El jueves 18 de julio, el Jefe de Servicio de RRHH de la
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG), convoca telefónicamente a los
sindicatos más representativos a una reunión que se llevará a cabo el 23 de
julio a las 12:00 horas con la Dirección Técnica del Organismo. El orden del
día parece ser: Los Pliegos de Bases de Servicios para el mantenimiento y
conservación, auscultación, inspección y vigilancia (es decir EXPLOTACION) de
las presas de titularidad estatal en la cuenca Hidrográfica del Guadalquivir. En última hora! Pliego de Córdoba.
Se comenta que la reunión fue solicitada a la Secretaría
General por el Delegado Sindical de USO en la CHG.
Parece ser que lo que era una convocatoria de sindicatos
representativos se ha convertido en una convocatoria para los sindicatos
presentes en los Comités de empresa de la cuenca.
Dada la situación y estando sometidos los
Pliegos a la decisión del TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS
CONTRACTUALES (Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público,
aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre TRLCSP):
Por ley los sindicatos no están legitimados para negociar los pliegos y que si los comités de empresa han decidido solicitar la nulidad de los mismos es porque los pliegos son nulos en su totalidad porque contravienen todas las disposiciones legales y vigentes, empezando por su pagina primera y terminando por la ultima, SE DEBERÍA ESPERAR LA DECISIÓN DEL TRIBUNAL y que en caso desfavorable "que Dirección Técnica "por motu proprio” anule dichos Pliegos".
Dejando claro que:
LOS SINDICATOS NO ESTAN LEGITIMADOS PARA DECIDIR LA MODIFICACIÓN DE LOS PLIEGOS.
LOS UNICOS LEGITIMADOS POR LEY SON LOS COMITES DE EMPRESA DE LA CUENCA.
- Eliminar la duplicidad de funciones que se pretende.
- La defensa y situación de los puestos de trabajo de los equipos de explotación actuales, que realizan todas las operaciones de conservación, mantenimiento, vigilancia, inspección y auscultación, y su recalificación.
No tiene sentido que el Presidente de la CHG agradezca en una carta
la buena actuación de los equipos de explotación existentes y por otro duplique
lo que debe ser una única administración.
El problema a solucionar es la recalificación de los
equipos de explotación actuales y no el desprestigio de los mismos contratando
para esos mismos puestos personal externo para duplicar funciones.
Repetimos que, EL CIUDADANO DEBERÍA CONOCER QUE ESTANDO LAS PRESAS CUBIERTAS DE PERSONAL, EMPLEADOS PÚBLICOS ESPECIALIZADOS Y CUALIFICADOS, NO ES NECESARIO EL GASTO (4 MILLONES DE EUROS POR PROVINCIA) Y QUE SI ES NECESARIO PERSONAL DE APOYO, PARA ESO ESTÁN LAS OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO Y LOS CONCURSOS DE TRASLADO.
Repetimos que, EL CIUDADANO DEBERÍA CONOCER QUE ESTANDO LAS PRESAS CUBIERTAS DE PERSONAL, EMPLEADOS PÚBLICOS ESPECIALIZADOS Y CUALIFICADOS, NO ES NECESARIO EL GASTO (4 MILLONES DE EUROS POR PROVINCIA) Y QUE SI ES NECESARIO PERSONAL DE APOYO, PARA ESO ESTÁN LAS OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO Y LOS CONCURSOS DE TRASLADO.
Por otra parte:
El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares de
cualquier Pliego, Proyecto, Obra, es un documento contractual (obliga a ambas
partes: mirar el TRLCSP):
- Despropósito número 2:
PUNTO 6.2 DEL PPTP (DOCUMENTO Nº 2 DEL PLIEGO), EQUIPO TÉCNICO DEL ADJUDICATARIO:
- EQUIPO DEL CENTRO DE COORDINACIÓN: Ingeniero Superior experto en presas: NO FIGURA TITULACION, NI AÑOS DE EXPERIENCIA
- EQUIPO DE COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD: Un Técnico de Grado Medio competente, que actuará como coordinador de seguridad y salud. NO FIGURA TITULACION, NI AÑOS DE EXPERIENCIA.
Decir que el equipo de coordinación de seguridad y salud
no lo puede nombrar el adjudicatario, la ley de prevención de riesgos laborales
exige que el coordinador/es de seguridad y salud sean nombrados por el
promotor, en este caso CHG. Con lo que la metedura de pata es inconcebible.
- Despropósito número 3:
En la pagina 12 de la Memoria del Pliego (por ejemplo Sevilla):
resulta que al adjudicatario y a su equipo de expertos en presas se le da
carácter de autoridad publica y lo curioso, asesorando a la Administración en
competencias propias de la Administración. (Ley 7/2007, de 12 de abril, del
Estatuto Básico del Empleado Público).
Informaremos sobre lo que ocurra en esta reunión, si los asistentes consideran oportuno que los administradores de este blog realicen su labor divulgativa como antaño. Gracias de antemano.
Veremos si nuestros representantes sindicales son capaces de proteger y defender nuestros puestos de trabajo, tanto de laborales, como de funcionarios, que fueron asignados o ganaron sus plazas por oposicion en Direccion Tecnica (explotacion). Veremos si ESOS PLIEGOS SE ROMPEN, porque no espero que se negocien, seria el colmo!!!. Incluyo tambien el Pliego de redacción de informes de seguimiento, cánones de regulación y tarifas de utilización del agua, y análisis del estado de implantación de los estudios de seguridad en las presas en la Cuenca del Guadalquivir.
ResponderEliminarEsperemos que os informen sobre lo que pase y nos lo podais contar.
Gracias Plataforma.
Sacaran sus respectivas notas informativas contando cada uno su version de los hechos y puede que alguno no saque informacion hasta que pasen meses.
ResponderEliminarYo confio plenamente en los comites, no confio en los sindicatos.
https://picasaweb.google.com/108744711583640907026/PLATAFORMAAGUAEMPLEOPUBLICOANDALUCIA#5507222012909866978
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