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lunes, 11 de noviembre de 2013

LA NEGATIVA DEL EMPLEADO PUBLICO ANTE MEDIDAS VOLUNTARIAS CONVERTIDAS EN "OBLIGATORIAS". LA DESAPARICION DE LA OPCIÓN ANTE MEDIDAS VOLUNTARIAS POR LEY.

Teniendo en cuenta todas las consultas realizadas por los afectados y los comentarios expuestos, consideramos necesario explicar los aspectos sobre la OBLIGACION impuesta frente a prácticas presuntamente eximentes de responsabilidades empresariales, medidas de presión de los trabajadores por otros conflictos laborales, etc. 

Asimismo, se hará referencia sobre si los trabajadores pueden negarse a ser nombrados figuras con responsabilidad preventiva, como integrantes de equipos de emergencia. 

La FINALIDAD: Para no perder "el ejercicio de un derecho legítimo", o a "la opción ante una medida voluntaria". 

Insertamos COMUNICADO DE RECONOCIMIENTO MEDICO OBLIGATORIO:
El escrito que nos han hecho llegar es diferente en cada Zona, pero basicamente contiene las mismas premisas de OBLIGACION y SIN FIRMA DEL FUNCIONARIO JEFE DEL SERVICIO QUE REALIZA LA COMUNICACION.

LA NEGATIVA DEL EMPLEADO PUBLICO ANTE MEDIDAS QUE OBVIAMENTE SON VOLUNTARIAS:
 
Ejemplos: exámenes de salud, reconocimientos médicos, vacunación, programas de promoción de la salud, uso de EPIs no-obligatorios (por ejemplo, protecciones auditivas entre 80 y 85 decibelios), etc. 
Consideración: manifestación de la voluntad del trabajador, ya sea documentalmente o no. Fundamentación: artículo 22 LPRL y otros. 
Consecuencias: no debe tener mayor consecuencia que el ejercicio de una opción. Cuando conste por escrito, será una prueba documental de ello. En realidad, al tratarse de un aspecto voluntario, lo relevante sería probar el ofrecimiento por parte del empresario, y que el mismo ha sido accesible a los empleados.

Como consideración particular, se ha planteado si en el desarrollo de la Vigilancia de la Salud debe recabarse la negativa de los trabajadores por escrito. Incluso algún Inspector de Trabajo y Seguridad Social lo pide respecto de los empleados que no realizaron el examen de salud. No obstante, la exigencia de soporte documental tan solo se encuentra en el Convenio Colectivo del sector de la Construcción (art. 20.3 del V Convenio), y por lo tanto, la exigencia debería centrarse en la prueba del ofrecimiento a todos los trabajadores.   

No basta con informar a los REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES el empresario debe proceder a CONSULTA y estos, informar respecto de la causa de obligatoriedad de verificar el peligro propio o para terceros, que debe predicarse individualizadamente (y basándose en hechos concretos) y no por puesto de trabajo (y basándose en sucesos hipotéticos). La respuesta del empresario debe ser motivada y por escrito. 

Para corroborar esta "opinión", reproducimos un fragmento de la NTP 959: La vigilancia de la salud en la normativa de prevención de riesgos laborales:

"Por ello es necesario informar sobre el contenido y el alcance de la vigilancia en relación con los riesgos específicos del puesto de trabajo, especificando a qué tipo de pruebas se va a someter y para qué; recabar el consentimiento concreto e individual para cada una de las pruebas que conforman la vigilancia de la salud y deben existir datos que permitan afirmar su existencia. No es necesario obligar al trabajador a firmar la negativa a realizar el examen médico ya que puede considerarse una coacción de la libertad y crear suspicacias en cuanto al uso posterior del consentimiento: por ejemplo relevo de responsabilidades por parte del empresario o renuncia a derechos legales por parte del trabajador. Sí es aconsejable pedir la firma o acuse de recibo del ofrecimiento de la vigilancia de la salud."

Por otro lado, si no se considera el apercibimiento de los pluses o complementos por trabajo peligroso, toxico, penoso o insalubre, al no estar previstos de forma expresa en el contrato individual o en el convenio colectivo, es porque los riesgos evaluados no conllevan que determinados "sujetos" realicen trabajos peligrosos, tóxicos, penosos o insalubres.

Con respecto al Artículo 20 Medidas de emergencia de la ley de PRL:

"El empresario, teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores..." para ello lo primero que se debe realizar es EL PLAN DE AUTOPROTECCION/PLAN DE EMERGENCIA de los centros de trabajo. "...Para la aplicación de las medidas adoptadas, el empresario deberá organizar las relaciones que sean necesarias con servicios externos a la empresa, en particular en materia de primeros auxilios, asistencia médica de urgencia, salvamento y lucha contra incendios, de forma que quede garantizada la rapidez y eficacia de las mismas..."

Posteriormente se procederá a designar a los encargados de emergencia y a los equipos de emergencia, previa consulta con los representantes de los trabajadores.  

El módelo habitual de DESIGNACION es el que insertamos, en el que queda reflejado todo lo que lalegislación establece para nombrar trabajadores en medidas de emergencia:

¿Está exento el empresario de responsabilidad por el hecho de contratar un servicio de prevención ajeno, disponer de un servicio de prevención propio mancomunado o concertado o designar un equipo de emergencias?
Dichos hechos no eximen al empresario de las responsabilidades que la ley le atribuye.

Esperamos haber aclarado dudas, y volvemos a incidir en que no todos los elegidos son competentes para desarrollar unas funciones de tanta trascendencia como son las de prevención de riesgos laborales.

46 comentarios:

  1. ¿Y los comites de empresa que dicen sobre esto?¿A tragar?¿A callar?¿son buenas intenciones? ¿Presentaran alguna queja, alguna demanda? ¿Iran conjuntamente ante la Inspeccion de Trabajo?

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    1. ¿Te has tomado la pastilla?
      Tanta alteración puede sentar mal y ya sabes que sobre estos temas de prevención, "más vale prevenir que curar"

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    2. Yo creo que no debe tener tanta trascendencia.
      Dicen que es obligatorio, pues se va.
      Dicen que el análisis de orina y de sangre es en ayunas, pues un rato antes del análisis se come uno un bocata feo de grande y se pone púo y ya saldrán los niveles que tengan que salir.
      Si te preguntan que fumas o bebes se contesta que no, que uno cuando me casé y porque me obligaron y que vas al trabajo en bicicleta y haces más deporte que el Messi..
      Dicen que hay que decir que si te han operado antes, enferemedades anteriores, etc, pues contestas que nunca has pasado ni la más mínima ITV y que estás muy bien,
      Puestos a ser ellos rigurosos, nosotros a cachondeo.
      Al menos, eso voy a hacer yo.

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    3. Anónimo11 de noviembre de 2013 15:47 Tiene trascendencia legal.

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    4. Es evidente que el legislador conocía el refrán “más vale prevenir que curar”, pero este tenía alturas de miras y supo que debía conjugar esto con el derecho a la intimidad y a la protección de unos datos tan sensibles, como son la salud de una persona, debido a las consecuencias jurídicas que pueden conllevar los resultados de tales reconocimientos. Por eso, mediante ley, acotó los supuestos de su obligatoriedad y estableció las garantías necesarias para su realización, en los casos previsto legalmente.
      Es una opinión.

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    5. Anónimo11 de noviembre de 2013 14:41 son preguntas que quedan en el tintero y que este post no ha resuelto, efectivamente mas vale prevenir que curar. Con decir que se acepta el reconocimiento voluntariamente y no por obligacion segun normativa actual es suficiente. Sigo leyendo que existen divisiones y divisores, mientras se creen rivalidades, mientras existan consumidores de excusas, seguirán existiendo los fabricantes de esas excusas.

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  2. A los Administradores del blog:
    Dejar de tomaros tantas molestias en contarnos cosas y aclararnos dudas, la gente se toma pitorreo todo. Les da igual que mencioneis nuestros derechos, nuestros deberes, que hableis de etica, de transparencia, de puestos a dedo, de la ineptitud y de la ignorancia. Lamento que temas tan importantes que puede traer consecuencias sean tomados a canchondeo.
    Un saludo, y no digo que sigais con vuestra labor porque ya se ve para que sirve.

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  3. Los que callan debiendo hablar consienten estas cosas. Injusticias de esta confederacion que incumple instrucciones de obligado cumplimiento dadas por el ministerio y nos obliga a cumplir sus instrucciones sacadas de la manga.

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  4. ¿Esta decision ha sido democratica o dictatorial?
    No. No avanzamos en absoluto. Estamos estancados y lo que es peor, no sabemos hasta cuando y ello produce un vacío que dispersa a quienes debieran estar juntos.

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  5. No basta con decir que se acepta voluntariamente. No basta porque se sigue el juego de la imposición injustificada por cojones. Esos cojones son los que sobran encima de la mesa son los que venimos sufriendo desde la reversión. Si tanta preocupación tienen por nuestro medio laboral, ¿dónde están las consultas y la información, dónde el respeto a la voluntad de los trabajadores y a la autonomía de los Comités para nombrar a los Delegados de Prevención? Que yo sepa ni los DP de USO en Córdoba ni los de USTEA en Granada han sido siquiera reconocidos; que yo sepa el Comité de Seguridad y Salud ni se constituyó conforme a la Ley el 6 de noviembre de 2012 ni se ha vuelto a reunir desde entonces; ¿dónde están las actas, porque en los Comités ni en los Centros de trabajo están? Se olvidan algunas personas que la Prevención desde 1995 (y antes) es cuestión de la empresa y de los trabajadores a través de sus legítimos representantes sin excluir a los trabajadores cuando corresponda.
    Pues este es el último correo recibido esta misma tarde:

    Asunto Secretaria General notifica: Reconocimiento médico
    Remitente Notificaciones CHG Add contact
    Destinatario l_chg_fl Add contact
    Fecha Hoy 18:36
    Le informamos que, teniendo como objetivo prioritario la mas alta cota posible en la seguridad y salud de nuestros empleados públicos, se establece la obligatoriedad de la realización del reconocimiento medico de todo el personal adscrito a la Confederación. Solamente se excluyen y son voluntarios, los puestos de trabajo administrativo (exclusivamente en oficina) a los que el Servicio de Prevención solicitó su consentimiento por escrito. Todo ello se ha determinado previa consulta a los Delegados de Prevención y teniendo en cuenta lo siguiente:
    · La legislación aplicable (Art. 22 de la Ley 31/1995 de PRL y sus reglamentos de desarrollo).
    · Los riesgos a los que están expuestos nuestros trabajadores.
    · Protocolos médicos específicos.

    Agradecemos tu colaboración.

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    1. Para tu conocimiento Badish 19 protocolos especificos que no son de obligado cumplimiento se pueden mirar en el ministerio de sanidad. Excusas de la Administracion CHG que no se pueden consentir. Ya no es el obligar o no obligar, es que la ley no permite lo que han hecho, en vuestras manos esta el poner remedio. Contestacion, correo absurdo sin base juridica alguna sin fundamentacion legal.
      Esto es lo que tenemos, los delegados de prevencion no tienen ni idea de la normativa de prevencion y no estan legitimados para tomar decision alguna sin consultar a los representantes de los trabajadores a traves de los que fueron ¿designados? Es vergonzoso que no sepan leer ni se mire la urispridencia al respecto. El comite de SyS no tiene legitimacion y los delegados de prevencion son unas marionetas en manos de la SG de la CHG. Es vergonzoso el desconocimiento de la normativa por pare de todos los que conforman el Servicio y el Comite de SyS.
      Ningun protocolo obliga a la vigilancia de la salud. Si obligan determinados riesgos, riesgos que no han sido contemplados en la evaluaciones de riesgos laborales. Lo dicho VERGONZOSO Y VERGONZOSA CONTESTACION DE LA ADMINISTRACION CHG.

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  6. Que hablen los delegados de prevención, si estan en el ajo que sepan que con la primera denuncia se empieza a tirar del hilo.
    Los informes medicos de una persona son delicados para que cualquiera se crea con derecho a exigirlos.
    Los delegados que han tragado que den la cara.

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    1. Ni dan la cara, ni la daran. Son unas marionetas en manos de su Secretaria General. ¿Habra que acudir a Estrasburgo para que se respeten los derechos fundamentales?
      Philadelphia (1993) Jonathan Demme, protagonizada por Tom Hanks y Denzel Washington. El tema: los derechos humanos. La opcion de decidir .Después de una larga batalla legal, la honradez desenmascara la corrupción y la discriminación. Aqui en la CHG, no se desnmascara a nadie.
      Vaya panda de cinicos.

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  7. No viene al caso pero creo que nos interesa a todos,

    Primera sentencia que obliga a devolver íntegra la paga extra de 2012 a un funcionario

    Primera sentencia que obliga a devolver íntegra la paga extra de 2012 a un funcionario,Servicio Público.

    http://www.expansion.com/2013/11/11/funcion-publica/1384186466.html

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  8. El caso no tiene nada que ver con el nuestro, para nosotros, la administración no llegó tarde. Si es cierto que nos corresponde la parte proporcional a los meses transcurridos hasta la orden de retirada, los cuales hay que reclamar individualmente.

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    1. Se dará el caso que a unos empleados públicos le devolveran la paga integra y al resto no.
      De juzgao de guardia vamos.

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  9. YO creo en el sindicalismo, creo en su necesidad a pesar de nuestras deficiencias. Desde aquí invito públicamente a los sindicalistas que fueron convocados para la constitución del CSS el 6 de noviembre de 2012 para que expresen claramente la consulta referida: Francisco Romero Cobos, Jesús Muñoz Navarro, Luis Castilla Andreu, Jorge Moral Castro, Angel Molina Prados, Jose Raya López.
    De no encontrar respuesta, seguiré creyendo en el sindicalismo; en quienes no creeré será en quienes pidieron el voto y después se escondieron y se niegan a dimitir y dar paso a otros

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    1. Francisco Romero Cobos12 de noviembre de 2013, 16:32

      La consulta sobre la imposición de los reconocimientos es algo tan falso como un nido de peces.
      De hecho yo rellené el documento de voluntariedad para el reconocimiento.
      El día que vi estA lista arbitraria dije públicamente"YA ME HAN JODIDO OTRA VEZ, OTRO AÑO SIN RECONOCIMIENTO"


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    2. TENIENDO EN CUENTA QUE LOS PECES TAMBIEN HACEN NIDOS....FRANCISCO ROMERO HABEIS FIRMADO UN PROTOCOLO MEDICO SIN SABER NI LO QUE ES, Y POR OTRO LADO NO FORMAS PARTE DEL COMITE DE EMPRESA.
      LOS DELEGADOS DE PREVENCION NO SON LOS SUJETOS UNICOS DE CONSULTA EN ESTE CASO. En ningún caso los Delegados de Prevención pueden ser nombrados por el empresario, ni por la direccion de la empresa, ni ser elegido por los trabajadores un trabajador que no sea previamente representante de los trabajadores.

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  10. El Gobierno devolverá en 2015 la extra que suprimió en 2012 a los funcionarios

    El secretario de Estado de Administraciones Públicas, Antonio Beteta, garantiza el abono de todas las pagas íntegras el próximo año La medida coincidirá con las elecciones generales
    http://www.diariodesevilla.es/article/economia/1636828/gobierno/devolvera/la/extra/suprimio/los/funcionarios.html

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  11. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 10 de Sevilla ha ordenado la devolución integra a un funcionario de Justicia de la paga extra de Navidad retirada por decreto por el Gobierno de 2012, medida que podría extrapolarse a 55.000 empleados del sector en todo el país, 7.000 de ellos en Andalucía.

    "Es la primera vez que a nivel nacional se ordena la devolución íntegra desde que se produjeron los recortes", asegura el sindicato CSIF, defensor del funcionario afectado.

    El juzgado declara "contraria a derecho" la minoración de una cuarta parte de la cuantía anual de sueldo y trienios sufrida "por el actor en sus nóminas de julio a diciembre de 2012" y declara el derecho del actor a "ser resarcido por la administración demandada, abonándole las anteriores minoraciones, más sus intereses legales".

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  12. YO estoy de acuerdo con Badish
    No basta con decir que se acepta voluntariamente. No basta porque se sigue el juego de la imposición injustificada por cojones. Esos cojones son los que sobran encima de la mesa son los que venimos sufriendo desde la reversión.

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  13. Delegados de prevención? NO EXITEN LEGALMENTE y a la inspección de trabajo iremos, YA BASTA DE LA DICTADURA DE ALGUNOS DIRIGENTES DE LA CHG, y si el servicio de prevención dice que es obligatoria que asuma las responsabilidades.

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  14. Aquí tenemos un tío que ultimamente como viene siendo habitual, nos viene dando unos sermones con retórica incluida que son de lo mas pedantes.
    Estamos hartos de tanto cantamañana y campanero, y esperando estamos para que alguien nos informe de como están los contenciossos judiciales con respecto al CPI.
    De los de Sevilla sabemos de lejano que la demanda ha sido admitida a trámite pero nada mas .
    Los que eligieron la UGT ya tienen vista de señalamiento para marzo del año que viene.
    Los de CCOO, ahí andan pero sin avanzar mucho por la escasa entidad de su servicio jurídico.
    USO y CSIF están al margen por ser un tema ajeno a sus intereses.
    Pero de los de Jaén, con el gabinete de Kraus que tanto promocionó esta plataforma no sabemos nada.
    Ya es hora que nos dediquemos a informar a los compañeros de cosas importantes y dejarnos de tanto mojarreo y mala follá con los de correo que están en personal, que bastante tienen ya con aguantar al Virrey y la princesa de la CHG.

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    1. El plural "Estamos hartos" que utilizas es inadecuado porque o se refiere a un colectivo no identificado o se arroga una relevancia difícil de acreditar desde el anonimato y la arrogancia pretendiendo ningunear el asunto de la entrada del blog. Si no te interesa, basta con que no participes; si te interesa abrir una entrada supongo que también basta con proponerla.

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  15. Anónimo12 de noviembre de 2013 17:33 No se si te refieres al post EXPLICATIVO Y ACLARATORIO DE LA CUESTION, O A LOS QUE CON SU BUENA INTENCION Y SU INTERES LEGITIMO DEFIENDEN UNA U OTRA OPCION.

    La pena es que no te tenga delante para cara a cara explicarte que la cuestion expuesta es de suma importancia. UNA COSA SON LAS VIAS JUDICIALES EMPRENDIDAS PARA EL RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LOS eepp REVERTIDOS y otra son las cuestiones que se tratan en este blog sobre informaciones que llegan y que por ejemplo el Anónimo 12 de noviembre de 2013 17:52 te deja muy clarito.

    CUATRO COSAS:
    La CHG esta ninguneando a los COMITES DE EMPRESA
    Estatuto de los trabajadores: Artículo 64 Derechos de información y consulta y competencias
    1. El comité de empresa tendrá derecho a ser informado y consultado por el empresario sobre aquellas cuestiones que puedan afectar a los trabajadores,
    Se entiende por consulta el intercambio de opiniones y la apertura de un diálogo entre el empresario y el comité de empresa sobre una cuestión determinada, incluyendo, en su caso, la emisión de informe previo por parte del mismo.
    En la definición o aplicación de los procedimientos de información y consulta, el empresario y el comité de empresa actuarán con espíritu de cooperación, en cumplimiento de sus derechos y obligaciones recíprocas, teniendo en cuenta tanto los intereses de la empresa como los de los trabajadores.
    SE HA INCUMPLIDO POR PARTE DE LA CHG LA LABOR DE CONSULTA A LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES EN CUANTO A LA VIGILANCIA DE LA SALUD Y LOS RECONOCIMIENTOS MEDICOS. LOS DELEGADOS DE PREVENCION NO SON LOS SUJETOS UNICOS DE CONSULTA EN ESTE CASO. En ningún caso los Delegados de Prevención pueden ser nombrados por el empresario, ni por la direccion de la empresa, ni ser elegido por los trabajadores un trabajador que no sea previamente representante de los trabajadores.
    Segun la OSHA: La consulta a los trabajadores es un principio consagrado en la legislación sobre salud y seguridad en el trabajo, debido a la importancia que reviste a la hora de evitar riesgos y encontrar soluciones eficaces. La actuación de los representantes de los trabajadores, aliada a la participación directa de los miembros de las plantillas, dentro de un planteamiento complementario, constituye una manera eficaz de recabar puntos de vista y de procurar la participación de los trabajadores en materia de salud y seguridad.
    Los asuntos para los que será obligatoria la consulta a los trabajadores y representantes de los trabajadores, con anticipación y de manera oportuna, son entre otros:la información que la empresa ha de facilitar a los trabajadores respecto a la evaluación de riesgos y a los grupos de trabajadores expuestos a determinados riesgos, incluida la consulta sobre: las medidas de protección que deben adoptarse, incluida la prestación de equipos de protección personal, y la información pormenorizada sobre lesiones de origen profesional.

    Desconociendo o conociendo las evaluaciones de riesgos de los puestos de trabajo, es imprescindible que en la evaluación se indique que método o métodos se han utilizado, y con respecto a qué criterios se han evaluado cada uno de los riesgos. En cualquier caso, especificar los métodos utilizados es de especial interés cuando la evaluación haya requerido de mediciones, análisis o ensayos.
    Y como el POST QUE NO TE INTERESA Y OBVIAS POR ULTIMO TE RECORDARE QUE:LA CAUSA DE OBLIGATORIEDAD DEL ARTICULO 22 DE LA LPRL Y SU REGLAMENTACION DEBE verificar el peligro propio o para terceros, que debe predicarse individualizadamente (y basándose en hechos concretos) y no por puesto de trabajo (y basándose en sucesos hipotéticos) CONSULTADO CON LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES.

    El SPRL y la SG estan aplicando fraudulentamente la normativa de PRL Y PARA ALGUNOS ESTO NO ES TEMA IMPORTANTE.
    ¿Cuantas aplicaciones fraudulentas de normas e instrucciones van ya? harto estoy YO de tanto cantamañana y campanero.

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  16. ¿Y las Juntas de Personal, tienen algo que decir o deben ser consultadas?

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    1. Las juntas de personal ni aparecen, entre otras cosas porque este tema en concreto no afecta a funcionarios, corregidme si me equivoco.

      Sí debían ser consultadas para el reparto de productividad, pero mis cojones en remojo lo han hecho, el que se pase por mi mesa con el boligrafito de marras cuando sean las elecciones se lo traga.

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    2. Te corrijo, el tema afecta a funcionarios.
      ¡Ah, y comparto plenamente lo del boli!

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    3. Nada mas que el boligrafo, en mi mesa no va a quedar nada para tirar, se van a comer hasta el último folio y revista afin a los susodichos, atajo de ineptos, reptiles inmovilistas

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  17. Los Delegados de Prevención SI existen legalmente. De hecho los Comités de Granada y Córdoba eligieron a los suyos y presentaron la documentación en la autoridad laboral correspondiente, que emitió la Resolución favorable con las tarjetas identificativas oportunas.
    Otra cosa es que la Confederación quiera reconocerlos, que NO QUIERE, y en esas estamos intentando salir del ninguneo sistemático para ejercer las funciones y competencias asumidas tras las elecciones.

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  18. Se pondrá en conocimiento de la autoridad competente los hechos ocurridos con los delegados de prevención, o sea, a ver quienes son los que la confe dice que han hablado para lo de las revisiones medicas, porque, con los que tenían que tratar el tema, es decir, los delegados LEGALES no han querido saber nada de ellos, estos dictadores nombran a los delegados que les interesan y ha llegado la hora de tomar medidas en todas las provincias, ya basta de dictadores.

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  19. Y porqué me huele que ningún representante de los trabajadores hará nada?.
    El las proximas votaciones deberiamos esperar a más de uno.

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    1. Por lo mismo que a mí me huele que hablas sin saber y escondido en el anonimato para faltar impunemente

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    2. Yo sólo se trabajar. Los que saben porqué no ilustran a los que no sabemos, entre otras cosas para eso fueron votados, no para tener días libres. Do you understand, though, Mr Badish?

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    3. En ello estan los representantes de los trabajadores, aquellos a los que si les interesa el tema de ser ninguneados por la CHG, porque poco pueden defender al empleado publico si la CHG ni los reconoce ni los convoca.
      En este tema que se esta tratando es fundamental la consulta con los representantes de los trabajadores y no solo con los delegados de prevencion elegidos por la CHG, al resto los obvian y los mismos delegados que han firmado semejante "aberracion" quiza se las tengan que ver en los tribunales.

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    4. Bueno, pues si tu lo dices, 13 de noviembre 21:38, esperaremos a que se nos informe que se está haciendo o que se piensa hacer en cuanto a las coacciones que sin necesidad estamos sufriendo y padeciendo los empleados publicos de a pie, porque esto raya lo absurdo, porque despues de todo es obligacion de los comites de empresa informarnos sobre todo lo que estan haciendo sobre nuestros intereses. esperaremos como siempre.....notas informativas....las de Granada porque el resto parece tocarse un poco los hue....o por lo menos es lo que parece.

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    5. Di que si, a que esto tiene un tufillo raro raro.

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    6. Al menos Badish da la cara e informa ¿Pero aquellos que no saben, no contesta? ¿En manos de qué representantes estamos?

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  20. Entendiendo que los delegados de prevencion que son convocados a las reuniones comite de seguridad y salud no han sido elegidos por y entre los representantes de los trabajadores dentro de los organos colegiados unitarios, comites de empresa, sino por sus sindicatos o por la CHG, ¿exceptuando? Jaen que parece que los cuatro por mayoria se han elegido entre ellos mismos.
    Dejando aparte esto, VEO una falta de huevos por parte de esos señores de exponer delante de los verdaderos responsables (Secretaria General y Servicio de PRL) los problemas laborales y de riesgos laborales existentes.
    Estos señores han demostrado tener un conocimiento nulo de la ley de PRL y lo han demostrado consintiendo la imposicion de una norma que no lo es y es del todo voluntaria y no han sabido dar al asunto la forma legal que tiene.
    Desconozco si se hubiera consultado con los comites de empresa hubiesen tragado de la misma forma....por desconocimiento.
    ¿Qué sacan ellos de esa presión infinitamente despreciable? ¿Sobres de dinero en B? ¿Qué demuestran con ese acto de vileza? ¿Falta de valor? ¿Falta de carácter? ¿Miedo?
    Ademas es duro pensar que responsables de los servicios implicados, esten cobrando más que tú sólo por ser unos incompetentes y, encima, con presiones y coacciones constantes, es lo peor de lo peor. Al final estos responsables se creen tanto sus propias mentiras que convierten lo ilegal en legal, haciendonos perder al resto la cabeza, que a fin de cuentas es lo que buscan.

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  21. He leido en internet:
    Hay actos que son ilegales. Y otros que son antiéticos. Los primeros no se hacen, porque hacerlos transgrede una norma y ello conlleva un castigo. Las razones para no cometer los segundos son menos claras. Que actuar antiéticamente tenga o no consecuencias depende únicamente de la censura y la desaprobación de los demás frente a esos actos.

    Pues en la CHG hay actos que son ilegales y se hacen, aunque hacerlos transgreda una norma porque ello no conlleva castigo alguno.

    El engaño y la mala intención quedan burdamente claros cuando observamos que, “casualmente”, esos errores groseros (de grandemente gruesos) siempre favorecen a quienes nos engañan aunque luego aseveren que no hubo mala fe.

    Mientras tanto nosotros seguimos dando vuelta la página como si mentir no fuera grave, creyendo y votando a gente que nos toma por idiotas y nos miente una y otra vez. La única manera de que volvamos a ser serios es que prime la ética y no dejando más pasar cosas como éstas, actuando éticamente nosotros, censurando a quienes no lo hacen y demandandolos, (si se quiere). Mentirosos y manipuladores. La mentira como herramienta de manipulacion.

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  22. Leyendo un poco el blog he mirado de nuevo en el tablon de avisos lo de la SUBCOMISIÓN DELEGADA DE LA CIVEA EN EL MAGRAMA-31 de octubre de 2013- en la que Informa CSIF.
    Del mismo modo he mirado la nota informativa de UGT que no aparece aqui, y veo en ruegos y preguntas que UGT realiza las siguientes preguntas:
    Reconocimientos médicos en la CHGuadalquivir: Porque se quieren imponer si la norma es clara y son voluntarios para el trabajador y obligatorios para la empresa. Y precisamente el colectivo que tiene un RGC, (supongo que se refiere al reglamento general de conductores) que por ley es OBLIGATORIO no se les impone.
    CSIF no hace pregunta al respecto sobre la imposicion de obligacion del reconocimiento medico, UGT si (aunque el RGC dice otra cosa), pregunto ¿El CSIF estaba de acuerdo con la imposicion?¿Por que no le dio importancia y no pregunto al igual que UGT?

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    1. A lo peor es que no tenía ni puñetera idea, vaya usted a saber.

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    2. Se esta hablando de la reuniones de la CIVEA, entonces ya sabemos que los que acuden dejan mucho que desear sobre sus conocimientos de todoooo

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