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viernes, 11 de marzo de 2011

LA TRAMPA DE LA VOLUNTARIEDAD QUE SE DISPONE EN LA LEY 1/2011.

Seguimos informando:
Ejemplo: “Experiencia/Mérito/Antigüedad” actual de empleados publicos transferidos a la Junta de Andalucia por Real Decreto 1666/2008, Cuenca del Guadalquivir, 2 años y 3 meses.

La Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía aprobada convierte un interés general en un interés particular y vulnera y lesiona los derechos de los empleados públicos, de los futuros empleados públicos y de los ciudadanos.

Prevista la convocatoria de un concurso de méritos (funcionarios) para el próximo día 15 de marzo de 2011, y posteriormente de traslados (laborales), según información difundida por las Organizaciones Sindicales de la mesa sectorial de negociación, informamos que ese Concurso de Méritos repentinamente coincide con la publicación en BOJA de la mencionada Ley 1/2011 y que se va a proceder a su convocatoria con una celeridad inaudita en esta Administración.

Sin haberse realizado o estando en proceso el desarrollo reglamentario de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía y pendiente de las modificaciones de las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPT) afectadas por la reordenación aprobada, se va a producir una indefinición e indefensión a los funcionarios y laborales que participemos en el concurso de méritos y en el concurso de traslados, al publicarse los mismos sin que previamente se conozcan los puestos que van a integrarse o adscribirse funcionalmente a las Agencias que deben ser creadas por Decreto. El empleado Publico debe saber a donde concursa, la voluntariedad reconocida en la Ley 1/2011 no es tal, es una argucia más.

No debe modificarse ninguna Relación de Puestos de Trabajo (RPT) mientras no se resuelva el concurso. Las plazas van a salir sin que se hayan ni siquiera aprobado los estatutos de las Agencias y sin que existan los correspondientes catálogos de puestos de trabajo de las mismas.

Los borradores de las resoluciones, comisiones y de bases de las convocatorias a los que hemos tenido acceso dicen:
- En la web del empleado público se publica la relación de puestos que, encontrándose titularizados, pueden ser asimismo solicitados a efectos de las resultas.
- Si durante la tramitación del procedimiento de provisión se produce, la aprobación de una modificación de la Relación de Puestos de Trabajo, que conlleve el cambio de la adscripción orgánica de alguno de los puestos de trabajo convocados, la presente Resolución se entenderá modificada en el sentido de quedar dichos puestos adscritos al nuevo centro de destino.

Nosotros decimos: Para que produzcan efectos jurídicos las disposiciones administrativas habrán de publicarse en el Diario oficial que corresponda.

El Principio básico de todo estado de derecho, es la base de la seguridad jurídica. Para que una norma tenga valor jurídico y garantiza su validez, tiene que ser publica en el boletín oficial correspondiente, para que todos los ciudadanos tengan acceso al ordenamiento jurídico.

El principio de legalidad es uno de los elementos básicos de todo Estado de Derecho que se vincula ante todo con el imperio de la ley como presupuesto de la actuación del Estado sobre bienes jurídicos de los ciudadanos, lo que garantiza la sumisión de los poderes públicos del Estado a la Ley y al Derecho, tal y como aparece recogido en el artículo 9.1 de la Constitución Española (CE).

El poder legislativo esta vinculado a la Constitución y debe de respetar los límites establecidos en ella, su incumplimiento supone viciar a la ley de inconstitucionalidad.

La voluntariedad que se dispone en la LEY 1/2011 es una trampa.

“Un hombre/mujer a quien se le impide la realización tranquila de su vida ordinaria o se le cierra el camino a su carrera deslumbradora, se ve obligado a luchar por su derecho o por el de su nación, que es tanto como luchar por el aseguramiento de la justicia para el bien común, para el bien de los suyos, de sus semejantes, que es su propio bien. De esta manera la justicia, y la seguridad forman la urdimbre de las relaciones humanas; estas deben ser exactas como la justicia y firmes como lo exige la seguridad, a fin de que sobre esa tela se pueda bordar, como resultado de la vida y el esfuerzo de la comunidad, el bien de todos, del cual participan los individuos”.

4 comentarios:

  1. Todos callados. Nos van a colar con vaselina, o si no, tiempo al tiempo.

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  2. Algunos nunca hemos callamos. Mirad lo que ha ocurrido hoy con la verticalidad.

    http://www.elmundo.es/elmundo/2011/03/10/andalucia/1299759799.html

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  3. Pues en gran parte estoy de acuerdo con el anónimo de las 12'41: tenemos un montón de cosas a nuestro favor y parece que como plataforma no hay organización alguna, por lo menos en lo que a mi provincia se refiere. A ver, ¿cuándo vamos a hacer lo de contratar a Clavero, por ejemplo?

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  4. Sobre el tema de experiencia/merito/capacidad, tienen que reconcer desde la entrada en la administración, independiente de la administración de procedencia, hay al menos dos sentencias a este respecto del TSJA, caso de que no sea así, pues a denunciar en los tribunales, porque hay jurisprudencia, si ese es el camino que van a seguir van listos. En cuanto al resto a verlas venir, aun hay muchas cartas en juego, para tirar la toalla.

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