El TC admite el recurso del PP contra el Decreto de reordenación del sector público andaluz.
Los populares sostienen que la medida "atropella y vulnera" los derechos de funcionarios y personal laboral
EFE - Sevilla - 29/11/2010
El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso presentado por el PP contra el Decreto-ley de reordenación del sector público andaluz. El Partido Popular presentó a finales del pasado octubre su recurso contra el conocido como 'decretazo' al considerar que supone un "atropello y vulneración" de los derechos de los funcionarios y personal laboral de la Junta de Andalucía que, además, pretende perpetuar en la Administración a quienes han entrado en ella por el "amiguismo y enchufismo" del PSOE.
LEER El País.com. España
alguien puede decirnos qué significa realmente esta noticia? el decreto (que no sé ni cúal es ya) sigue adelante o se paraliza, hay esperanzas?
ResponderEliminarVamos a ver, la noticia en sí es buena, más aún, digo que es buenísima, porque el Alto Tribunal ha considerado que hay vulneración de derechos constitucionales básicos tal y como venimos diciendo los empleados públicos, las Plataformas, el PP naturalmente, y los sindicatos que no son oficialistas ni verticales. Por eso debemos considerar un éxito esta admisión a trámite.
ResponderEliminarPero no podemos hablar de excelencias ni lanzar por ello las campanas al vuelo.
Todos sabemos lo que tarda en resolverse una sentencia de este tipo caso de considerarla inconstitucional. Más aún, caso de serlo y reconocerse por el TC, puede ocurrir que no venga a decir que blanco del todo o que negro del todo, habría sus interpretaciones, giros, modificaciones, apartados en la misma sentencia, que habria que tener en cuenta.
Otra cuestión es que la resolución salga cuando hayan transcurrido muchos años del hecho que la motivó (ved el tiempo que está tardando la tan esperada del recurso del Presidente de Extremadura contra la transferencia del Guadalquivir)y haya una situación generalizada y asentada por la vía de los hechos que haga materialmente imposible su aplicación a la realidad actual.
Distinto sería y por tanto EXCELENTE para nuestras aspiraciones, que el TC dictara como MEDIDA CAUTELAR la paralización de aplicación temporal por considderarlo abiertamente inconstitucional de entrada. Pero me temo que este no va a ser el caso.
En fín, me imagino que el PP dentro del plazo para solicitarlo lo haga.
Como diría un castizo: "Ajolá cayera esa breva"
En principio el decreto sigue porque posiblemente no pidiesen que se paralizara el mismo. Pero si lo han admitido a tramite es que ven algún indicio de inconstitucionalidad, en caso contrario lo fueran desestimado. De todas maneras ahora es cuando empiezan a mirarlo con lupa, pero salvo alguna cosa rara, el decreto lo tiran por tierra. No se puede meter por la cara a tanta gente en la administración por mucho que el gobierno se empeñe en ello. Una cosa es mantenerlos en empresas privadas como hasta ahora y otra muy diferente lo que ellos proponen, que es abrir la puerta para que reclamen a la administración su puesto laboral por vía judicial. Ahora imaginemos ¿que ocurrirá si el constitucional da la razón al PP-A y todo se va al traste? que vayan los de la UGT y CCOO de Andalucía y se lo expliquen a los trabajadores, porque no olvidemos que los únicos culpables de todo lo que ocurra a partir de ahora son ellos junto con el gobierno andaluz por querer abarcar mas de lo que las leyes les permitían. Tengamos en cuenta que el nuevo decreto es el mismo con algo de maquillaje sindical que le han puesto.
ResponderEliminarLa noticia es buena, pero la sentencia saldrá dentro de un par de años, acordaros que aún estamos esperando la sentencia sobre las transferencias del Guadalquivir. y el problema, es que dentro de dos años estará todo patas arriba y el constitucional sacará alguna sentencia interpretativa (con lo que aún más lio todavía). Otra cosa, efectivamente, es que se pidiera la suspensión cautelar de la aplicación del decreto.
ResponderEliminarQUE SE PRESENTE UN NUEVO RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD AL DECRETO 6/2010 QUE MODIFICA AL DECRETO 5/2010
ResponderEliminarPara los que se han acomodado, porque creen que con lo de la voluntariedad a la hora de pasar a las agencias se ha arreglado todo: de eso nada. la clave está en las funciones. Recordaz también que el decreto sigue diciendo que habrá reestructuración y eliminación de servicios en las consejerias. leez este enlace y así lo están diciendo los abogados en el análisis de lso borradores de estatutos.
ResponderEliminarhttp://funcionariodelajuntadeandalucia.blogspot.com/2010/11/analisis-de-la-modificacion-del-decreto.html
Voluntareidad para pasar.
a) si te quedas en la Consejería, y no has pasado tú, pero sí las funciones de tu puesto: 1º estas obligado a concursar hasta dos veces a otros puestos. 2º si no ganas el concurso pasas a disposición de función pública (en casita cobrando el sueldo base) y de ahí a excedencia forzosa ( a casita sin cobrar ni un duro). ésto para los funcionarios.
Para los laborales, si te quedas en la Consejería y tus funciones pasan a la agencia (vease por ejemplo que deslinde y vigilancia del dph se le atribuye ya a la agencia) te quedas en la consejería con un puesto sin funciones. y si a los funcionarios los mandan a casita en excedencia forzosa. ¿qué creeis que pasará con los laborales? pues mucho peor, a la puta calle.
Todo ésto lo dice el EBEP. así de claro. el que se acomode, por lo menos que sepa las consecuencias.
b) si no nos quedamos en la consejería, sino que decimos pasar:
los funcionarios pueden pasar de dos formas (como funcionarios pero bajo las ordenes, horario y sueldos que digan sus superiores no funcionarios), o como laborales (es decir, en excedencia como funcionario).
los laborales de la junta que pasen a la agencia voluntarios, si ya estando en la consejería y con el ebep en la mano al quedaros sin funciones os pueden mandar a casita. ¿qué creeis que pasará cuando no haya presupuesto para mantener a tanta gente en la agencia? pues a la calle, porque se quedarán con su gente. y al que tenga la suerte de que no lo echen, ¿a alguien le ha quedado claro después de leer el decreto, qué convenio colectivo le aplicarán?
ASÍ QUE SEÑORES, EL TEMA SIGUE MIENTRAS EL ESTATUTO LES SIGA CONFIRIENDO FUNCIONES Y POTESTADES ADMINISTRATIVAS A LAS EMPRESAS.
El que se relaje, por lo menos que no sea por falta de informacion de lo que se nos viene encima. Eso es lo que quiere decir la voluntareidad con la ley en la mano, mientras se sigan llevando las funciones.
Excelente noticia, esperemos que no tarde tanto como el Estatut, y que el dictamen haga JUSTICIA, es decir, conforme a la Constitución Española y al Estado de Derecho del que en su día presumimos.
ResponderEliminarEn cuanto a lo de la PARALIZACIÓN cautelar sería más que deseable, única forma PARA EVITAR EL ATROPELLO, de lo contrario ...
... a ver quién arregla el desaguisao luego
La esperanza dicen es lo último que se pierde....eso dice el refrán y/o el saber del pueblo.
ResponderEliminarPienso que es una noticia más que anima o desanima según se mire.
Si el compromiso del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía de contribuir a la aceleración de la reducción del déficit público, en coordinación con el Gobierno de la Nación es la de integrar y pagar con dinero público a 26.936 (cifra dada el 27N) trabajadores que no son empleados públicos y convertirlos en empleados públicos sin haber accedido a la Administración mediante procesos selectivos de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, es motivo suficiente para que el TC admita a trámite todos los recursos presentados y no ha sido así. ¿Habrá sido por defectos de forma?. Sólo admite a trámite el del Partido Popular, ¿cuántos meses (años) pasarán para que se declare nulo el Decreto-Ley?. ¿Es una maniobra política más de este Gobierno?
EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ha intervenido en numerosas ocasiones porque los DL suelen ser recurridos por la oposición. El control abarca:
1º Si se produce una extralimitación de las materias. "No podrán afectar a las instituciones básicas del Estado", "Derechos, deberes, y libertades de los ciudadanos del título I", "El régimen de las comunidades autónomas", "El régimen electoral general".
2º Debe controlar también si hay o no urgente necesidad (por la exposición de motivos del Decreto-Ley, las discusiones en el congreso...)…………………dos decretos-ley sobre la misma materia ¿urgente necesidad?
3º La congruencia entre la responsabilidad normativa del Decreto-Ley y la situación necesidad de la que parte.
...continua
......continuación
ResponderEliminarÚltimos días:
Griñan diciendo "quizás haya sido un error" no haber tramitado desde el principio como proyecto de ley el decreto-ley 5/2010 sobre el sector público.
Da igual, se excusa, limpia su imagen y la mayoría decide.
Los sindicatos UGT y CCOO “meten la pata” y a posteriori piden disculpas a sus afiliados, pero sus propuestas se tienen en cuenta mediante un acuerdo y sale un segundo Decreto-Ley incluyendo sus desmanes y descubriendo, si cabe aún más, por si en el primer Decreto-Ley no se entendía bien, el carácter de empleado público que se le otorga a un personal que no lo es.
Sacado de la manga este segundo Decreto-Ley (por lo visto también de extraordinaria y urgente necesidad) 6/2010 de medidas complementarias al anterior, nos preguntamos ¿Convalidaran este nuevo Decreto-Ley, con premeditación y alevosía?.
Sigue siendo premeditación y alevosía porque presuntamente es una maniobra de limpieza de imagen de este Gobierno.
La Diputación Permanente del Parlamento de Andalucía (mayoría socialista??) no tendrá competencias legislativas plenas, aunque sí de convalidación, sobre el decreto-ley.
El debate y votación sobre la convalidación de un decreto-ley se realizará en el Pleno o en la Diputación Permanente en el plazo improrrogable de los treinta días subsiguientes a su promulgación.
La convalidación puede producir una sanación de los posibles vicios que pudiera tener la materia en el origen.
Si la convalidación no se produjera, el decreto-ley quedará derogado.
Convalidado un decreto-ley, y siempre que en el debate precedente algún grupo parlamentario hubiese manifestado de modo expreso su deseo de que se tramite como proyecto de ley, la solicitud será sometida a decisión de la Cámara. Si esta se pronunciase a favor, se tramitará como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia, con exclusión del debate de totalidad.
El parlamento debe convalidarlo o derogarlo en el plazo (máximo) de un mes, si lo hace después, hay dos posturas:
1. Fijándose en el carácter provisional del Decreto-Ley: implícitamente derogado.
2. Entender que es una mera infracción del procedimiento, que no tiene por qué tener unas consecuencias tan drásticas como la derogación implícita del Decreto-Ley.
La Constitución en su artículo 86.3 "Las cortes podrán tramitar los Decretos Leyes como Proyectos de Ley por el procedimiento de urgencia" eso dicta, también, el estatuto de autonomía andaluz y sirve para facilitar el ejercicio de enmienda, se tramita entonces el Decreto-Ley como Proyecto de Ley. El primer efecto de esa Ley será derogar el Decreto-Ley anterior.
El procedimiento de urgencia reduce los plazos a la mitad. El plazo para la presentación de enmiendas quedará reducido a cuatro días, el mismo de que dispondrá la Ponencia para emitir su Informe. A los tres días de concluido éste se reunirá la Comisión para emitir su dictamen en el plazo de dos días. Respecto a la deliberación en el Pleno, aunque en principio se rige por las normas del procedimiento legislativo ordinario. La Mesa modificar los plazos cuando así lo aconsejen las circunstancias del proyecto, ampliando o reduciendo los mismos.
Conclusión, debemos parar esto como sea, se les ha ido de las manos, y según ellos "hay que hacer que parezca que cambiamos algo pero será lo mismo" y .............ahora ¿qué?.
MAX ESTRELLA :"El modelo de Administración Pública al que conduce esta reordenación no es beneficioso para el bolsillo del contribuyente ni para los derechos y libertades de los ciudadanos. Evitemos todos que sea una realidad."
La plataforma del agua han sido los únicos, hasta lo de la Plaza de España, que han estado movilizándose un día sí y otro también. Y lo siguen haciendo, ahora dentro de la Plataforma de Empleados Públicos (PEPA).
ResponderEliminarSiempre han tenido muy claro y han apoyado cualquier convocatoria contra el Decreto-Ley 5/2010, demostrándolo con su asistencia a todos los actos contra éste, sin importarles quien los convocaba o las banderas que aparecían o no. Olé sus “narices” por tenerlo tan claro.
Han buscado y conseguido también unir a todas la plataformas de empleados en una única, PEPA. En la que están integradas las plataformas de empleados públicos creadas; pero no debemos olvidar que hay Consejerías y provincias donde no existen tales plataformas. La PEPA representa, en todo caso, a los empleados públicos de las plataformas a ella adheridas, que no de las Consejerías, y ya está. Cuando, como y por quién sentirnos representados es una decisión individual de cada uno de nosotros.
Por otra parte, desde el principio la Asociación Defiendo mi Derecho acudía a las distintas concentraciones, sin importarles quien las convocara. No sabemos cuando deciden que los sindicatos contrarios al decreto están contaminados, o que sólo ellos son poseedores de la pureza absoluta.
Pues bien, parece que la actual PEPA, al contrario que la Plataforma del Agua, está en la misma línea, es decir, no quieren nada con los sindicatos. “¿Será que los que se manifiestan con sus banderas son empleados públicos de 2ª categoría?”.
A mi sólo me importa, como a la mayoría de compañeros, empleados públicos, conseguir la derogación del “decretazo”. Todo lo demás sobra. Sobre todo los intereses individuales o partidistas.
Sirva todo esto como introducción para exigir a la Asociación Defiendo mi Derecho y a la Plataforma de Empleados Públicos (PEPA) un pronunciamiento claro y rotundo para saber si optan por sumar, contando con los sindicatos contrarios, o restan buscando primero su propio interés.
Hay que seguir la lucha contra esta barbaridad, la ley esta hay, el problema es que es lenta pero espero que al final se pronuncie en nombre de la razón, aunque es cierto que sin haber pedido una medida cautelar para que paralizaren el decreto el lió va a estar montado cuando eso ocurra y la administración va a estar patas arriba, pero no por eso hay que desfallecer.
ResponderEliminarA parte de la in-constitucionalidad del texto, alguna asociación, partido político o sindicato podría estudiar el tema de una presunta "Cesión ilegal de trabajadores a la administración" hay una moción del tribunal de Cuentas en la que se hace referencia a ello, lo que no tengo claro es hasta que punto se puede denunciar esta situación pero tal vez con esto se pueda pedir una suspensión cautelar del decreto en los tribunales porque la administración va a incurrir en una presunta ilegalidad laboral. pongo a continuación el enlace para que podáis leerlo.
http://www.legaltoday.com/opinion/articulos-de-opinion/cesion-ilegal-de-trabajadores-a-la-administracion
Tengamos presente que independientemente de lo que dicen Gobiernos y Sindicatos amigos, estas empresas son Sociedades Anónimas y así constan en el registro mercantil y como tales deben ser tratadas en la aplicación de la ley. No se si es un problema de forma de redacción o que, pero tal vez seria este un punto para pedir lo antes dicho. El tiempo se nos echa encima y como se dice "Situaciones desesperadas, requieren medidas desesperadas".
Hay que seguir, por tanto, con las movilizaciones y darles a entender que la MAYORIA estamos totalmente en contra del decreto de reordenación.
ResponderEliminarPero digo LA MAYORIA, los otros van a seguir en su sillón dando la cabezada y con los piececitos calientes diciendo "lo tontos que son y yo tan agusto".
Mientras lo demás seguimos luchando y ellos a beneficiarse lo que les consigamos con nuestra lucha.
Por eso a veces tenemos la fama que tenemos, porque el que no se moja en estas cosas, tampoco lo hace en el trabajo cuando hay que arremangarse y son los primeros que se quitan de enmedio cuando ven llegar un embolao y dejan al compañero más tirao que al Montilla después de los resultados.
Una pregunta, compañeros:
ResponderEliminar¿Qué pasaría si haciendo uso de la tan cacareada "voluntariedad en el paso a la agencia", TODOS nos negamos a pasar?.
Alguno de vosotros explica que eso ya está previsto en el EBEP. Es cierto, pero ¿cómo podrían "funcionar" sin "funcionarios", en los temas en los que ellos no pueden intervenir?
Gracias por vuestros comentarios. Me ayudan a comprobar que estamos todos a una.
Yo tengo una duda:
ResponderEliminarSi el PP nos abandona (están muy escondidos: ¿cual será el siguiente paso?
En todos los recursos presentados se ha pedido la suspensión cautelar del Decreto-Ley.
ResponderEliminarSi leeis lo ¿Borradores? de los estatutos de las Agencias al igual que el personal de las empresas publicas pasa a la nueva agencia por sucesion de empresas, la Empresa Publica se extingue: disolucion sin liquidacion y transmision en bloque de la S.A a la nueva Agencia, cesando sus operaciones ordinarias y extinguiendose la sociedad mercantil
Anónimo de las 14:10.
ResponderEliminarSi hubieras consultado en este blog, la entrada de la PAG. PRINCIPAL que hace referencia a las manifestaciones del 27-N, tus dudas estarían resueltas y te hubieras ahorrado de escribir tus conclusiones: "Pues bien, parece que la actual PEPA, al contrario que la Plataforma del Agua, está en la misma línea, es decir, no quieren nada con los sindicatos".
Mira la información que te cito y comprobarás quien convoca el 27-N y quien colabora en la calle. Nunca se le cerró la puerta a nadie que quisiera apoyarnos.
En todo caso, deberás consultar tus dudas a quien piense o haga lo que tu afirmas.
Eri si todo eso lo que dices lo entiendo la cuestión es si dan los pasos adecuados para llegar a ese punto dentro de la legalidad, es lo que me plantea muchas dudas. El resultado final todos sabemos cual es, este personal entra en las agencias, la cuestión es como entran, porque en principio entraran con contratos laborales como tienen ahora, pero no dejan de ser contratos laborales privados. Aquí se mezclan cosas que en principio no deberían mezclarse o así se deduce por las leyes.
ResponderEliminarHyperion, amigo
ResponderEliminarYo lo veo claro, DL-6/2010, D. A. 4ª b)
El personal que ya esta trabajando en una S.A. (entidad instrumental) se integra y tendrá la consideración de personal laboral de la nueva agencia.
Los nuevos trabajadores (ofertas después del 1 de enero de 2011), es decir, los que quieran acceder a esas agencias, si que tendrán que pasar por las correspondientes pruebas selectivas. Cosa “””lógica””” puesto que las nuevas agencias ya son Administración Pública.
TODOS ELLOS (trabajadores del DAP, GIASA, EGMASA, FAFFE….) LOS QUE ESTABAN Y LOS QUE ACCEDAN POR OPOSICION se dice: tendrán la consideración de personal laboral de la agencia…..es decir, la Administración de la Junta de Andalucía esta formada por su Administración General y sus Agencias, nos vamos entonces al CAPITULO PRIMERO DEL ACUERDO FIRMADO POR LOS IMPRESENTABLES AGUAYO, UGT Y CCOO: “tienen la consideración de personal al servicio de la Junta de Andalucía y por tanto, de empleadas y empleados públicos quienes prestan sus servicios en la Administración de la Junta de Andalucía es decir, de su Administración General y de sus Agencias, además al citado personal le será de aplicación EL EBEP (ley 7/2007 y su normativa de desarrollo)
Esto es ilegal, ahora bien.....estos gobernantes convierten, respaldados por los que reciben subvenciones y respaldados por quienes les votan, la ilegalidad en legalidad y viceversa....
Ellos lo saben, pero no hay quien le eche "huev...." para desbancarlos.
Nadie cree a los empleados publicos,por estos gobernantes se han ocupado de desprestigiarnos.
¡¡¡Necesitamos un "HAN SOLO" que combata contra el Nido Oscuro!!
DEROGACIÓN YA!!!
Tu lo has dicho eri es ilegal, ya lo tumbaran los tribunales esto creo yo que va lento pero seguro el problema es lo que comentaba mas arriba que a sabiendas el Gobierno andaluz presuntamente va a incurrir en una cesión ilegal de trabajadores a la administración o algo muy similar en definitiva es ilegal, de hay que habría de pedir la suspensión cautelar de este decreto al menos hasta que estudien el tema y tomen una resolución al respecto, pero eso es misión de los tribunales, creo que nadie a estudiado esa posible vía de actuación, tampoco soy un experto es estos temas pero por las sentencias y artículos que he leído podría ser factible. Todo es presentar un contencioso administrativo o denuncia argumentando esto, esa claro que van a meter en la administración sin cumplir las condiciones que marca la ley un gran cantidad de personal, tal vez hay si diesen una suspensión cautelar. No se el modo de actuar lo que tengo claro es que la ley dice que es ilegal.
ResponderEliminarArenas solicita al TC la suspensión cautelar de el decretazo YA
ResponderEliminarnunca ha sido tan publica la junta de andalucia como lo es ahora, arriba el decreto compañeros y amigos. Nunca seais egoistas en la vida, vivir y dejar vivir con la gente trabajadora y que agiliza las actuaciones de la junta. si al decreto, esto funciona muy bien.
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