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martes, 21 de junio de 2011

SUSPENSION INCORPORACION PERSONAL DE EGMASA EN AMAYA.

Mariano Aguayo Abogados solicitó la suspensión cautelar que ha sido concedida por el Juzgado de Contencioso Administrativo, nº 10 de Sevilla
El Auto recoge gran parte de las reivindicaciones de los miles de empleados públicos de la Junta de Andalucía, que vienen denunciando en la calle el asunto desde hace más de un año.

El ejecutivo andaluz blindaba a la Empresa de Gestión Medioambiental, S.L. (EGMASA) para ejercer competencias y funciones de servicio público que no le corresponden, llegando incluso a subcontratar las competencias y funciones otorgadas y, con total impunidad, se blindaba, asimismo, al personal de EGMASA, reconociéndoles, por Ley, derechos y funciones que son propias de los Empleados Públicos y que solo pueden ser desarrolladas por estos.

Este juez considera que existe una "funcionarizacion" encubierta por lo que acuerda la suspension de la ejecutividad de la incorporacion del personal de EGMASA en la AMAYA.

14 comentarios:

  1. En la práctica qué es lo que pasa? Entiendo que al no existir EGMASA ni la AMAYA, ahora mismo esos trabajadores de esas empresas no tienen funciones ni razón de ser.
    ¿habría que denunciar a los que conocemos desde ya! por realizar funciones que sólo les corresponden a empleados públicos? Ya sé que eso se debió hacer antes, pero creo que ahora es el momento de liarla del todo.

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  2. Con noticias como estas, doy por bien empleado los 20 € que aporté al Gabinete Aguayo (o al que hubiese sido).

    La suspensión cautelar del protocolo de integración de la AMAYA, en El Mundo
    http://empleadospublicosjacordoba.blogspot.com/2011/06/la-suspension-cautelar-del-protocolo-de.htm

    Con la calle, los tribunales y las urnas es posible alcanzar la victoria (todo ello, en un mismo plano).

    Saludos y ánimo. Ya falta menos para la terminación de esta pesadilla.

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  3. El (impecable) auto judicial viene a resumirse en que existen serias posibilidades de que la incorporación del personal de la empresa EGMASA a la administración sea ilegal, y que dicha incorporación no debe realizarse hasta que se resuelva la posible ilegalidad de la misma, pues luego sería difícil deshacer la situación.

    1º Los ex-trabajadores y ex-trabajadoras de EGMASA ya no pertenecen a la Agencia de Medio Ambiente.

    2º Dichas personas no pueden, desde mañana mismo, tocar un solo papel en la administración. Dichas personas tampoco pueden tener habilitados equipos informáticos, puestos de trabajo, vehículos oficiales, etc. El auto advierte que esto es para que no hagan como el resto de externos y denuncien luego que, como venían desempeñando esas funciones, tienen derecho a quedarse en la Agencia "por la cara".

    3º Desde mañana mismo, siempre con varios funcionarios testigos de por medio, si se identifica a alguno de estos trabajadores en esas situaciones es directamente denunciable, y debe informarse de inmediato al jefe de servicio responsable que, de no tomar medidas inmediatas para evitarlo, será también inmediatamente denunciable ANTE ESTE MISMO JUZGADO QUE EMITIÓ EL AUTO, pues estará desobedeciendo el auto judicial Y PONIENDO EN RIESGO NUESTROS SALARIOS PRESENTES Y FUTUROS, SEÑORES. Imprimid el auto, llevarlo siempre encima, e informar a los de EGMASA y a los jefes de servicio con el auto en la mano.

    4º Es VUESTRO DEBER INFORMAR Y DENUNCIAR, estamos en un momento VITAL en la lucha contra el enchufismo, y tenemos que mostrar 1º SERIEDAD 2º FIRMEZA y 3º CONOCIMIENTO JURÍDICO.

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  4. Compañeros se ha suspendido la EJECUTIVIDAD DE LA INCORPORACION DEL PERSONAL DE EGMASA EN LA AMAYA del Protocolo de Integracion (RESOLUCIÓN de 20 de abril de 2011, primera). Es decir, el juez ha ponderado y razonado, el perjuicio que causaría al interés público o a terceros la suspensión y el perjuicio que se causa al recurrente como consecuencia de la eficacia inmediata del acto recurrido, SOLO LA PRIMERA CLAUSULA. Se ha paralizado por tanto esa integracion.
    NO SE HAN PARALIZADO, de momento, LA LEY 1/2011, NI LOS ESTATUTOS DE CREACION DE LA AMAYA,NI EL RESTO DEL PROTOCOLO.

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  5. y ccoo y ugt qué tienen que decir a esto? sería interesante oirlos, que no verlos.

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  6. ESTOY DE ACUERDO CON EL COMPAÑERO DE LAS 18:58, ES EL MOMENTO DE EMPEZAR A DENUNCIAR LOS PUESTOS QUE OCUPAN Y LAS FUNCIONES QUE DESARROLLAN LOS DE EGMASA, Ó COMO SE LLAMEN AHORA

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  7. ¿Por que hoy no han ido los chicos de EGMASA a trabajar a la oficina de la antigua AAA en Jaen?

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  8. 16:34 no han ido porque no son ni de EGMASA ni de la AMAYA, están en el limbo administrativo. Deberían precintar todos los edificios donde estuviesen trabajando porque no pueden acceder a ellos, estarían incumpliendo la ley.

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  9. RECIBO CORREOS, DE LOS SEÑORES DE UGT. COLOCÁNDOSE LA MEDALLLA. ¡SERÁN INÚTILES!

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  10. 09:41 ponlo por aquí por favor, sería la rehostia ver ese papel.

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  11. "Sobre todo recuerda que si UGT Y CCOO no hubieran firmado el acuerdo, tú estarías en la AMAYA DE LOS ....
    Ahora mucho gallito, pero recuerda que desde el 29 de OCTUBRE, los garantes de tu condición de empledo público no han sido ninguno de tus ¿sindicatos? amarillos.
    O COMO ES ESO DE QUE LOS ahora supuestos líderes de "QUEREMOS VOLVER AL ESTADO" han concursado para irse a otra Consejería..........."

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  12. Asunto: El Tribunal Superior de Justicia de Andalucia Deniega la solicitud
    de suspensión del Decreto que aprueba los Estatutos de la Agencia de Medio
    Ambiente y Agua de Andalucia

    EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA DENIEGA LA SOLICITUD DE
    SUSPENSIÓN DEL DECRETO QUE APRUEBA LOS ESTATUTOS DE LA AGENCIA DE MEDIO
    AMBIENTE Y AGUA DE ANDALUCIA.

    El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha notificado a la Junta de
    Andalucía la desestimación de la solicitud de suspensión del Decreto que
    aprueba los Estatutos de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía.
    Da así la razón a la Fiscalía, la Administración de la Junta de Andalucía y
    la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía que se habían opuesto a la
    medida.

    En sus argumentos, el Tribunal invoca la doctrina legal del Tribunal
    Constitucional y del Tribunal Supremo, sobre los requisitos que deben
    concurrir para la adopción de una medida cautelar de suspensión de una norma
    jurídica y estima que no se ha podido probar, ni siquiera de forma
    indiciaria, los daños y perjuicios que alegan los recurrentes y que, a su
    criterio, de no suspenderse el Decreto, se producirían de forma inevitable.

    De esta forma, el Tribunal Superior de Justicia niega que exista una
    apariencia de buen derecho para estimar la medida cautelar solicitada, pues
    no existen daños y perjuicios acreditados y, además, se estaría pretendiendo
    a través de la medida cautelar solicitada, que se entrara a valorar por el
    Tribunal la legalidad o ilegalidad del Decreto, lo que solo procede hacerlo
    en la Sentencia que se dicte sobre el fondo del asunto. Además, niega que
    pueda cautelarmente suspenderse el Decreto, por razón de la nulidad de las
    normas en virtud de las cuales se ha aprobado, ya que dicha nulidad no ha
    sido declarada. Al respecto, el Tribunal niega la vinculación de la
    declaración de nulidad de las competencias de la Comunidad Autónoma de
    Andalucía sobre el Guadalquivir, con la validez del Decreto que aprueba los
    Estatutos de la Agencia de Medio Ambiente y Agua, ya que, como señala la
    propia Ley de Reordenación del Sector Público, plenamente en vigor, y el
    Decreto por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de
    Medio Ambiente, los funcionarios y trabajadores de la extinta Agencia
    Andaluza del Agua se han integrado dicha Consejería y no en la Agencia de
    nueva creación. Por ello, ni existe apariencia de buen derecho, ni peligro
    de que puedan producirse perjuicios irreparables.

    La falta de suspensión por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía del
    Decreto que aprueba los Estatutos de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de
    Andalucía, provoca que dicho Decreto se mantenga en vigor en todas sus
    disposiciones, incluida la integración del personal de EGMASA en la Agencia,
    de acuerdo con lo dispuesto para la sucesión de empresas en el Estatuto de
    los Trabajadores, como así lo establece la disposición adicional segunda del
    citado Decreto. Para ello, el Tribunal ha utilizado argumentos que difieren
    sustancialmente de los estimados en su día por el auto del Juzgado de lo
    Contencioso Administrativo número 10 de Sevilla, que suspendió de forma
    cautelar el protocolo de integración del personal en la Agencia de Medio
    Ambiente y Agua de Andalucía, aprobado por la Secretaría General de
    Administración Pública, en cumplimiento del Decreto cuya vigencia se
    mantiene, y que está siendo objeto de recurso de apelación.

    Y AHORA QUE .......?¿¿

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  13. Compañero anonimo de 29 de junio 9:44. Esto que estas contandonos fue explicado por ESTA PLATAFORMA POR MEDIO DE UN COMENTARIO EL DIA 21 DE JUNIO de una forma un poco mas sencilla ante el revuelo generalizado de ¡Hemos tumbado la AMAYA!.
    Lo que lo que dices en tu comentario, y lo que nosotros contamos en su dia,es exactamente igual.
    A tu pregunta ¿Y ahora que...?, te decimos:
    Dependemos de los recursos presentados y de la decision que sobre ellos tomen los Tribunales.
    Sobre la Ley 1/2011, (que es la que lleva todo el entramado de creacion de la Amaya y su subrogacion a EGMASA) se supone que el Constitucional decidira sobre el recurso presentado por el Partido Popular.
    No ha sido suspendido el Decreto que crea la AMAYA pero el recurso esta interpuesto y el TSJA debe decidir si lo anula.
    Asi estan las cosas y nosotros ¿de vacaciones reivindicativas?
    Salir de nuevo a la calle es fundamental.

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  14. Empresa creadas por la Junta como es Egmasa es normal que llegara ha este fin porque son empresas donde la produccion es minima y los costes de mantenimiento son muy elevados que no se pueden mantener

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