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jueves, 25 de julio de 2013

MENSAJE A LOS COMPAÑEROS DE LOS CUERPOS TÉCNICOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR SOBRE SU RESPONSABILIDAD COMO FUNCIONARIOS FACULTATIVOS.

Con relación a la entrada publicada el martes, 23 de julio de 2013:

Es difícil encontrar una explicación lógica a esta dualidad de defensa y aclaraciones realizada, en la reunión del 23 de julio del presente, por los funcionarios facultativos cuyos puestos de trabajo se encuentran adscritos a la Dirección Técnica de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG). 

Antes, como ahora, el gran pecado de los responsables de la Administración CHG (y no sólo de ella, sino también de los de la Administración Pública en general) no es que hagan mal las cosas o que no las hagan sino que, comprobemos, antes y ahora, que la irresponsabilidad de los causantes nada importa, puesto que en el peor de los casos quien paga es la Hacienda Pública (todos los españoles), puesto que de sus bolsillos nada sale.

Hace tiempo los administradores de este blog encontramos una Tesis Doctoral escrita en el año 1977 sobre las Confederaciones Hidrográficas. Una frase de la tesis nos indica que las cosas no han cambiado desde entonces en esta Confederación: 

“Como lugar de trabajo las Confederaciones Hidrográficas están dentro de un “oasis administrativo”, donde "oasis" se refiere al paraíso perdido”.

Adaptando lo dicho en las páginas de ese texto doctoral, a fecha de hoy, en la CHG está ausente el principio de productividad y el concepto de administración del Patrimonio de todos los ciudadanos. Predomina por parte de sus gestores la inercia, el inmovilismo y la rutina. Lo tradicional sobre lo conservador, el “carisma” de la Jefatura sobre el aprovechamiento inteligente del pasado, de lo establecido y de lo ordenado. Los responsables gestores de la CHG organizan su propio universo de categorías, principios, valores, normas, costumbres y usos, como si estuviesen "huérfanos de normas", imponiendo ese universo a sus súbditos particulares, ya sean ciudadanos o empleados públicos, colectivos de los que ellos mismos forman parte.

Igualmente, según el Texto Fundacional de las Confederaciones Hidrográficas del año 1926, nos encontramos unos artículos en los que se establece que:

"El Director Técnico debe ser un Ingeniero del Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos perteneciente a la Administración General del Estado, que ostenta la facultad de proponer para los distintos puestos de trabajo a los técnicos y funcionarios facultativos pertenecientes a la Administración General del Estado o a sus Organismos Autónomos, e incluso nombrar y separar a aquellos que no pertenezcan a los escalafones del Estado."

Desde 1926 ha llovido ¿o no?.

En las circunstancias actuales y, ante el dimorfismo de argumentos dados por Dirección Técnica para paliar las consecuencias de la solicitud de nulidad de los Pliegos de Explotación realizada por los comités de empresa de la cuenca, nos sentimos obligados a elevar este mensaje a los Cuerpos Técnicos de la CHG sobre su responsabilidad como funcionarios facultativos y habilitados cuando proceden a firmar un Pliego, un Proyecto, una Certificación...sin la correspondiente verificación o visto bueno.

Una persona responsable toma decisiones conscientemente y acepta las consecuencias de sus actos, dispuesto a rendir cuenta de ellos.

Cuando la persona física es titular de un órgano administrativo (empleado público habilitado, funcionario facultativo...), se encuentra ante una responsabilidad, entre otras, profesional y debe resarcir el daño generado por su mala praxis.

Las buenas intenciones expuestas en la reunión del 23J por Dirección Técnica y sus técnicos, y su responsabilidad, quedan desvirtuadas por el Presidente, la Secretaria General, el Jefe de RRHH y los Jefes de Zona, que contratan personal, ajeno a la Administración, sin los conocimientos, experiencia y facultades necesarias para desarrollar los trabajos encomendados, trabajos propios de los empleados públicos cuya experiencia y cualificación está indiscutiblemente demostrada.

Los buenos propósitos establecidos por Dirección Técnica y sus técnicos no sirven de nada siguiendo las pautas que se siguen antes y ahora con los Pliegos para contrataciones externas. Una avenida incontrolada, una inundación....un muerto, la competencia en el suceso de quienes firman esas contrataciones es incuestionable.

Ahora: CONTRATACIÓN DE PERSONAL EXTERNO: EXPLOTACIÓN PRESA X. Las empresas adjudicatarias de los Pliegos contratan personal no cualificado pues el externo en cuestión viene impuesto por Jefes de Zona y otros. 

Consecuencias: PRESA DE MELONARES: Construcción. Accidente laboral trabajadores contratados por subcontrata del adjudicatario. Un muerto, dos heridos graves y un herido leve. Coordinación de actividades empresariales, dudosa y discutible.

















¡Compañeros técnicos, funcionarios facultativos, defender vuestros derechos!

20 comentarios:

  1. Ni firmes nada que no leas, ni bebas agua que no veas.

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  2. Vaya hombre, yo creí que por fin esto iba en serio. Pero me equivoqué, toda esta farfolla para decir lo de siempre, los buenos son muy buenos y los malos muy malos malisimos.

    Esto es como la política, y el fútbol... hagan lo que hagan simepre serán malos, y los otros, nuestros salvadores.

    Tened fe compañeros, poneros las camisetas, luchemos contra el presidente y la secre (y ahora los jefes de zona, ja, ja), que dejen de fastidiar a los bien intencionados, que con las imposiciones de externos, están haciendo mermar sus suculentas comisiones.

    Yo esto lo veo así: después de 3 años de penurias económicas, todos están desbocados con los contratos negociados, y no negociados. Es una merienda de negros. Si se lo lleva el otro, me quita una parte. Y en medio, todos vosotros. Por supuesto, dirigidos. Quien no.

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    1. Compañero 10:01, esto va en serio. lo ocurrido en la reunión con direccion tecnica no tiene nombre y se explica muy bien lo contado tanto en este blog como en el blog de Badish. No es que hagan lo que hagan siempre seran malos, no entiendes en absoluto lo que se dice en este post. No ha existido una gestion peor en esta confederacion que en esta ultima etapa y los dueños de los cortijos, mientras los demas estabamos "expatriados" hicieron lo que les dio la real gana. Un funcionario cuya firma tiene un valor es responsable de lo que firma y si no esta de acuerdo con lo que debe firmar se puede negar, es cuestion de responsabilidad y etica, moral y profesional.
      En comisaria los que se han negado a seguir ordenes "no correctas" han abandonado comisaria y han solicitado otros puestos.

      No entiendo lo de las penurias economicas, porque los que se quedaron "se forraron" con sus pliegos, obras y demas, ahora deberan andar con pies de plomo.

      Lo de los Jefes de zona siempre ha sido asi, y aqui se ha hablado de ellos antes eso no es nuevo, asi que no me toques las narices, los jefes de zona expatriados quedaron relegados y no podian decidir por ellos mismos, decidia el delegado provincial que hasta firmaba planes de seguridad y salud (?????) y aquellos jefes de zona que se quedaron, no hay mas que rebuscar un poco en internet para saber a que se dedicaban.

      Los pliegos fueron firmados sin leerse lo que ponia en ellos, muchos pliegos son realizados por externos, sino son revisados adecuadamente ¡chungo! esta entrada entiendo no es cuestion de dinero sino de derechos y de puestos de trabajo, de responsabilidades y consecuencias, y los tecnicos deberian saber a que se exponen y sino pregunta quien se comio el marron por otro accidente ocurrido en una presa de Sevilla.

      Y otra cosa, nos dirigimos nosotros mismos.

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    2. 10:36 yo creo que el compañero de las 10:10 hace referencia a que en los 3 años de la Junta los que fueron a ella no pillaron cacho y ahora están desbocados intentando recuperar el trozo de pastel que perdieron.

      Y ahora también se revisan pliegos por externos, pliegos de muchos millones de euros, con la puerta cerrada a cal y canto y al conocimiento de todos los ingenieros, ¿alguien lo denuncio? NO. Todos son complices de esa fechoría, que no lo olviden.

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  3. ¿quien nos dirige? Es que tengo mucha curiosidad.
    Los tecnicos deben defenderse y no lo hacen y nos cuentan milongas. A fin de cuentas son compañeros y algunos de ellos participaron apoyando las reivindicaciones en la junta de andalucia, ahora no debe ser distinto.

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  4. Precisamente compañeros asistentes a la reunion, no se callaron la boca ante la contratacion por imposicion de los jefes de zona de personal externo, numeroso personal en Granada familiares y amigos, lo mismo en Jaen, lo mismo en Cordoba, Sevilla y Huelva.
    A que viene ahora esa frasecita de Tened fe compañeros, poneros las camisetas, luchemos contra el presidente y la secre (y ahora los jefes de zona, ja, ja), que dejen de fastidiar a los bien intencionados, que con las imposiciones de externos, están haciendo mermar sus suculentas comisiones. los bien intencionados son si cabe mucho mas responsables de sus incomprensibles actos.

    OFERTA DE EMPLEO PUBLICO POR NECESIDADES DE SERVICIO. NO A LA EXTERNALIZACION, A LA ADMINISTRACION POR OPOSICION!!!!

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  5. Lo que tenemos que preguntarnos es porqué no querian el la junta lo que ahora ellos mismos han promovido. Seguramente el reparto de riqueza en la junta no era tan suculento para ellos como lo es ahora y si no es asi, me lo expliquen, no se cambia de ideas por dos telediarios.

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    1. Ya se sabe el refran: cuando se juntan el hambre y las ganas de comer.....
      Sir Winston Churchill dijo que la guerra era un asunto demasiado serio para dejarlo en la mano de los militares.
      Por el bien de mi salud mental comienzo a contar los días, horas y minutos que me faltan para que todo se solucione: los derechos profesionales, los derechos economicos, la anulacion de los pliegos, el que se meta mano desde la fiscalia a todo este deorden, que los ingenieros (los de abajo) se den cuenta de las meteduras de pata constantes. Y que pillen a los malos a los que gestionan y no a uno de los nuestros, porque a fin de cuentas vamos todos en el mismo barco.

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    2. No es que no fuera suculento, es que no pillaban nada y les hacía subirse por las paredes.

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  6. Unas averías en la red de suministro de la CHG deja sin agua a Castellar, Navas de San Juan y Santisteban
    http://noticias.lainformacion.com/economia-negocios-y-finanzas/agricultura/unas-averias-en-la-red-de-suministro-de-la-chg-deja-sin-agua-a-castellar-navas-de-san-juan-y-santisteban_Em9straEJT5pWPE17QiJI2/

    Llevamos años sin que se ejecuten las inversiones necesarias para arreglar las tuberías de esa red de alta, que se encuentran "en una situación crítica", pero.......es mejor un pliego para colocar gente que la atencion al ciudadano.

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  7. No me puedo creer el final del articulo, lo siento pero es lamentable utilizar un accidente laboral, con un compañero muerto, en una reivindicacion sacada totalmente de contexto respecto a la construccion de una obra.
    Al que se le haya ocurrido, si tiene pruebas de la falta de coordinacion que las aporte en los tribunales.

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    1. Yo no presumo de avispado, pero la lectura de este post y su consecuencia final no utiliza un fallecido para reivindicar nada.
      Entiendo y se explica perfectamente como funciona el firmar un papel sin leer y sin saber y conocer lo que contiene o lo que en el se expone. Las pruebas estan aportadas en los tribunales desde el año 2005 en que la policia judicial y la inspeccion de trabajo investigaron el accidente. La sentencia fue recurrida por la UTE y desestimada por los jueces. No hubo coordinacion el conductor del dumper, unico lesionado leve no disponia de carnet de conducir y era manor de edad. No existian medidas de seguridad suficientes y el accidente se produjo por ir los cuatro montados en un vehiculo que solo dispone de asiento para el conductor. si eso no es falta de coordinacion de actividades empresariales que venga Dios y me lo cuente, o a lo mejor me lo debe contar el jefe del servicio de prevencion o el que actualmente hace sus funciones como experto en el tema.

      Una lastima que el promotor no conozca la ley de prevencion de riesgos laborales y en los Pliegos de explotacion que firma un Ingeniero el desconocimiento de esa legislacion es total....

      Buen articulo y buen final, que vean los ingenieros lo que les supone firmar cosas que no leen.

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    2. Anónimo 25 de julio de 2013 19:46, no se saca nada de contexto, hay quienes aun no ven la realidad, SENTENCIA TSJ Andalucia 1036/2012 de 22 de marzo sobre el recurso interpuesto por la UTE.

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  8. Anónimo 25 de julio de 2013 19:46 las cosas son asi, y asi hay que contarlas, quien no lo entienda no es que sea su problema es que es de todos y hay que integrar la prevencion en todas las actividades que se hagan e incluso paralizar una actividad si se considera un riesgo para la salud de los trabajadores.

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  9. Pero de que habláis? La prevención es una cultura del trabajador, por muchas leyes y dinero que le pongas si a 4 trabajadores les da por subirse a un dumper sabiendo que es una temeridad pasa lo que pasa. Ni empresario no promotor mi coordinador no gaitas, hay imprudencias que se pagan muy caras y ninguna culpa tiene el contratista en determinados casos, ¿es un asesino el que fábrica una navaja?
    Lamentable ejemplo el utilizado para un tema de tanta importancia

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    1. Con todos mis respetos, sigues sin comprender ni el tema ni la consecuencia ni la importancia. Supon que la empresa que sea ordena por escrito que no se beba cerveza (alcohol) en el almuerzo, y se hace, entonces se sanciona al trabajador, pero si no hay ninguna orden por escrito el responsable es el empresario y solidariamente el promotor.
      Para hablar de prevencion deberia conocer la normativa de prevencion y parece que la desconozcas por completo.
      Siento increparte pero es asi.

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    2. Anónimo26 de julio de 2013 10:23 lamentable tu conocimiento sobre la ley de prevencion, espero que no seas delegado de prevencion, ni siquiera tecnico en prevencion porque lo tuyo es muy fuerte.

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    3. 26 de julio 10,23 LEE Y ESPABILA:
      http://portaljuridico.lexnova.es/jurisprudencia/JURIDICO/136146/sentencia-tsj-andalucia-1036-2012-de-22-de-marzo-accidente-laboral-recargo-de-prestaciones-por

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    4. Uno de los nuestros: empleados publicos

      http://i.huffpost.com/gen/1265312/thumbs/o-PORTADA-LE-PARISIEN-570.jpg?6

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  10. APLICACION DE LA LEY DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES A FUNCIONARIOS, TRABAJADORES ESTATUTARIOS Y PERSONAL LABORAL.
    La confluencia de empleados públicos y empleados privados en un mismo centro de trabajo plantea una serie de interrogantes a la hora de desplegar la tutela de seguridad y salud de los empleados públicos.
    Distintas normas comunitarias e internacionales, que debían trasponerse a nuestro derecho interno, han sido las directas inspiradoras del art. 24 de la LPRL que establece obligaciones genéricas de coordinación y que ha sido desarrollado mediante el RD 171/2004, de 30 de enero.
    Existe un pronunciamiento judicial que aborda esta problemática respecto de un trabajador, con categoría profesional de oficial 1ª, contratado por una empresa privada, que sufre un accidente de trabajo reparando el tejado de la entrada principal de un cementerio municipal, reparación contratada por un Ayuntamiento con la empresa del trabajador y en la que no se había instalado apuntalamiento alguno, no habiendo recibido tampoco cursos de formación. A consecuencia del accidente laboral, el trabajador, declarado en situación de incapacidad permanente total, plantea una reclamación judicial indemnizatoria contra su empresa y contra al Ayuntamiento, que es estimada parcialmente al condenar a la empresa pero absolver a la entidad local.
    La Administración debe ejercer un verdadero, real y efectivo control en el desarrollo de la prestación del servicio público o de la actividad cuando ésta no constituya en sí misma considerada un servicio público.
    Para las administraciones públicas no se contempla la imposición de sanciones económicas, sino la aplicación de medidas correctoras, solución que debe ser objeto de crítica.

    Concluyendo, la Seguridad y Salud en el trabajo es un derecho pero también un deber de todo trabajador.Artículo 29 (LPRL): Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos
    1. Corresponde a cada trabajador velar, según sus posibilidades y mediante el cumplimiento de las medidas de
    prevención que en cada caso sean adoptadas, por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de
    aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, a causa de sus actos y omisiones en
    el trabajo, de conformidad con su formación y las instrucciones del empresario.
    2. Los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, deberán en particular:
    2.4: Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y de prevención o, en su caso, al servicio de prevención, acerca de cualquier
    situación que, a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y la salud de los
    trabajadores.
    2.5: Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente con el fin de proteger
    la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo.3. El incumplimiento por los trabajadores de las obligaciones en materia de prevención de riesgos a que se refieren los
    apartados anteriores tendrá la consideración de incumplimiento laboral a los efectos previstos en el artículo 58.1 del
    Estatuto de los Trabajadores o de falta, en su caso, conforme a lo establecido en la correspondiente normativa sobre
    régimen disciplinario de los funcionarios públicos o del personal estatutario al servicio de las Administraciones públicas.
    Lo dispuesto en este apartado será igualmente aplicable a los socios de las cooperativas cuya actividad consista en la
    prestación de su trabajo, con las precisiones que se establezcan en sus Reglamentos de Régimen Interno.

    Tan responsable es la CHG, como los empleados publicos (todos des el 1er funcionario al ultimo laboral) a su servicio, tan responsable es el empresario principal como el titular.

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