegación es de un mes, contados desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. Transcurrido este plazo sin que se haya notificado resolución expresa, la solicitud de inscripción podrá entenderse estimada.

    Registro de los delegados de prevención y órganos específicos que los sustituyan.
    Plazo de presentación: Hasta 15 días hábiles desde la fecha de designación, creación o modificación a registrar.
    Organismo Consejería de Empleo.

    Mas informacion en :http://www.juntadeandalucia.es/empleo/www/tramites-y-servicios/registros-autorizaciones-y-calificaciones/detalle?id=225

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